La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) suspendió de manera general todas las fechas límite para los planes de exploración, evaluación y desarrollo de los contratos petroleros en México durante el periodo de emergencia por la pandemia del Covid-19, además de que permitirá a los contratistas reducir su entrega de resultados de producción e inversiones proporcionales a los recortes de actividades que llevarán a cabo en este periodo.
- Así lo dio a conocer el órgano de gobierno del regulador tras aprobar el Acuerdo por el que la CNH establece diversas medidas a fin de promover el desarrollo de las actividades petroleras. Con este acuerdo, se atienden las 25 solicitudes presentadas por contratistas para el reconocimiento de una existencia de fuerza mayor que les impide realizar sus trabajos, así como las 13 prórrogas a plazos establecidos presentados también por operadores petroleros.
Ramón Antonio Massieu, titular de la Unidad Jurídica de la CNH, detalló que el Acuerdo consiste en que a partir del 20 de marzo, fecha en que se publicó el primer acuerdo que suspendió los plazos de los contratistas reconociendo la emergencia por el Covid-19 y hasta que la autoridad sanitaria a nivel federal levante las restricciones administrativas de movilidad, se considerarán los días transcurridos como inhábiles.
Entonces, será hasta que la CNH publique en el Diario Oficial de la Federación la terminación de la suspensión que las empresas retomarán sus calendarios de actividades. Por lo pronto, al llegar al 20 de julio añadirán cuatro meses a sus plazos límites, y así continuarán añadiendo días mientras siga la emergencia sanitaria.
- Esta suspensión aplica para los programas mínimos de trabajo en los planes de exploración, evaluación y desarrollo aprobados, así como en los planes provisionales de las empresas que se adjudicaron campos donde han heredado actividades productivas de Petróleos Mexicanos (Pemex).
- Sin embargo, los contratistas pueden continuar con lo programado sin que se aplique sanción alguna. En lo que respecta al pago de contraprestaciones como el impuesto por exploración o las obligaciones que tienen los contratistas ante el SAT, éstas quedarán sin cambios y deberán cumplirse sin prórrogas. A la vez, esta suspensión no implica que se ampliará la vigencia de los contratos, detallaron.
Finalmente, el abogado de la CNH recomendó dentro del ámbito de las atribuciones del regulador que la Secretaría de Energía, que es la única que puede modificar asignaciones de Pemex, utilice la herramienta de modificación de las asignaciones vigentes para dar la misma flexibilidad de suspensiones a la estatal en los mismos términos en que se acordó para los contratos./EL ECONOMISTA-PUNTOporPUNTO