Un órgano administrativo dependiente de la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno, denominado Transparencia para el Pueblo, será el encargado de sustituir al INAI como autoridad para resolver las inconformidades de los ciudadanos ante negativas de información del Poder Ejecutivo.
- De acuerdo con la iniciativa de la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que está en el Congreso, el instituto que será creado no contará con comisionados, sino con una persona titular, por lo que las resoluciones que tome no serán colegiadas, ni habrá discusiones en un Pleno.
- El Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) fue creado en 2014 en sustitución del IFAI como un órgano constitucional autónomo, con independencia y patrimonio propio, conformado por siete comisionados y con una estructura para resolver los recursos de revisión de manera colegiada.
Desde su creación y hasta la fecha, los recursos de revisión, es decir, las inconformidades de los ciudadanos, eran sustanciados por las ponencias de cada comisionado, integradas por cerca de 20 personas cada una, la cuales proponían los proyectos de resolución, que eran presentados, discutidos y, en su caso, avalados en el Pleno por los comisionados.
Hasta el momento, la estructura orgánica y el funcionamiento del nuevo instituto se desconocen debido a que esa definición la hará la Presidenta Claudia Sheinbaum una que vez que la nueva ley entre en vigor y se concrete la extinción del INAI.
«La persona titular del Ejecutivo federal deberá expedir las adecuaciones correspondientes a los reglamentos y demás disposiciones aplicables, incluida la emisión del Reglamento Interior de Transparencia para el Pueblo, dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto», establece el artículo 12 transitorio de la iniciativa.
- A diferencia del INAI, que tiene competencia sobre todas las autoridades del ámbito federal, incluidos los poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos autónomos como la Fiscalía General de la República, el INE, el Banco de México y la CNDH, el nuevo instituto solo tendrá competencia sobre las dependencias del Ejecutivo federal.
- La nueva ley también prevé que actúe como segunda instancia en recursos de inconformidad cuando las solicitudes de información presentadas en estados y municipios verse sobre recursos federales. Actualmente, el INAI actúa como instancia revisora de las decisiones de los órganos garantes locales cuando los ciudadanos no están conformes con la resolución.
Debido a que Transparencia para el Pueblo solo va a tener competencia para el ámbito del Poder Ejecutivo, serán las contralorías internas y los Órganos Internos de Control de los otros poderes y órganos autónomos quienes actuarán como autoridades garantes y conocerán y resolverán sobre las inconformidades de los ciudadanos.
La manera en que cada una de estas nuevas autoridades garantes, 17 en total, resolverán los recursos de revisión, aún no se ha determinado.
Además de ser competente en materia de transparencia, el INAI también lo es en protección de datos personales, materia en la que recibe denuncias, instaura procedimientos, resuelve e impone sanciones.
Estas atribuciones serán conferidas a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, que también tendrá que definir cómo llevará a cabo estas nuevas funciones, tanto para los datos personales en posesión de autoridades como de particulares./CONGRESO-PUNTOporPUNTO