“OPERATIVO MOCHILA SEGURA” violentó los DERECHOS HUMANOS a la EDUCACIÓN

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la recomendación 48/2019 al Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determinó que la aplicación de “El Operativo Mochila Segura” (“El Operativo”), durante la pasada administración, violentó los derechos humanos a la educación, a la intimidad y a la participación, por lo que dirigió la recomendación 48/2019 al Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.

  • A través de un comunicado, el organismo manifestó que además se violentó el interés superior de la niñez de los alumnos que asisten a escuelas públicas y privadas de educación básica en la Ciudad de México, derivó de investigaciones realizadas por dos dos quejas que consideraron “El Operativo” como un acto de molestia y una política criminalizante contra la niñez mexicana.
  • «Las autoridades escolares y educativas que lo instruyeron y aplicaron, trasgredieron los derechos mencionados, al no implementar medidas de protección y de cuidado con un enfoque de derechos humanos que garanticen el ejercicio pleno de todos sus derechos y advirtió que “El Operativo” no cuenta con un Protocolo general y homologado que permita su aplicación a nivel nacional que considere el contexto de cada entidad federativa con enfoque de derechos humanos», apuntó.
  • Señaló también que la recomendación ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx y que ante la creciente violencia en los diferentes ámbitos de convivencia del país, cualquier mecanismo que se implemente en relación con la niñez debe ser considerada como una medida de protección y de cuidado y no de seguridad.

Lo anterior, debido a que el operativo carece de un enfoque de derechos humanos, ya que presupone que niñas, niños y adolescentes cometerán algún delito, siendo que la obligación de las autoridades educativas y escolares, tal como lo dispone el artículo 42, primer párrafo, de la Ley General de Educación, es la adopción de medidas de protección y de cuidado que aseguren la preservación de la integridad física, psicológica y social de los educandos, sobre la base del respeto a su dignidad, mas no la creación de medidas de seguridad o de prevención del delito.

Además, la Comisión Nacional reitera que es impostergable contar con un protocolo general homologado de aplicación a nivel nacional para prevenir, detectar, atender, denunciar y sancionar la violencia escolar./PUBLIMETRO-PUNTOporPUNTO

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