El Senado de la República reformó el artículo 58 del Código Civil Federal para que los padres de familia decidan el orden de prelación de los apellidos de sus hijas e hijos recién nacidos.
“Las personas tenemos derecho a obtener una identidad y dentro de la cual se encuentra el nombre y el apellido, que nos identifica, que nos caracteriza y que hace una diferencia dentro de una sociedad”, argumentó la presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero.
- Señaló que, el hecho de que no se pueda elegir el orden de prelación de los apellidos de las hijas e hijos “puede violentar el derecho a la igualdad, que se prevé en el artículo 4 de la Constitución, de que hombres y mujeres somos iguales ante la ley y puede llevar a una práctica discriminatoria hacia las mujeres”, indicó en el pleno.
Añadió que actualmente el derecho de la igualdad puede ser violentado en virtud de que los apellidos de las personas obedecen a un formalismo patriarcal que carece de toda justificación, por lo que transmite una percepción de que el hombre cuenta con una mayor jerarquía y social sobre las mujeres.
“El acta de nacimiento contendrá los nombres propios y apellidos que les correspondan en el orden de prelación que los progenitores convengan, pudiendo elegir de entre los apellidos maternos y paternos”, estableció la reforma avalada por 80 votos a favor y 17 abstenciones.
- La iniciativa de reforma fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis, discusión y eventual aprobación.
“¡Por fin! Nuestras abuelas, madres, nosotras mismas no seremos borradas”. “Bien senadora, siempre impulsando la igualdad en nuestra sociedad”, fueron algunos comentarios.
“En concordancia con la sentencia de la Corte y el principio de igualdad aprobamos una reforma al Código Civil Federal para que las personas progenitoras acuerden el orden de prelación de los apellidos de sus hijas, hijos, hijes. Hay costumbres que ya no tienen justificación”, indicó la senadora Patricia Mercado en sus redes./Agencias-PUNTOporPUNTO