Un Juez Federal dictó sentencia en el juicio de amparo que interpuso el Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT) contra el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), por lo cual la institución debe entregar al Foro recursos económicos suficientes para garantizar su operación permanente para el desarrollo de sus funciones.
La resolución del Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México determinó que, conforme a la Ley de Ciencia y Tecnología actual, el Conacyt deberá entregar los recursos utilizando los parámetros y criterios con los que se habían proporcionado desde el año 2002 hasta el 2019.
- “Sin duda, la sentencia es una gran noticia no sólo para el Foro, sino para la sociedad en su conjunto, ya que muestra que tenemos un sistema de leyes que norma nuestra convivencia y al que se puede recurrir”, señala en entrevista Julia Tagüeña, coordinadora del FCCyT.
- En septiembre, se anunció que el Poder Judicial de la Federación ordenó al Conacyt la “entrega de recursos económicos suficientes para la operación permanente del FCCyT, en tanto se resuelve juicio de amparo”, lo cual ocurrió el pasado 6 de enero.
El proceso judicial inició como resultado de la negativa de Conacyt a financiar al FCCyT en el segundo semestre de 2019, con el argumento de que no está obligado a transferir recursos a personas morales de carácter privado como una A.C., “pero el Foro no es asociación de carácter privado, sino un organismo autónomo y permanente de derecho público”, dijo Tagüeña en octubre pasado.
- Añadió que el Foro sólo recibió un recurso económico de Conacyt que representa el 2.5 por ciento de lo solicitado, equivalente a lo otorgado en años recientes (33 millones de pesos) y etiquetados para un proyecto, pero no para su operación.
- De acuerdo con un comunicado de la institución, en la sentencia el Juez ordena al Conacyt entregar los recursos económicos suficientes para garantizar que el Foro Consultivo Científico y Tecnológico esté en posibilidad de llevar a cabo su Programa de Actividades, así como para cumplir las funciones que prevé la Ley de Ciencia y Tecnología. “Reconoce también que esa obligación debe cumplirse de manera permanente”.
En 2019, añade Tagüeña, las nuevas autoridades de Conacyt interpretaron la ley de diferente manera y decidió no cubrir la operación del Foro. “Esta sentencia resuelve esta diferencia de interpretación”./LA CRONICA-PUNTOporPUNTO