La controversia en contra del Acuerdo presidencial que declaró áreas de seguridad nacional a las obras del actual gobierno; el Registro Nacional de Detenciones; la participación de las fuerzas armadas en labores de seguridad; el derecho de petición a través de Twitter, así como las acciones que se promuevan por la reforma a las leyes secundarias en materia electoral, son algunos de los principales temas que deberá resolver la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2023.
- La polémica en torno a la prisión preventiva oficiosa también volverá al Pleno del máximo tribunal país, a través de un Amparo en Revisión promovido en el estado de Jalisco, junto con las diversas impugnaciones que se han hecho en contra de la reforma al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, avalada en junio de 2022.
- En la Suprema Corte, el año además se inicia con varios cambios en algunas de sus áreas administrativas, luego de que la ministra Norma Lucía Piña Hernández fuera electa como su presidenta, tras la conclusión del periodo de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
De igual forma, la dos Salas que integran la Corte tienen nuevos presidentes desde esta semana. Para ese cargo fue electo en la Primera Sala el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, mientras que la Segunda Sala será dirigida por Alberto Pérez Dayán.
Retrasos a favor de AMLO
- Si bien en el Pleno y en las dos Salas de la Corte no hay plazos específicos para resolver los más de 26,000 asuntos que se han recibido en esa instancia solo entre 2021 y 2022, considerando la llegada de Piña Hernández al frente del Poder Judicial de la Federación, es previsible que en este año se inicie -por fin- la resolución de las Acciones de Inconstitucionalidad promovidas en contra de las reformas con las que se militarizó la seguridad pública del país, las cuales datan de 2019.
- La simpatía política con el presidente Andrés Manuel López Obrador, mostrada por el ahora extitular de la Corte, fue una de las principales críticas que en foros jurídicos recibió el ministro Arturo Zaldívar, quien incluso fue cuestionado sobre el importante retraso que observaron en su gestión los asuntos que controvierten la constitucionalidad de las reformas con las que se creó la Guardia Nacional, hace más de tres años.
Considerado como un ministro afín a la actual administración lopezobradorista, de manera extraoficial jueces y magistrados se congratulan de la terminación de la presidencia de Zaldívar, quien llegó en 2009 a la Corte sin contar con una trayectoria jurisdiccional, en contraste con la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien sí tiene una carrera dentro del Poder Judicial de la Federación, y no ha sido obsequiosa con el actual gobierno.
Militarización y seguridad nacional
Justo coincidiendo con la llegada de la nueva presidenta del máximo tribunal del país, en las próximas semanas el Pleno de la Corte votará un proyecto del ministro Javier Laynez Potisek con el que se determinará si son constitucionales varios artículos de la Ley Nacional del Registro de Detenciones.
Se trata de una Acción de Inconstitucionalidad que interpuso en 2019 la Comisión Nacional de Derechos Humanos, antes de que esa institución fuera dirigida por Rosario Piedra Ibarra.
En esta demanda se pide -principalmente- que la Corte declare inconstitucional el artículo 19 de la Ley Nacional del Registro de Detenciones, numeral que permite que los civiles puedan ser detenidos por militares, cuando estos realicen funciones de apoyo a la seguridad pública.
- Además, sigue pendiente y aun sin fecha para su conclusión, la Controversia Constitucional promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en contra del acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador que, en noviembre de 2021, declaró como áreas de seguridad nacional a las obras de su gobierno.
- El ministro instructor de este caso, Juan Luis González Alcántara, mantiene suspendido el acuerdo presidencial desde diciembre de 2021, en lo que se refiere a la reserva de la información pública de los proyectos del presidente, por lo que el gobierno federal está obligado a proporcionar información de las construcciones que se realizan con recursos públicos, toda vez que, preliminarmente, el acuerdo trasgrede el derecho a la información de la ciudadanía, consagrado en el artículo 6 de la Constitución.
Otro caso relevante que ya está próximo a resolverse en la Primera Sala de la Corte es un Amparo en Revisión que interpuso un usuario de Twitter en contra del Ayuntamiento de Guadalajara, debido a que esa autoridad no respondió a una petición hecha a través de esa red social.
El proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo responde a la siguiente pregunta: ¿Las peticiones ciudadanas formuladas a la cuenta de Twitter de una autoridad, se encuentran cubiertas por el “derecho de petición”, protegido por el artículo 8 de la Constitución?
- La respuesta es que sí, pues -según el ministro- las solicitudes que se hacen a una autoridad que tiene cuenta de Twitter deben ser respondidas por esta, considerando la obligación que les impone el numeral 8 constitucional.
- Este artículo de la carta magna establece que “los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa”, por lo que “a toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido”.
En el proyecto, que ampara al ciudadano promovente, se detalla que las peticiones ciudadanas -hechas a través de Twitter- necesariamente deben obtener una respuesta de la autoridad, siempre y cuando esta sea titular de la cuenta en la red social, y si con ese perfil realiza actos de interacción con la ciudadanía./CONGRESO-PUNTOporPUNTO