TEXTO ÍNTEGRO: PAN en el SENADO presenta iniciativa de LEY de REVOCACIÓN de MANDATO

imagen de internet

El senador Damián Zepeda Vidales, del Partido Acción Nacional (PAN) presentó una iniciativa de Ley de Revocación de Mandato para regular esa figura.

El legislador aseguró que no tiene «mucha complejidad» esa regulación secundaria, pues los candados básicos (quién puede solicitarla, qué requisitos hay para que proceda, quién la organiza y quién califica los resultados del proceso, así como el porcentaje para que sus resultados sean vinculantes) ya están en la Constitución.

  • “El corazón ya está, es simplemente adecuar” la Ley Federal de Consulta Ciudadana, pues –agregó el panista– prácticamente es lo mismo, expuso. Explicó que solo se incluirían reglas operativas para la instalación de mesas de casilla y designar funcionarios, entre otros temas.
  • En rueda de prensa, el legislador recordó que las reformas a la Constitución para incluir la consulta popular y la revocación de mandato son del 2019. No obstante, destacó que el Congreso de la Unión no ha emitido la ley secundari, a como estaba obligado desde junio de 2020, y su plazo venció en junio de este año.

Zepeda instó a los otros grupos parlamentarios a poner en la mesa sus propuestas, pues por ahora solo existe una iniciativa del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

El pasado 27 de julio, con el voto del PAN, se rechazó en la Comisión Permanente del Congreso incluir la regulación de la revocación de mandato en un periodo extraordinario de la Cámara. que originalmente solo sería convocada para el desafuero de dos diputados federales y analizar el expediente del fiscal de Morelos, Uriel Carmona. Entonces, el PAN alertó riesgos de que Morena buscara introducir cambios no previstos en la regulación secundaria de la revocación.

Posible regular antes de marzo

Para Zepeda no hay conflicto en el tema, pues “afortunadamente en la Constitución ya vienen muchas reglas y no hay mucho que se pueda salir de ahí».

El senador sintetizó en ocho los puntos que ya existen para hacer posible ese proceso, incluso sin ley secundaria:

Primero –detalló–, no es una figura de premio sino de castigo a un gobernante, aunque el presidente insiste en verlo como la continuidad de su mandato y no. Es el derecho del ciudadano a quitar a un gobernante por pérdida de confianza y a determinar si termina o no su mandato.

  • Ese proceso se puede realizar al inicio del cuarto año de gobierno y, en el caso del presidente López Obrador, se estableció que podría ser en marzo de 2022.
  • “Segundo, lo pueden pedir 3% de los ciudadanos en lista nominal, en al menos la mitad más uno de los estados, es decir el 17. Tercero, lo organiza el Instituto Nacional Electoral (INE). Cuarto, solo lo puede difundir el INE.

El quinto punto es que está prohibido para cualquier otro actor contratar campañas de difusión, lo cual desde luego no afectará a la libertad de expresión porque los ciudadanos se pueden expresar. Lo que no se puede –señala– es contratar, difundir en medios electrónicos, porque eso corresponde al Instituto Electoral.

El sexto punto es que para que su resultado sea vinculante debe participar el 40% del listado nominal de lectores.

  • Séptimo, se requiere que voten por la revocación al menos la mitad más uno de los que participen para que esa terminación de mandato proceda.
  • El último punto es que las impugnaciones las resuelve el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) .

Debido a que todas esas reglas ya están en la Constitución, “no está en duda que se pueda llevar a cabo la revocación de mandato” y el INE puede emitir lineamientos./CONGRESO-PUNTOporPUNTO

Documento íntegro:

Inic_inicrevocacion_de_mandatorevdz28.07.21

 

Recibe nuestro boletín informativo, suscríbete usando el formulario