DEBATEN Proyecto sobre ACCESO A INFORMACIÓN BANCARIA

Defienden acceso de PGR a cuentas, alegan en la Corte que se podría facilitar secuestros y extorsiones

Foto: Javier Láynez y Eduardo Medina Mora

Ex titulares de la PGR y la Procuraduría Fiscal de la Federación defendieron, ya como Ministros de la Suprema Corte de Justicia, la facultad del Ministerio Público para acceder a información bancaria sin orden judicial previa.

  • Los Ministros Eduardo Medina Mora y Javier Láynez se pronunciaron en contra de un proyecto de su colega José Ramón Cossío, en el que se declara inconstitucional el artículo 42, fracción primera, de la Ley de Instituciones de Crédito, que obliga a los bancos a entregar la información que les requiera la PGR.
  • Ayer, la sesión pública de la Corte solo duró media hora y continuará este martes. Hasta ahora, hay cuatro Ministros a favor de la inconstitucionalidad y solo dos en contra, faltan cinco por opinar, y bastan seis para conceder el amparo a Pedro Guillén Mariscal, acusado de fraude fiscal por 1.4 millones de pesos.
  • Láynez advirtió que aprobar el proyecto llevaría a que la PGR, que investiga delitos, no pueda asegurar bienes o cuentas ni acceder a información bancaria, sin orden judicial previa, mientras que el SAT, que sólo indaga infracciones sobre pago de impuestos, sí conserva todas esas facultades y no requiere permiso de un juez para aplicarlas.

«Es una contradicción que la autoridad administrativa sí pueda solicitar esta información para efectos fiscales, pero el Ministerio Público, que tiene la facultad Constitucional de investigar delitos, no pueda solicitar esta información porque requiere forzosamente de ir ante un juez de control», dijo Láynez.

  • El Ministro enfatizó que la información bancaria obtenida por el SAT durante revisiones administrativas, no puede quedarse sólo en eso, si con ello se tiene conocimiento de un delito.
  • Láynez recordó que el artículo 142 también faculta a la Secretaría de Hacienda para indagar lavado de dinero, además de que exceptúa del secreto bancario a la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, la Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral y a la Tesorería de la Federación.
  • Medina Mora, en tanto, consideró que la excepción al secreto bancario es una medida proporcional e idónea, acorde al fin que se persigue, que es la investigación de los delitos.

Arturo Zaldívar, a favor del proyecto, alertó que casi cualquier funcionario de cualquier Procuraduría puede obtener información que facilite extorsiones y secuestros, de ahí que sea necesario el control judicial previo, que se puede obtener vía solicitudes en línea a juzgados especializados.

  • «Quizá sea más delicado para una persona que se sepa lo que tiene en el banco, que si se filtra una conversación que tuvo con una novia o con otra persona», dijo Zaldívar en sus argumentos.
  • «El saber qué se tiene y qué no se tiene en el sistema financiero sí es una intervención en sentido fuerte al derecho a la intimidad».

La Primera Sala de la Corte ya había declarado inconstitucional la facultad de las procuradurías en un caso de noviembre de 2017, y desde entonces, varios jueces han aplicado el criterio en manera retroactiva en casos de alto perfil./REFORMA- PUNTOporPUNTO

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