MÉXICO impone ARANCEL de 50% a la IMPORTACIÓN de MAÍZ blanco

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El presidente Andrés Manuel López Obrador emitió un decreto presidencial mediante el cual se realizan modificaciones en los aranceles temporales aplicables al maíz blanco en México, con el objetivo de garantizar la estabilidad de precios del grano y fomentar su producción y comercialización interna.

  • El gobierno federal había llevado a cabo una serie de decretos relacionados con el maíz blanco en el último año. El 7 de junio de 2022, se publicó el «Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación», el cual establece las cuotas que determinan los impuestos de importación y exportación. Asimismo, el 6 de enero de 2023, se emitió el «Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias», el cual exentaba temporalmente el pago de aranceles para productos de consumo básico, incluyendo el maíz blanco harinero.

Pero ahora el gobierno federal ha constatado que la exención del arancel a la importación del maíz blanco harinero no ha generado una disminución significativa en los precios del mercado nacional. Por tanto, se ha considerado pertinente eliminar esta exención.

AMLO restablece arancel de 50% a la importación de maíz blanco

El artículo primero del decreto anuncia la eliminación de la fracción arancelaria 1005.90.04, la cual estaba contemplada en el «Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias». Esta medida fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2023 y ahora será suprimida.

En el artículo segundo del decreto se establece una modificación temporal en los aranceles de la fracción arancelaria 10.05 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Esta fracción arancelaria corresponde al maíz en general, mientras que la 1005.90.04 se refiere específicamente al maíz blanco (harinero).

  • Con la modificación, se establece una cuota de arancel de importación de 50% por kilogramo de maíz blanco y una cuota de arancel de exportación de 50% por kilogramo del mismo producto. El objetivo principal detrás de esta medida es proteger y fortalecer la agricultura nacional, especialmente en el sector del maíz blanco.

Este decreto, publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del viernes 23 de junio, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2023./Agencias-PUNTOporPUNTO

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