La justicia laboral, la inspección del trabajo y el libre ejercicio de los derechos colectivos en el país presentan serias fallas de diseño e implementación, por lo que se requiere un nuevo esquema que aleje el tripartismo para su impartición. Esta es la conclusión del estudio “Diagnóstico del derecho al trabajo 2018” del Consejo Nacional de Evolución de la Política de Desarrollo social (CONEVAL).
- El documento señala que es evidente que la impartición de justicia laboral en el país “ya no es útil” en las negociaciones entre patrones y trabajadores. Si bien la reforma de febrero del 2017 en el Artículo 123 significa un paso en adelante, se debe garantizar que habrá un órgano descentralizado para el registro de sindicatos y contratos colectivos. No obstante, “no se ha adoptado su reglamentación”.
- Especialistas han señalado que es urgente que se revise la reglamentación secundaria, misma que habría de aprobar el Senado de la República, incluso para enero del 2019, dijo Lorenzo Roel presidente de la Comisión Nacional Laboral de Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX).
- Además el CONEVAL afirma que “resultaría indispensable y urgente permitir una mayor deliberación y consulta pública acerca del nuevo modelo laboral, con garantías de pluralidad. Como hemos visto, desde el enfoque de derechos, la participación de la sociedad debería ser un factor ineludible para legitimar el diseño de las reformas legales de forma tal que realmente respondan a las necesidades y expectativas de los trabajadores y no sean regresivas».
Cumplir con compromisos internacionales
El estudio destaca que las nuevas reglas e instancias deberán cumplir con los compromisos internacionales en torno a la imparcialidad, independencia y oportunidad de la justicia laboral y el pleno disfrute de la libertad sindical y los derechos colectivos.
- Por ello, es indispensable que haya una transición estructurada al nuevo orden, con “los recursos materiales y humanos suficientes. La legitimidad y la credibilidad de las nuevas instancias son condiciones indispensables para animar a los trabajadores a exigir sus derechos cuando son transgredidos”.
- Pese a que aún no se conocen las propuestas de leyes secundarias, se espera que las nuevas bases constitucionales no representen un retroceso, “ya que posibilitarían un nuevo tipo de relación entre trabajadores, sindicatos, Estado y empleadores y darían autonomía al órgano encargado de registrar los sindicatos y los contratos colectivos”.
Destaca que el camino para la firma de contratos colectivos “exige la votación personal, libre y secreta como condición previa” que trascenderá a la elección de las dirigencias y la resolución de los conflictos intersindicales. Igualmente se exige que para garantizar la libertad de negociación colectiva, los sindicatos acrediten su representatividad./EL ECONOMISTA