El AGUINALDO, un privilegio de unos cuantos; solo 4 de cada 10 lo recibirán este año

Sólo cuatro de cada diez mexicanos ocupados en el país recibirán aguinaldo. Según la última Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) de los 59 millones 528 mil ocupados sólo 27 millones 404 mil tienen prestaciones.

  • Así, el aguinaldo se ha convertido en privilegio de unos cuantos si se considera que, del total de mexicanos con una fuente de ingresos, 40 millones 982 mil son trabajadores subordinados y remunerados, a los que por ley les correspondería esta gratificación anual.
  • De acuerdo con el especialista, cada año algunos patrones incumplen con el pago de esta prestación antes del 20 de diciembre como establece el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

“Cada año se inician procedimientos legales en contra de empresas que no cumplieron con esta obligación anual y no llegaron a un acuerdo con sus trabajadores para que se les otorgará a destiempo”.

  • Este pago aplica para todas aquellas personas que prestan un servicio personal subordinado a otra persona física o moral en una relación laboral. Incluso los trabajadores que no hayan cumplido el año de trabajo, independientemente de que se encuentren activos o no, tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del aguinaldo.

“Las empresas deben cumplir esta obligación hasta con los empleados que tengan una semana de trabajo, aunque obviamente recibirán una cantidad simbólica”, indicó David Hernández, director de la firma legal Deal.

  • Los trabajadores que están inactivos también tienen derecho a que se les pague la parte proporcional de esta prestación si en su liquidación no se incluyó ese monto.

“Los trabajadores pueden reclamar ese dinero durante los siguientes días”.

Según el especialista, no existe ningún instrumento legal que permita a las empresas tener una prórroga para el pago del aguinaldo, por lo que no cumplir con el otorgamiento de esta prestación a tiempo constituye un delito.

Factores a considerar

Con base en la normatividad vigente, a partir de un año de laborar los trabajadores deben recibir por lo menos 15 días de salario. El pago debe realizarse en efectivo y en una sola exhibición.

En el caso de los trabajadores que tengan un salario fijo, el cálculo debe hacerse por día laborado.

  • Si el monto del salario es variable, se debe tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días trabajados.

Para los trabajadores contratados como vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes que estén bajo el amparo de la Ley Federal del Trabajo, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año de trabajo o del tiempo de trabajo en caso de que no haya cumplido el año./Agencias-PUNTOporPUNTO

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