MAGISTRADOS confirmaron el resultado de los cómputos en 161 DISTRITOS ELECTORALES FEDERALES impugnados

Al desahogar 240 impugnaciones contra las votaciones del pasado 2 de junio, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó anular 66 casillas donde personas ajenas a la sección electoral fungieron como funcionarios de casilla, lo cual es una causal de nulidad.

Por cuatro votos contra dos, los magistrados justificaron su decisión al argumentar que el PRD no proporcionó el nombre completo de esas personas y, aunque violaron la ley electoral, los integrantes del TEPJF no pueden ponerse a investigar los nombres de los infractores.

Con esto, confirmaron el resultado de los cómputos en 161 distritos electorales federales impugnados, relacionados con la renovación de la Presidencia.

La magistrada Janine Otálora había propuesto anular 29 casillas y el magistrado Reyes Rodríguez, otras 37. Sin embargo, no contaron con el apoyo de las magistradas Mónica Soto y Claudia Valle, así como los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata.

Además, desecharon 78 juicios de inconformidad, algunos por haberse presentado de forma extemporánea, otros por falta de firma autógrafa y otros más porque la persona que presentó el medio de impugnación fue el representante del partido ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, pero quien debía presentarlo era el representante del partido en el Consejo Distrital. Esto, al ser el órgano responsable del cómputo controvertido.

Así, se ratifican los resultados de los comicios pasados sin una sola modificación, por lo que el triunfo de Claudia Sheinbaum se mantiene con 35.9 millones de votos, 59% de las preferencias electorales.

Confirman triunfo de Sheinbaum

Al desahogar 240 impugnaciones interpuestas en su mayoría por la oposición, en contra de votaciones en casilla, las magistradas Mónica Soto y Claudia Valle, así como los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, rechazaron anular 66 casillas donde personas ajenas a la sección electoral fungieron como funcionarios de casilla, lo cual es una causal de nulidad.

  • Con este hecho confirmaron, por mayoría de votos, y sin ninguna modificación, el resultado de los cómputos en 161 distritos electorales federales impugnados relacionados con la renovación de la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Al resolver 240 juicios de inconformidad de la elección presidencial del 2 de junio de 2024, se consideró que las peticiones de nulidad de votación por parte de los partidos que controvirtieron los resultados de los cómputos distritales resultaron infundadas e inoperantes, en particular respecto de la causal relacionada con la integración indebida de las mesas directivas de casilla.

Asimismo, se desecharon 78 juicios de inconformidad, algunos por haberse presentado de forma extemporánea, otros por falta de firma autógrafa y, otros más, porque la persona que presentó el medio de impugnación fue el representante del partido ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral y quien debía presentarlo era el representante del partido en el Consejo Distrital, al ser el órgano responsable del cómputo controvertido.

  • Sobre las 66 casillas propuestas para anulación por la magistrada Janine Otálora (29 casillas) y del magistrado Reyes Rodríguez (37 casillas), las restantes cuatro magistraturas se negaron a votar en favor porque el PRD no dio el nombre completo de las personas infractoras, y aunque violaron la ley electoral, las cuatro magistraturas aclararon que no se pueden poner a investigar los nombres de los infractores.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón explicó que era un asunto de “sentido común” vincular los puestos de los infractores en las casillas y en un sentido más “amplio, más garante de la ley”, se podía modificar un criterio de 2018, aunque consideró que más que modificar el criterio se estaría “complementando, estaría evolucionando”.

  • En respuesta Soto señaló que “no coincido que se trate de resolver con sentido común, sino con un sentido legal, y así es como está establecido, tienen que aportarse por parte de los partidos políticos que impugnan nombre, apellido y, por supuesto, pues el número de casilla y demás datos que se requieran para la inmediata y certera identificación de la persona que están impugnando por haberse desempeñado como funcionaria o funcionario de casilla”.

De esta manera confirmaron los resultados de la pasada elección sin una sola modificación, por lo que el triunfo de Claudia Sheinbaum se mantiene con 35.9 millones de votos./Agencias-PUNTOporPUNTO

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