El Senado aprobará esta semana la reforma propuesta por el Ejecutivo en materia de nepotismo, en la que se establece que la prohibición de la reelección aplicaría para las personas que hayan obtenido un cargo de elección popular, por lo que no podrían ser reelectas para el periodo inmediato posterior.
- Este martes, las comisiones unidas de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales están citadas para dictaminar el contenido de la iniciativa, que por lo pronto dejaría sin aspiraciones de buscar la gubernatura de sus estados, a los senadores morenistas Saúl Monreal y Félix Salgado Macedonio.
- Sin embargo, el coordinador del PAN, Ricardo Anaya, advirtió que esta iniciativa se queda corta, además de que no es integral pues no abarca a los poderes Ejecutivo y Judicial ni a los órganos autónomos como el INE, donde dijo, hay muchos casos de nepotismo.
Adelantó que su partido hará una propuesta más amplia, aunque lamentó que Morena no tenga intención de sacar adelante una reforma integral con el respaldo de la oposición.
«Hacen como que van contra el nepotismo, pero lo siguen permitiendo al interior del INE, lo siguen permitiendo al interior del Poder Judicial.
«Lo siguen permitiendo al interior del Poder Ejecutivo y siguen permitiendo estos casos escandalosos de nepotismo cruzado, en donde dirigentes partidistas apoyan a sus parientes para ocupar distintos cargos, donde el hermano del expresidente también lo tienen colocado en la administración pública, es decir, lo que sería…, sería un acto de burda simulación”, acusó el panista.
- El pleno del Senado recibió el 10 de febrero la iniciativa del Ejecutivo, el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de no reelección y nepotismo electoral.
¿Qué implica la reforma contra el nepotismo?
La iniciativa plantea prohibir el “nepotismo electoral”, por lo que se propone como un requisito de idoneidad, que las personas que pretendan participar para un cargo de elección popular no tengan o hayan tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio, concubinato o relación de pareja.
- Así como de parentesco de consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que ocupa el cargo por el cual participarán.
En este caso, se establece que dichas disposiciones serían aplicables a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales a celebrarse en 2027./CONGRESO-PUNTOporPUNTO
Documento íntegro a continuación:
DICTAMEN NEPOTISMO- OBS