Por conducto de la Consejería Jurídica, el gobierno federal formalizó su recurso de inconformidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acerca de la decisión del ministro Javier Laynez Potisek de admitir la controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de la reforma en la materia y la suspensión de su vigencia.
- Su demanda central es la revocación de ambas determinaciones porque las considera improcedentes al apartarse de las disposiciones constitucionales.
“El Poder Judicial también tiene límites en su actuar, los cuales están enunciados expresamente en la Constitución y en las leyes que emite el Poder Legislativo. Se espera que el máximo tribunal constitucional revoque, tanto la admisión, como la suspensión de las leyes electorales aprobadas por el Congreso de la Unión, y así preservar los equilibrios entre los Poderes de la Unión”, advierte la Consejería Jurídica.
En su argumentación, pone énfasis que a lo largo de la historia del Poder Judicial nunca antes un solo juez constitucional había ordenado la suspensión de cuatro leyes y de forma unilateral, vinculado a esa resolución, había ordenado “revivir” disposiciones aprobadas por el Congreso de la Unión, “lo cual constituye una evidente violación al principio de división de poderes”.
Como lo hizo cuando anunció que impugnaría la decisión del ministro, el Poder Ejecutivo considera improcedentes las controversias constitucionales promovidas por el INE a modificaciones del marco legal electoral, según lo dispone el artículo 105 constitucional, fracción I.
- De igual forma, enfatiza que debió negarse la suspensión solicitada por el INE porque su otorgamiento contraviene el artículo 14 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución, que establece que la suspensión no podrá otorgarse en aquellos casos en que la controversia se hubiere planteado respecto de normas generales.
- En sus argumentos, la Consejería Jurídica lanzó el cuestionamiento: “¿Es razonable y congruente que los jueces constitucionales se separen de las prohibiciones expresas que establece la Constitución y las leyes que expide el Congreso de la Unión, así como de sus propios precedentes vigentes y obligatorios? La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal concluye que no”.
Asimismo, esta instancia del gobierno federal desestimó que con el denominado plan B de la reforma electoral se pusieran en riesgo los derechos político-electorales de la ciudadanía, como lo dispuso el ministro Javier Laynez.
Para conceder la suspensión del plan B se sostuvo que las leyes electorales cuestionadas “podrían” (acto futuro e incierto) causar afectaciones a los derechos humanos, sin explicar cómo la entrada en vigor de la reforma ocasionaría una alteración irreparable a los derechos político-electorales de la ciudadanía, puntualiza./CONGRESO-PUNTOporPUNTO