«El porcentaje de hombres y mujeres deben ser determinados libremente por la autodeterminación de la voluntad militante de los partidos políticos, por lo que impugnaremos en el Tribunal Electoral dicho acuerdo del INE, por inconstitucional y violatorio de los derechos políticos de todas y de todos quienes aspiran a un cargo de elección popular», así lo mencionó el político Alejandro Rojas Díaz en sus redes sociales.
- Dijo que el INE no tiene facultades constitucionales ni legislativas ni políticas para imponer la paridad de género por decreto a los partidos políticos para los cargos de elección popular, «la soberanía popular no tiene género y porque cada organización política tiene la libertad de decidirla en concordancia con sus propios Estatutos y de conformidad a sus propios criterios de competitividad electoral, incluso puede ir más allá de la paridad obligatoria y no ser limitativa al 50% cuando así lo determinen las militancias y los órganos partidistas.»
Aseguro que cada partido político, como entidades de interés público, «debe garantizar la paridad y equidad de género de acuerdo a sus propias estrategias y equilibrios democráticos y no puede ser determinada por el árbitro electoral».
«La paridad de género es un derecho que debe ser ejercido desde una perspectiva integral de la política electoral en concordancia con la representatividad popular».
«Desde el Ala Democrática les daremos más alas a las mujeres para que vuelen aún más alto y más libres», finalizó.