La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la impugnación del Instituto Nacional de Transparencia (INAI) contra la negativa a permitirle sesionar con cuatro comisionados y ordenó notificar a la Presidencia de la República por si considera necesario intervenir en el asunto.
- Proceso informó este lunes 8 que el recurso de reclamación del INAI fue enviado a la ponencia del ministro Javier Laynez Potisek para que él presente el proyecto de resolución del asunto ante sus compañeros de la Segunda Sala de la Corte.
- Al admitir a trámite el recurso, la SCJN ordenó notificar a la Cámara de Senadores, autoridad de la que el INAI reclama que incurrió en omisión al no designar a los comisionados que hacen falta para, mínimo, reunir el quórum legal para sesionar.
Asimismo, el Máximo Tribunal ordenó notificar a la Consejería Jurídica del Gobierno Federal para que, si lo considera necesario, en cinco días hábiles solicite tener intervención en el recurso.
“Por lo que hace a la Consejería Jurídica del Gobierno Federal, la vista es con la finalidad de que, si considera que la materia del presente medio de impugnación trasciende a sus funciones constitucionales, manifieste lo que a su esfera competencial convenga”, señaló la Corte.
- El INAI demandó en controversia constitucional que la omisión del Senado a designar comisionados no le permite al pleno del organismo funcionar adecuadamente pues hace más de un mes que no han podido sesionar y resolver, principalmente, los recursos de revisión en materia de transparencia y protección de datos personales.
- En su demanda solicitó a la Corte una suspensión provisional para reinterpretar el artículo que el quórum mínimo para sesionar del Pleno del INAI es de cinco comisionados y permitirle hacerlo con los cuatro comisionados que actualmente permanecen en el cargo hasta que el asunto se resuelva.
Sin embargo, la ministra Loretta Ortiz Ahlf negó la suspensión solicitada por el INAI, razón por la que el recurso de reclamación que deberá analizar Laynez Potisek busca revertir esa determinación./CONGRESO-PUNTOporPUNTO