La Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Laura Rojas, presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional sobre el decreto presidencial que dispone de las fuerzas armadas para realizar tareas de seguridad pública.
- A través de un comunicado, la legisladora indicó que luego de un cuidadoso análisis, de consultar a especialistas y organizaciones de la sociedad civil, y de tomar en cuenta los pronunciamientos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU, consideró que existen razones fundadas para solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que, mediante una controversia constitucional, revise la constitucionalidad del acuerdo.
- Recordó que en mayo de 2019, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas acordaron por unanimidad reformar la Constitución para establecer un nuevo régimen jurídico que permitiera al Estado mexicano resolver la crisis de seguridad pública.
- Por ello se creó un nuevo cuerpo policial, la Guardia Nacional, como una institución de carácter civil, disciplinado y profesional, la cual tendría la misión es salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social.
Además, la reforma establece un mandato para fortalecer las policías locales y faculta al Presidente de la República para disponer, excepcional y temporalmente, de la fuerza armada permanente en tareas de seguridad pública en el país, de manera “extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”, hasta en tanto se consoliden las capacidades de la Guardia Nacional.
- Sin embargo, agregó, el 11 de mayo de 2020 el Ejecutivo Federal emitió el acuerdo por el que se dispone de la fuerza armada permanente para realizar tareas de seguridad pública en todo el territorio nacional, hasta el 27 de marzo de 2024.2
- Por lo tanto, dijo que en ejercicio de las facultades le otorga el artículo 233 párrafo 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados para cumplir mi deber de respetar y hacer respetar las decisiones legislativas de la Cámara de Diputados.
“La controversia expone las razones por las cuales estimo que el acuerdo se aleja de los parámetros que establece la Constitución para el despliegue de la fuerza armada permanente en tareas de seguridad pública, dejando de nuevo al Ejército y la Marina sin un marco jurídico que le dé certidumbre a su actuación”, explicó.
En particular, dijo, preocupa que el acuerdo contradice el texto constitucional respecto a la complementariedad y la subordinación de las fuerzas armadas que participen en tareas de seguridad pública a las autoridades civiles al establecer que el Secretario de Seguridad Pública debe “coordinarse” con la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina.
Asimismo, a pesar de que el principio de fiscalización es claro en exigir que el control de las fuerzas armadas que desempeñen tareas de seguridad pública debe ser llevada a cabo por “órganos civiles competentes, independientes y técnicamente capaces”, el acuerdo deja la supervisión y control de las tareas de las fuerzas armadas a los órganos internos de control de la dependencia correspondiente.
Finalmente, la diputada aclaró que el propósito de la controversia no es cuestionar la facultad del Presidente de la República para disponer de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública, sino asegurar que éste cumpla efectivamente con los criterios que establece la Constitución, y con ello asegurar que sus acciones para otorgar seguridad a las y los mexicanos sean efectivas y estén sólidamente ancladas en la legalidad./EL ECONOMISTA-PUNTOporPUNTO