Los grupos de la delincuencia organizada ya utilizan los activos financieros virtuales (criptomonedas) para blanquear recursos, o bien para pagar suministros, armas y drogas. Para evitar ser detectados por las autoridades, usan a personas -principalmente jóvenes- como “ciberburreros” para adquirir masivamente criptomonedas, alertaron especialistas.
- Abimael Zavala Martínez, socio director de Zavala Abogados y experto en temas de ciberseguridad, aseguró que la forma de operar de la delincuencia es reclutando principalmente a jóvenes para que presten su identidad a fin de adquirir masivamente las criptomonedas, lo que puede denominarse una forma de “ciberburreros”.
- “Son tipologías que ha detectado la Unidad de Inteligencia Financiera. Utilizan a varias personas que se meten a la red, compran criptomonedas, compran incluso en efectivo. Una vez que ya las tienen en sus carteras digitales, ellos les dan la instrucción a dónde tienen que mandar esa criptomoneda para comprar la drogas, las armas o los insumos que esté utilizando, pero es una compra masiva (de criptomonedas), porque si lo hace una sola persona inmediatamente se identifica, por eso lo hacen así, para no llamar tanto la atención”, explicó.
“Es real, hay datos de la FGR y la UIF que ya lo detectaron, sobre todo Bitsoup, que es la que está en México y es la más afamada. La Unidad de Inteligencia Financiera junto con la FGR alertaron sobre esa compra masiva en pequeñas cantidades de criptomonedas y ahora está poniendo sus alertas en este tipo de acciones”, dijo.
- Afirmó que, por ejemplo, “el Cártel de Sinaloa que contrataba personas jóvenes para pasar droga a Estados Unidos, ahora ya no es para transportar la droga a través del desierto, sino ahora mover dinero a través de las tecnologías. (…) En el caso de la delincuencia, lo que quieren es bancarizar o darle una forma legal a esos recursos de procedencia ilícita”, expuso.
“Es la forma en la que están negociando o pagando compromisos en el manejo de las mercancías del narcotráfico, y pagar armamento”.
Abimael Zavala mencionó que no es fácil el rastreo y la persecución de estas actividades financieras cibernéticas, ya que se necesita expertos en el gobierno federal, principalmente abogados especialistas.
“Aquí en México los fiscales y ministerios públicos que se encargan de llevar cabo investigaciones para ver si hay lavado de dinero a través de criptomonedas son abogados y este es un tema que no es tan fácil de entender y comprender. Se habla de una criptomoneda, pero desconocemos cómo opera”, apuntó.
- El Economista consultó a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sobre esta situación, y respondió que detectó operaciones financieras virtuales, presuntamente ilegales, mediante el operativo conocido como “Agave Azul”, ligadas al Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), hecho por lo cual fueron denunciadas 1,770 personas físicas y 167 morales, además de que se bloquearon 1,939 cuentas bancarias por presunto lavado de dinero.
- La UIF compartió a este diario que también identificó operaciones virtuales presuntamente ilegales vinculadas a Antonio Santoyo Cervantes «El Sony», creador del extinto portal de explotación sexual “Zona Divas”.
Asimismo, la UIF detectó a un sujeto que recibía dinero virtual de zonas de riesgo como Sinaloa, pero aclaró que no es una organización delictiva.
“Lo que hacía este sujeto era recibir dinero en efectivo junto con varios miembros de su familia. Una empresa que se dedica a las criptomonedas les enviaba montos altos. Dicha empresa no está ni en el catálogo de actividades vulnerables ni es Fintech”, dijo la UIF, al mencionar que está en proceso de presentar una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) por este caso.
También influencers ofrecen ganancias millonarias
Abimael Zavala Martínez también alertó de otro fenómeno en el que podría estar involucrada la delincuencia: mediante redes sociales “influencers financieros” o “mentores” llaman a personas, principalmente jóvenes, a invertir entre 3,000 y 4,000 pesos en criptomonedas o inversiones virtuales, y cambio les garantizan un retorno superior a los 20,000 pesos.
Para llamar la atención, dichos influencers postean en redes sociales fotografías con autos de lujo, con ropa de marca, en residencias, restaurantes exclusivos o en yates para mostrar prosperidad a través de dichas inversiones.
- “Sobre todo a gente muy joven, utilizan a estas personas. Se han detectado tipologías que ha detectado la Unidad de Inteligencia Financiera junto con la Fiscalía General de la República, donde se utilizan a los jóvenes para hacer este tipo de operaciones. No sólo les ofrecen ganar el rendimiento de la criptomoneda, sino darles una aportación una vez que acepten y den su nombre, compren algún tipo de criptomoneda y hacer la operación con la finalidad de acrecentar estas acciones.
“Ellos (los ciberdelincuentes) solicitan una inversión mínima y ellos fondean, porque la criptomoneda también se puede comprar en efectivo, fondean la tarjeta y con base en ello regresan la inversión más la ganancia que prometen por dar el nombre para comprar las criptomonedas. Por eso es la compra masiva y que no llame mucho la atención, que sea en pocas cantidades”, explicó.
Alertó a los jóvenes que “el riesgo es hacerte parte de la delincuencia organizada. Un joven que se dedique a esto está cometiendo el delito de delincuencia organizada y lavado de dinero. Los puede llamar la UIF o la Fiscalía para decirles: ya te identifiqué, abrí una carpeta de investigación, dime lo que estás haciendo, por qué mandaste el dinero acá o allá. El SAT, junto con los bancos, la UIF y la Fiscalía tienen datos, lo que pasa es que es difícil la identificación”.
¿Pueden las personas incurrir en delitos por hacer ciber inversiones sin reportarla al SAT?
En el caso de Activos Virtuales relacionados a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, están obligados a presentar los avisos correspondientes personas físicas o morales que de manera habitual y profesional ofrezcan el intercambio de activos virtuales por parte de sujetos distintos a las Entidades Financieras (Ley Fintech) que se lleven a cabo a través de plataformas electrónicas.
- En la ley no se contempla que los sujetos obligados sean aquellos que realicen la compra y venta de activos, sino el ofrecimiento de la plataforma mediante la cual se pueden realizar estas transacciones.
- El no remitir los avisos cuando la ley lo establezca, no está tipificado como delito, pero si el proveedor de activos virtuales no da el aviso al SAT será acreedor a una sanción administrativa (multa).
De acuerdo con el artículo 52 de la LFPIORPI, las multas que se determinen tendrán el carácter de créditos fiscales y se fijarán en cantidad líquida, sujetándose al procedimiento administrativo de ejecución que establece la legislación aplicable.
¿Qué papel juega la Ley Fintech en esto?
Actualmente, la regulación mexicana cuenta con dos maneras de regular los Activos Virtuales:
- Aquella contemplada por la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, (conocida como Ley FinTech), la cual regula aquellas monedas aprobadas para operar, por el Banco de México (BANXICO). Hasta el momento BANXICO no ha aprobado ninguna criptomoneda por lo que hasta el día de hoy los activos virtuales que están operando son los referidos en la LFPIORPI.
Aquella contemplada por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), que regula aquellos activos virtuales diferentes a los que por ley deban de ser aprobados por el BANXICO y las contempla como Actividad Vulnerable.
Ambas leyes tienen como objetivo contribuir a disminuir los riesgos asociados al Lavado de Dinero y promover la buena salud del Sistema Financiero, referente al sector./EL ECONOMISTA-PUNTOporPUNTO