La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este jueves la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Contratación de Publicidad. Dicha Ley fue presentada por el senador Ricardo Monreal en noviembre de 2020, aprobada en abril de 2021 y entró en vigor el 1 de septiembre de 2022.
- Con la Ley se buscó prohibir la contratación de anuncios publicitarios por parte de agencias que no fueran solicitados por un anunciante.
“Las violaciones al proceso legislativo que deben considerarse invalidantes son las que trascienden significativamente a los principios que dotan de valor a la deliberación democrática, como lo son los que permiten la libre participación de las fuerzas políticas”, dijo la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández antes de la votación.
“Desde mi perspectiva, en el presente caso se afectó de manera significativa el proceso, pues en la Cámara de Senadores y en la Cámara de Diputados, de las constancias se advierte que se sometió a discusión de los legisladores el dictamen de la ley impugnada, sin que estos tuvieran conocimiento del mismo ni tiempo para analizarlo”, expuso.
Piña señaló que lo anterior provocó distintas mociones suspensivas con base en el desconocimiento del dictamen que iba a aprobarse, “y las mociones fueron desestimadas”.
El proyecto para invalidar la Ley de Publicidad obtuvo ocho votos a favor y 3 en contra.
- Antes de esta Ley, cuando un cliente quería comprar espacios publicitarios se acercaba a una agencia, a la cual le pagaba no solo para conseguir dichos espacios, sino para que se encargara de toda la gestión, que muchas veces iba acompañada de una estrategia de marketing.
En consecuencia, la agencia se quedaba con un porcentaje del dinero. El llamado fee de las agencias.
Con la Ley se buscó promover la transparencia en las agencias de publicidad, además de combatir y prevenir prácticas comerciales que perjudiquen tanto a los anunciantes como a los consumidores, de modo que se prohibió a las agencias adquirir espacios para luego revenderlos a los anunciantes.
Tampoco se podían prestar servicios simultáneos a empresas y medios, ni recibir comisiones de estos últimos para la prestación de servicios a las marcas.
No obstante, la regulación de la publicidad unió en su contra a la industria, pues los involucrados afirmaron que la Ley se hizo desde el desconocimiento de cómo funciona el sector, y en su implementación, se frena la competitividad y el libre mercado.
Pone en peligro la Corte el equilibrio de poderes: Presidencia
La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) condenó ayer el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalidó la ley sobre contratación de publicidad, al considerar que esa decisión se basó en formalismos de procedimiento, invade facultades del Congreso y pone en peligro el equilibrio entre los poderes, al convertir a los contrapesos en “instrumentos autoritarios”.
- La reacción del órgano del Ejecutivo se produjo en la noche del jueves, horas después de la resolución de la SCJN que declaró inconstitucional la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad.
La Corte tomó la decisión por ocho votos contra tres.
“La SCJN viola el artículo 49 constitucional al atribuirse funciones exclusivas del Poder Legislativo y descalificar reglas de funcionamiento internas que autónomamente se ha dado el Congreso de la Unión, cuya interpretación y aplicación sólo corresponde a éste, conforme a los artículos 70 y 77 constitucionales”, señaló una declaración de la CJEF.
- La Consejería agregó que los criterios aplicados para la invalidez de la ley violentan la autonomía del Congreso de la Unión, porque imponen requisitos adicionales al trabajo legislativo enel Congreso.
Asimismo, consideró que la SCJN viola además sus propios criterios de jurisprudencia relacionados con presuntas irregularidades en el proceso legislativo.
Enfatizó que la legislación que regula la vida interna del Congreso es la única que no puede ser vetada, porque los legisladores son elegidos, lo que implica que es un poder que no puede ser invadido en su vida interna./CONGRESO-PUNTOporPUNTO