Por medio de un oficio la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dictó a todas y cada una de las dependencias de gobierno que los servidores públicos que hayan sido beneficiados con el pago de una indemnización por la terminación de su relación laboral en términos de la ley, no podrán ser contratados nuevamente por un periodo de 12 meses, contados a partir de la fecha en la que haya dejado de surtir efecto su nombramiento, a menos de que regresen el dinero que recibieron por tal motivo. La prohibición queda cancelada en caso de que el servidor público reembolse íntegramente el monto de indemnización que haya recibido. La orden a seguir es que a partir de ayer no se podrá realizar contrataciones de personal en plazas presupuestarias de carácter permanente, eventual y contrataciones de prestación de servicios profesionales por honorarios con cargo a su presupuesto autorizado./CONTRAREPLICA
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