El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la declaración de validez de la elección de gubernatura y la expedición de la constancia de mayoría en favor de Esteban Alejandro Villegas Villarreal, candidato de la coalición “Va por Durango”, integrada por PRI, PAN y PRD.
- El pleno del TEPJF confirmó la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Durango, pues las irregularidades alegadas por Morena, relacionadas con actos de violencia política de género, violencia generalizada en la elección de la gubernatura, irregularidades en el recuento de votos, rebase al tope de gastos de campaña y una presunta intervención del gobierno estatal, no fueron fundados.
Por tanto, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal concluyeron que en dicha elección de junio pasado no se vieron afectados, de manera determinante, los principios constitucionales que rigen la elección.
Cabe destacar que el partido Morena impugnó la determinación local y alegó que la autoridad responsable no hizo un estudio exhaustivo ni analizó las circunstancias que rodearon a la elección en cuestión.
Al respecto, la Sala Superior confirmó la determinación controvertida, pues el tribunal local sí atendió sus agravios.
- Respecto a la violencia política de género que acusó Morena en contra de su entonces candidata, Marina Vitela, el TEPJF determinó que ya existía una resolución firme en el sentido de que no se acreditaba, por lo que no podía ser sujeto de un nuevo análisis.
- Por cuanto a la violencia generalizada, también se argumentó que existía un pronunciamiento previo y firme, en el sentido de que no se actualizaba cualitativamente y no se ponían en peligro los principios que rigen la elección.
En referencia al recuento en sede administrativa de 511 paquetes electorales y una presunta discordancia entre el recuento y lo asentado en las actas respectivas, la Sala Superior del TEPJF respaldó que el tribunal local no se acreditó que esas diferencias tuvieran un impacto en el resultado del cómputo electoral y, por tanto, que fueran determinantes para declarar la nulidad de la votación y cambiar el sentido del ganador./Agencias-PUNTOporPUNTO