DIPUTADOS de MORENA y ALIADOS aprueban que FUNCIONARIOS puedan difundir la REVOCACIÓN de MANDATO

Este decreto establece que “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”, es decir, la única restricción será que no se usen recursos públicos.

De manera exprés, presentada a las 09:45 y aprobada a las 17:38 horas, legisladores de Morena y aliados en la Cámara de Diputados regularon la propaganda gubernamental, a través de un decreto “interpretación”, para permitir a los funcionarios públicos hacer campaña política o promover el proceso de revocación de mandato sin sanciones.

  • Con casi 15 de años de retraso, pues en la Constitución se ordenó regular desde 2007 el tema de la propaganda, el decreto fue aprobado en lo general con 268 votos a favor, 213 en contra y cero abstenciones; en lo particular, recibió 267 a favor y 210 en contra; los legisladores que dieron su aval pertenecen a las bancadas de Morena, el PT y el Partido Verde, los votos en contra de las bancadas del PRI, PAN, PRD y MC.

El “decreto de interpretación” aprobado fue celebrado por el presidente de la mesa directiva quien lo remitió al Senado.

Este decreto establece que “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”, es decir, la única restricción será que no se usen recursos públicos.

“Tampoco –añade– constituye propaganda gubernamental la información de interés público”, que se difunda bajo cualquier formato por las personas servidoras públicas.

  • La definición de qué es propaganda gubernamental busca que todo servidor público, desde el presidente hasta los legisladores, alcaldes o funcionarios, puedan realizar expresiones de carácter político con el único límite de no usar recursos públicos.
  • De ese modo, será propaganda gubernamental “el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas, bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin, por un ente público” y que busque difundir su quehacer, acciones o logros.

La definición de qué es propaganda gubernamental busca que todo servidor público, desde el presidente hasta legisladores, alcaldes o funcionarios, puedan realizar expresiones de carácter político con la única limitante de no usar recursos públicos. Así, sólo será propaganda gubernamental si se ejercen recursos del erario y etiquetados con ese fin.

A las expresiones que emitan los servidores públicos –en declaraciones o redes sociales– no les aplicará la veda electoral impuesta a la propaganda gubernamental durante procesos electorales o proceso de revocación de mandato, pues ya no serán consideradas dentro de esa definición, según lo aprobado.

  • Ante la omisión del Congreso de la Unión en regular –como estaba obligado desde 2007 al aprobarse la reforma política– ha sido el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el que, vía sentencias, ordenó los criterios del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto a qué es propaganda gubernamental y sus limitantes durante procesos electorales, lo que había sido aplicable ahora al proceso de revocación de mandato.
  • Tras la aprobación del decreto, la oposición advirtió que acudirá ante la suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en controversia constitucional.

Entre otras, las objeciones opositoras consisten en que se violó el proceso legislativo, pues hoy a las 9:45 de la mañana se registró la propuesta –presentada por el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez–, no se presentó ante el pleno para su envío a dictaminación en comisiones, sino que se exentó todo trámite.

Además, diputados de la oposición argumentan que sería ilegal “legislar” vía “decretazo de interpretación”, a lo que se sumó el reclamo de que hay procesos electorales en curso y está prohibido por la Constitución modificar las reglas electorales 90 días antes de un proceso electoral.

La presentación, discusión y votación del asunto con el que se buscó saldar 15 años de omisión legislativa se resolvió en 7 horas y 15 minutos.

El debate

El diputado Gutiérrez Luna presentó en tribuna de la Cámara la propuesta y luego condujo la sesión en su calidad de presidente del órgano legislativo.

  • El morenista afirmó que las restricciones interpuestas en la Constitución a la propaganda gubernamental fueron para propiciar contiendas equitativas, pero “nunca fue la intención que se coartara la libertad de expresión ni que se impidiera el acceso a la información”.
  • “Hablar, discernir no tiene por qué prohibirse por órganos electorales” advirtió el morenista, cuya propuesta fue aprobada por la mayoría de Morena, Partido del Trabajo (PT) y Verde (PVEM).
  • Esto es “un albazo legislativo, es como cometer una infracción de tránsito y luego cambiar la ley para evadir la multa”, acusó Ivonne Ortega, diputada de Movimiento Ciudadano, al recordar que funcionarios morenistas han sido ya sancionados por violar esas restricciones de propaganda en el actual proceso de revocación, e intentó moción suspensiva pero no prosperó.

El panista Jorge Triana recordó a Morena que fue el presidente Andrés Manuel López Obrador el que propició esa regla electoral que prohíbe la difusión de propaganda gubernamental, incluidas las expresiones de los servidores públicos.

«López Obrador dijo ´´ cállese señor presidente, cállate chachalaca´´ y a raíz de esa frase y de que perdió las elecciones (de 2006) vino una reforma electoral propuesta en 80% por el PRD, estas reglas las puso él, pero como la chachalaca ya es otra, ya no les acomoda el grito”, sentenció el panista.

“Realmente está comenzando la reforma electoral con esta interpretación” reconoció por Morena el diputado Juan Ramiro Robledo, quien explicó que sí es legal el votar un “decreto de interpretación” contrario a lo que alegaron los opositores.

  • Las modificaciones a las leyes no pueden realizarse vía decretos de interpretación, sentenció Humberto Aguilar Coronado, para quien el Congreso puede reformar leyes y en ese proceso interpretarlas, pero no emitir “interpretaciones”.
  • María Elena Limón, de MC, advirtió: “el trabajo mal hecho y rapidito también es corrupción. Violan el artículo 105 constitucional no se puede hacer modificaciones en materia electoral 90 días antes de las jornadas comiciales, estamos en contienda electoral y saben que si impugnamos esto será declarado inconstitucional”.

Por el PRI, Marcela Guerra aseguró que el “decretazo interpretativo” sí realiza modificaciones de fondo por lo que la iniciativa morenista si debió transitar el proceso legislativo y su correspondiente dictaminación, y o hacerlo vulnera la Constitución, por lo que se reservó el derecho del tricolor de recurrir a la Corte./CONGRESO-PUNTOporPUNTO

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