Dos juzgados federales resolvieron desechar “por notoriamente improcedentes” dos de los amparos presentados en contra de la toma de protesta de Rosario Piedra Ibarra, recién nombrada titular de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para el periodo 2019-2024.
- La determinación estuvo a cargo de los juzgados Décimo Primero y Décimo Sexto en Materia Administrativa de la Ciudad de México, según los números de expediente 1580/2019 y 1688/2019, respectivamente, presentados por el senador Emilio Álvarez Icaza Longoria y la organización Derechos Humanos y Litigio Estratégico Mexicano, A.C.
- En ambos los juzgadores federales determinaron negarles dar inicio a la tramitación del proceso judicial, pese a que no se presentaron argumentos que sustentaran la negativa. Con ello tendrán la oportunidad de impugnar ambas resoluciones.
- La noche del pasado 12 de septiembre, en la cámara alta, senadores de las fracciones parlamentarias del PAN y Morena, protagonizaron un zafarrancho por la designación de Piedra Ibarra, pues durante el proceso de votación, celebrado el pasado 7 de noviembre, los panistas denunciaron un “fraude” en el conteo de votos para elegir a la nueva ombudsperson.
- El senador Gustavo Madero subió a la Mesa Directiva para impedir la toma de protesta de la activista como presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), luego de un cuestionado proceso de elección, pero fue bloqueado por el morenista Salomón Jara.
Los senadores blanquiazules denunciaron que, en la votación para elegir a Piedra Ibarra, se contabilizaron 114 votos, pese a que en realidad fueron 116, por lo que acusaron que hubo un “fraude” que no logró conseguir la mayoría calificada.
El primer juicio de amparo solicitado por Álvarez Icaza fue presentado el pasado 11 de noviembre en contra de “actos fuera de juicio”, específicamente la “Sesión Ordinaria del 07 de noviembre de 2019, por la que se designó a la Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para el periodo de 2019-2024”.
Una vez presentado el trámite recibió notificación del Consejo de la Judicatura Federal, fechada este miércoles, en la que el Juzgado Décimo Primero informó que aún debe “señalarse que las causas de improcedencia deben ser examinadas de oficio por el órgano jurisdiccional que conozca del juicio de amparo”.
- Y por este motivo, resolvió: “Se desecha de plano por notoriamente improcedente la demanda de amparo”.
- El segundo juicio de amparo, solicitado por Derechos Humanos y Litigio Estratégico, fue presentado el pasado 12 de noviembre en contra de actos “fuera de juicio” en la que se enumeraron nueve puntos de la sesión del pasado 7 de noviembre, y en el que resaltó “la declaratoria de cumplimiento de la mayoría calificada en la elección de presidente” de la CNDH.
- Dicho amparo buscaba evitar la celebración de la sesión del Senado del pasado martes, “en cuyo orden del día estaría contenida la toma de protesta de la persona supuestamente elegida”, señaló el recurso.
- No obstante, al haber cesado los efectos de la supuesta violación de garantías constitucionales, el Juzgado Décimo Sexto en Materia Administrativa resolvió: “Se desecha por notoriamente improcedente la presente demanda de amparo”./PROCESO-PUNTOporPUNTO