El Programa Piloto de incorporación de los trabajadores domésticos al Régimen Obligatorio del Seguro Social sólo ha beneficiado a 15 mil 193 empleadas, informó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en su reporte mensual de creación de empleos.
Esta cantidad es equivalente al 0.66% del universo de dos millones 294 mil trabajadoras que el instituto reconoce como población objetivo a nivel nacional.
A nueve meses de que arrancara este programa, el pasado 1 de abril, la meta se ve lejos y en parte se ha documentado que se debe a que aunque las trabajadoras realizan su registro, pues es voluntario, son los patrones quienes no acceden a realizar la contratación bajo este régimen.
PLAZOS Y EFECTIVIDAD
El programa piloto, tiene nueve meses más para cumplir con los objetivos trazados, pues será en septiembre próximo que se evalúe y compruebe su viabilidad.
Sin embargo, la tendencia lenta en la afiliación se ha mantenido, pues en sus primeros cuatro meses-de abril a julio- Publimetro documentó que sólo acumuló sólo 6 mil 631 afiliados a nivel nacional.
Tomando en cuenta el total de beneficiarios a diciembre de 2019, en promedio se han llevado 55.4 afiliaciones al IMSS por día, en el periodo del 1 de abril al 31 de diciembre.
LOS BENEFICIOS
Este programa piloto surgió como una solución para revertir condiciones de desigualdad y propiciar bienestar entre esta numerosa población, así como para eliminar una deuda social que hace años era ignorada, diferenciado entre trabajadores.
Lo anterior, pues con la afiliación al IMSS, las trabajadoras aseguran su acceso a servicios médicos y hospitalarios, así como los respectivos medicamentos, pago de incapacidades, pensión por invalidez y vida, fondo para el retiro y prestaciones sociales como guarderías y velatorios.
Además con las modificaciones aprobadas por el Congreso de la Unión a la Ley Federal del Trabajo, así como la del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), este grupo de trabajadores accede a:
- Se define el trabajo del hogar que acoge la gran diversidad de trabajadoras y trabajadores que realizan este empleo con uno o con varios patrones, que viven o no en el lugar de trabajo. Es decir, que protege a todas las personas que se dedican al trabajo del hogar en las distintas modalidades en las que se pueda presentar.
- Reconoce y garantiza todos los derechos laborales como cualquier otro empleo formal, tales como el contrato por escrito, horarios de trabajo, días de descanso pagado, vacaciones pagadas, prima vacacional y el aguinaldo.
- Incorpora la obligación de los patrones de proporcionar los alimentos para las trabajadoras del hogar que vivan en el domicilio donde laboran.
- Establece la ley del derecho a recibir seguridad social. Es decir, que las personas trabajadoras del hogar estén afiliadas al IMSS, y que contarán con todos los derechos y las prestaciones que dicho Instituto otorga, como el servicio de salud, incapacidad, pensiones, guarderías y demás servicios en los que gozan los afiliados y beneficiarios.
- Fija jornadas máximas de ocho horas diarias para las y los trabajadores del hogar que vivan en la casa donde trabajan, porque lo que cuando se excedan serán consideradas como horas extras, y se pagarán en los porcentajes mayores que prevé la propia ley.
- Prohíbe la contratación de personas mejores de 15 años, y para los adolescentes mayores de esa edad se establecen jornadas que no deberán exceder de seis horas diarias, y 36 a la semana, prohibiendo así además la contratación de adolescentes que no hayan concluido cuando menos la educación secundaria./PUBLIMETRO-PUNTOporPUNTO