SCJN: EMPRESAS de BOLETOS en línea deben asegurarse de que clientes conozcan y entiendan sus reglas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las empresas de boletos en línea como Ticketmaster, Boletia, entre otras, deben asegurarse de que los clientes conozcan y entiendan sus reglas antes de la compra.

  • La Primera Sala de la SCJN ordenó a un Tribunal Colegiado que utilice este criterio para resolver el litigio planteado por un consumidor contra una plataforma de venta de boletos en línea, esto, a partir del proyecto de sentencia elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat.

La situación aconteció cuando un usuario compró boletos para un festival de música a través de una plataforma en línea, seleccionando como método de entrega la recolección en un punto físico. Sin embargo, al intentar recoger los boletos, no le fueron entregados porque la empresa no pudo realizar un cargo complementario a la tarjeta de crédito utilizada para la compra.

  • El comprador demandó a la compañía el reembolso de los boletos y una compensación. En su defensa, la empresa argumentó que, según las políticas de compra publicadas en su página web, el comprador debía realizar el cargo complementario para obtener los boletos.
  • Inicialmente un juez en la Ciudad de México absolvió a la empresa, por lo que en amparo un Tribunal Colegiado confirmó esta decisión, pero el comprador, inconforme, interpuso un recurso de revisión y fue así que el caso llegó a la SCJN.

Al analizar el asunto, la Primera Sala destacó que, para proteger a los consumidores, las condiciones de los contratos deben ser claras y fáciles de entender. Señaló que publicar las reglas en una página web no significa que los compradores las hayan leído o aceptado de manera consciente.

  • La SCJN concluyó que el proveedor está obligado a informar de forma clara y precisa las condiciones de su servicio al consumidor. Esto es especialmente importante en los contratos de adhesión, que son aquellos en los que una de las partes, generalmente una empresa, establece todas las condiciones, mientras que la otra parte, el consumidor, solo puede aceptarlas o rechazarlas sin posibilidad de modificarlas ni participar en su redacción.

En este caso en específico, no se probó que el comprador tuviera conocimiento efectivo de las políticas al momento de realizar la compra. En consecuencia, la SCJN revocó la sentencia anterior y ordenó al Tribunal Colegiado dictar una nueva resolución que considere estos aspectos, subrayando la responsabilidad de garantizar que los consumidores conozcan plenamente las reglas aplicables a sus transacciones./CONGRESO-PUNTOporPUNTO

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