El presidente Andrés Manuel López Obrador buscará reducir el porcentaje de participación requerido para que el resultado de la consulta de revocación de mandato sea válido.
- Según adelantó, presentará una iniciativa para reducir el porcentaje de participación al 30 por ciento. Actualmente, se requiere del voto del 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores.
“Para que sea una reforma válida, vinculatoria, en vez de 40 por ciento de participación, estoy proponiendo 30, porque ahora por eso no se llevan a cabo consultas porque para que tengan valor, para que sean vinculatorias, necesita participar el 40 por ciento, para que así se animen”, detalló sin mencionar si esta medida estará incluida en el paquete de reformas que presentará en Palacio Nacional el próximo 5 de febrero.
- Asimismo, acusó a la oposición de hacer un llamado a no participar en el primer ejercicio que se llevó a cabo el 10 de abril de 2022, pero aseguró que al recortar el porcentaje, “se van a animar todos a participar”.
- La primera consulta popular de este tipo apenas logró captar una participación ciudadana del 17.7 por ciento, muy debajo de lo requerido para que el resultado fuera vinculante.
Del total de los 16 millones 502 mil 636 votos, 15 millones 159 mil 323 optaron a favor de que el presidente continuara, lo equivalente al 91.86 por ciento de los sufragios. Mientras que el 6.44 por ciento de los votos, fueron para revocar al mandatario. En tanto, los votos nulos representaron un total de 280 mil 104.
¿En qué estados de México aplica la revocación de mandato?
De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), la figura de revocación de mandato es un instrumento de participación democrática, donde las personas determinan si el o la titular de la presidencia o el gobierno debe seguir o no gobernando el país.
- Según las reformas a la Constitución en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandatado aprobadas en 2019, la figura aplica para las y los gobernadores de las 32 entidades de nuestro país.
‘’Para efectos de la revocación de mandato a que hace referencia esta Constitución tanto a nivel federal como local, deberá entenderse como el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo a partir de la pérdida de la confianza”, se explica en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Según lo establecido, cada estado operará la Revocación de Mandato con sus normas locales. Hasta el momento no se ha aplicado en alguna demarcación.
Según el Instituto de Investigaciones y Estudios Legislativos de Michoacán, los estados que ya tienen la figura de revocación de mandato en sus constituciones son: Baja California, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Sinaloa y Zacatecas./Agencias-PUNTOporPUNTO