La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador y Jesús Ramírez, coordinador general de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República, no violaron la ley electoral al exponer la existencia de un presunto Bloque Opositor Amplio (BOA) en la conferencia mañanera del 9 de junio.
- Por unanimidad de votos declaró la inexistencia de vulneración al principio de imparcialidad, promoción personalizada y utilización indebida de recursos públicos.
- El pasado 5 de octubre tras un recurso promovido por el Partido Acción Nacional (PAN), la Sala Regional Especializada del TEPJF determinó que el documento “Rescatemos a México” no podía considerarse propaganda gubernamental, porque no daba a conocer acciones de gobierno, avances o desarrollo económico y beneficios o compromisos cumplidos por parte del Gobierno a la ciudadanía.
Asimismo, el documento se presentó durante la sesión de preguntas y respuestas, lo que calificó como un legítimo ejercicio periodístico amparado por la libertad de expresión e información.
Además, para la Sala Regional, el documento tampoco podía ser considerado como propaganda electoral, ya que del análisis integral de su contenido y el contexto en que se presentó, no se desprendía que estuviera dirigido a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía para que vote a favor o en contra de algún partido político o candidatura en los procesos electorales 2020-2021./PUBLIEMETRO-PUNTOporPUNTO