TEXTO ÍNTEGRO: Publican en DOF el DECRETO de EXTINCIÓN formal del INAI

A unas horas de que los diputados federales aprobaran la expedición de tres leyes en materia de transparencia mediante las cuales se oficializa la desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) y la creación del órgano administrativo, Transparencia para el Pueblo, que dependerá de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; el Decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

  • De esa manera a partir de mañana entran en vigor la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; y se reforma el artículo 37, fracción XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
  • El nuevo organismo otorgará “las medidas pertinentes para asegurar el acceso a la información a todas las personas, en igualdad de condiciones con las demás”.
  • La nueva legislación establece que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno administrará, implementará y pondrá en funcionamiento la Plataforma Nacional que permita cumplir con los procedimientos, obligaciones y disposiciones señaladas en la presente Ley para los sujetos obligados y Autoridades garantes atendiendo a las necesidades de accesibilidad de las personas usuarias, así como en otras disposiciones jurídicas.

La Plataforma Nacional contará con los módulos de solicitudes de acceso a la información;, gestión de medios de impugnación; portales de obligaciones de transparencia; comunicación entre las Autoridades garantes y sujetos obligados, entre otros.

Será el Sistema Nacional de Transparencia el que establezca las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y seguridad de la Plataforma Nacional, promoviendo la homologación de procesos y la simplicidad del uso de los sistemas por parte de las personas usuarias.

INAI transferirá recursos a Secretaría de Hacienda

  • Por ello, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales transferirá los recursos correspondientes al valor del inventario o plantilla de plazas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los veinte días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, a fin de que esa dependencia realice las acciones que correspondan, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
  • Y establece que “las personas que dentro de los diez días previos a la entrada en vigor del presente Decreto se hayan desempeñado como personas servidoras públicas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, incluyendo a las personas Comisionadas, deben presentar acta administrativa de entrega-recepción institucional e individual, según corresponda, a la persona servidora pública que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno designe”.

Y aclara que “la entrega que se realice no implica liberación alguna de responsabilidades que pudieran llegarse a determinar por la autoridad competente con posterioridad”. /CONGRESO-PUNTOporPUNTO

Documento Íntegro a Continuación:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5752569&fecha=20/03/2025#gsc.tab=0

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