TEXTO ÍNTEGRO: SEGOB publica en el DOF la LEY de REVOCACIÓN de MANDATO, por encargo de AMLO

El artículo 7 del decreto indica que el inicio del proceso de revocación de mandato solamente procederá a petición de ciudadanos.

Después de su aprobación por ambas cámaras del Congreso de la Unión la Secretaría de Gobernación (Segob) publicó la Ley Federal de Revocación de Mandato.

El decreto se encuentra en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y señala que su objetivo es:

  • Regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las ciudadanas y los ciudadanos a solicitar, participar, ser consultados y votar respecto a la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.”

El artículo 7 del decreto indica que el inicio del proceso de revocación de mandato solamente procederá a petición de ciudadanos.

Para validar la procedencia del ejercicio se deberá reunir al menos, al tres por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.

  • La Ley Federal de Revocación de Mandato no contempla la pregunta a la que deberán responder los participantes.

Al aprobar los lineamientos del proceso el Instituto Nacional Electoral (INE) destacó que está programado para realizarse el domingo 27 de marzo de 2022, con un costo aproximado de 3 mil 800 millones de pesos./CONGRESO-PUNTOporPUNTO

Documento íntegro:

dof%20-%20revocacion%20de%20mandato-2021

 

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