El Senado dio inicio al proceso legislativo en torno a las peticiones de desaparición de poderes en los estados de Guerrero y Guanajuato, pues su Comisión de Gobernación citó a sus 16 integrantes para que analicen si son procedentes, aunque la posición previa que tiene mayor consenso es que en ninguno de los dos casos se configura que los tres poderes del estado hayan dejado de trabajar.
- Claudia Anaya, secretaria de la Comisión de Gobernación, explicó que la presidenta de la Comisión, la morenista Mónica Fernández Balboa, no convocó a la Junta Directiva de la Comisión, integrada por ellas dos y el panista Alfredo Botello, para acordar los términos del documento que se someterá a consideración de los 16 integrantes de la Comisión el próximo 2 de abril a las 17 horas.
Precisó que la dinámica de Morena es que no consulta nada, a pesar que lo ordene el Reglamento, y aunque ya se publicó la convocatoria en la Gaceta del Senado, hasta anoche no les habían enviado documento alguno para el estudio previo.
De acuerdo con Excélsior quien consultó a integrantes de la Comisión de Gobernación, detectó que la mayoría considera que no proceden las peticiones de desaparición de poderes, porque en ningún de los dos casos han dejado de operar los poderes del estado.
- La Constitución establece que el Senado tiene la facultad de declarar la desaparición de poderes, pero sólo si estos ya no están en funcionamiento, como lo establece el dictamen de 2006, cuando el Senado sometió a estudio profundo la solicitud para desaparecer los poderes en el estado de Oaxaca; es decir, el Senado verifica que los poderes no estén en funcionamiento y sólo en ese caso procede.
- Además, de acuerdo con la Ley Reglamentaria de la Fracción V del artículo 76 de la Constitución General de la República, “se configura la desaparición de los poderes de un Estado únicamente en los casos de que los titulares de los poderes constitucionales quebrantaren los principios del régimen federal.
Abandonaren el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor. Estuvieren imposibilitados físicamente para el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos o con motivo de situaciones o conflictos causados o propiciados por ellos mismos, que afecten la vida del Estado, impidiendo la plena vigencia del orden jurídico.
Prorrogaren su permanencia en sus cargos después de fenecido el período para el que fueron electos o nombrados y no se hubieran celebrado elecciones para elegir a los nuevos titulares o promovieren o adoptaren forma de gobierno o base de organización política distintas de las fijadas en los artículos 40 y 115 de la Constitución General de la República”, lo que no ocurre ni en Guerrero ni en Guanajuato.
En breves entrevistas por separado, la priista Claudia Anaya y el panista Damián Zepeda, integrante de la Comisión de Gobernación, coincidieron en que si bien existe una crisis de inseguridad en ambas entidades federativas, de ninguna manera se configura la desaparición de poderes, porque el Legislativo, el Judicial y el Ejecutivo de ambos estados funcionan en los términos de su constitución y sus leyes./CONGRESO-PUNTOporPUNTO