Pemex tiene que pagar pensiones de jubilación a personal de confianza que hubiera laborado al menos 15 años en la empresa y rebase los 60 años de edad, pese a que las pensiones vitalicias sólo están previstas para quienes tienen antigüedad de treinta años o más.
La Suprema Corte resolvió ayer que el Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Pemex, vigente desde 2019, viola el Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que ordena «pensiones reducidas» para quienes cotizaron al menos 15 años y cumplen el requisito de edad.
- Por unanimidad, la Segunda Sala amparó a Sara Silva López, quien salió de Pemex en octubre de 2021, cuando tenía 68 años, luego de haber laborado 20 años en la empresa.
La quejosa ya había cobrado una liquidación de cuatro meses de salario, más 400 días adicionales, es decir, 20 días por cada año laborado. - Ahora tendrá derecho a una jubilación vitalicia, que podría ser de alrededor de la mitad de su último salario. Este tipo de pensiones en Pemex, tanto para sindicalizados como de confianza, son en promedio seis veces más cuantiosas que las que recibe un asalariado bajo el régimen del IMSS.
El criterio de la Corte será obligatorio para todos los jueces y tribunales que resuelvan casos similares, y podría beneficiar a quienes cotizan en otros contratos colectivos de trabajo que, de por sí, ya tienen prestaciones generosas, pero exigen al menos 25 o 30 años de labores para acceder a ellas./Agencias-PUNTOporPUNTO