Texto Íntegro: APRUEBAN en SAN LÁZARO tipificar DESPLAZAMIENTO FORZADO

La iniciativa precisa que la pena aumentará hasta la mitad

Por unanimidad con 429 votos a favor la Cámara de Diputados aprobó reformas en el Código Penal Federal en materia de desplazamiento forzado interno en México.

  • El Pleno de la Cámara baja aprobó agregar un capítulo III al Título Decimonoveno del Código Penal Federal, y un artículo 287 Bis, que denominó como desplazamiento interno.
  • En dicho capítulo se precisa que comete el delito de desplazamiento interno forzado quien solo o en colectivo ocasionen que personas que habitan en cierto lugar sean desplazadas a través de la violencia.
  • En caso de cometerse dicho delito se aplicarán, de acuerdo con el dictamen que se turnó a la Cámara de Senadores para su análisis y discusión, penas que van desde seis y hasta 12 años de prisión y de 300 a 600 días de Unidad de Medida de multa.
  • “La pena aumentará hasta la mitad cuando el delito se cometa en contra de una niña, niño, adolescente, persona defensora de derechos humanos y periodistas”, se precisó en la iniciativa aprobada y que provino de la Comisión de Justicia de la Cámara baja.
  • Se estipula también que no se considerará como desplazamiento interno la movilización de población por parte de las autoridades “cuando tenga por objeto la seguridad de la misma o por mandamiento judicial”./EL ECONOMISTA-PUNTOporPUNTO

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