Un tribunal federal revocó la negativa a la suspensión a una empresa que interpuso un amparo en contra del alza de las tarifas de transmisión y distribución de electricidad que afectó a un grupo de centrales que se construyeron bajo las leyes anteriores a la reforma energética, por lo que a esta compañía no se le va a aplicar este incremento en lo que se resuelve su juicio.
- El segundo tribunal especializado en materia de competencia económica otorgó la suspensión a la central eólica El Retiro en contra del aumento de entre 400% a 800% que impuso la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tras una resolución de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), que buscaba equiparar estos cobros a los que ahora se dan en el mercado que se rige por la actual Ley de la Industria Eléctrica.
“Dichos cargos, más allá del simple impacto económico que significan para la quejosa, pueden llegar a tener incidencia no sólo en la competitividad dentro los mercados relacionados con la industria eléctrica, sino también en los mercados relacionados con los bienes y productos finales e intermedios con los que se encuentren relacionados los titulares de contratos de interconexión legados con centrales eléctricas de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable o cogeneración eficiente, sobre todo los autogenerados (que básicamente generan energía para consumo propio)”, explica el juzgado segundo en la resolución del recurso de queja 78/2020.
- Los jueces especializados en la materia han rechazado otorgar la suspensión provisional a las empresas que se han amparado en contra de esta alza , al considerar que si bien puede existir un daño en su patrimonio, no se compara con el que puede existir si frenan el cobro de una tarifa que CFE usa para dar este servicio.
- Pero el tribunal, que revisó una de estas negativas, considera que además de estar frente aun posible daño a la inversión en estas centrales, también se daña la competencia y la transición al uso de estas tecnologías renovables.
“En ese orden de ideas, se estima que la concesión de la medida cautelar, aun y cuando podría afectar el que se garantizara la prestación del servicio público de transmisión de energía de manera eficiente (a través de un esquema tarifario basado en el reconocimiento de los costos eficientes que aseguren pagos justos y proporcionales), este perjuicio que resentiría la sociedad sería mucho menor que el derivado de negar la suspensión, pues con el otorgamiento de la medida cautelar se podrían evitar consecuencias desfavorables en la competitividad dentro los mercados relacionados con la industria eléctrica y en los mercados relacionados con los bienes y productos finales e intermedios con los que se encuentren relacionados los titulares de contratos de interconexión legados con centrales eléctricas de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable o cogeneración eficiente, así como en el tránsito al uso de tecnologías y combustibles más limpios”, explica la resolución publicada este martes.
La CRE defendió que este incremento se daba para nivelar las tarifas que pagan otros usuarios en el mercado eléctrico, y evitar un déficit por el cobro de la transmisión y distribución de electricidad; mientras que la iniciativa privada y el sector renovable defiende que este cobro especial se dio bajo una ley que lo permitía, y que puede elevar los costos de producción de las unidades y empresas que les compran la electricidad./EXPANSIÓN-PUNTOporPUNTO