CONSULTA para ENJUICIAR a exPRESIDENTES No TIENE TRASCENDENCIA: Expertos

La Constitución establece que para que el resultado de la consulta sea vinculatorio debe participar al menos 40% de los electores, es decir, unos 37.5 millones de ciudadanos.

Desde el punto de vista jurídico, la Consulta Popular del próximo 1 de agosto para que los ciudadanos decidan si se esclarecen decisiones políticas del pasado a fin de garantizar justicia a posibles víctimas, no tiene ninguna trascendencia, opinaron los expertos en derecho José Elías Romero Apis y José Fernández de Cevallos.

La justicia y la aplicación de la ley, coincidieron, no se pueden consultar.

  • “Si lo que se quiere es una investigación procesal penal, sólo hay uno que puede hacerlo: el Ministerio Público. Es un monopolio constitucional que le confiere la ley. No requiere de consulta y sólo puede hacerlo él”, afirmó Romero Apis.
  • Para Fernández de Cevallos, la pregunta reformulada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está “mal formulada, es poco clara, ambigua, que deja a una interpretación tremenda (…) es una pregunta que, de pretender algún resultado jurídico, deja en una total incertidumbre y estado de indefensión a las posibles víctimas, en el caso de que existieran.

Si no sabemos qué se está preguntando, ¿a quién se está obligando, entonces? ¿Qué consecuencia va a tener? No veo consecuencia alguna”, dijo.

El investigador del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe) comentó que si esclarecer decisiones políticas es para garantizar justicia, la pregunta que reformularon los ministros de la Corte ignora lo que dice el Artículo 17 constitucional.

  • La referida Consulta Popular se realizará a petición del presidente Andrés Manuel López Obrador, quien originalmente propuso preguntar si se enjuiciaba a los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto, pero la Corte reformuló la pregunta, que será la siguiente:
  • “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”

Romero Apis, exsubprocurador general de la República y de la CDMX durante casi 15 años, dijo que si bien la próxima Consulta Popular, la primera que habrá de celebrarse en México, se apega a lo establecido por la Constitución, “mucho de esta Consulta puede tener algo de inocuo. Es decir, que pudiera tener pocos efectos prácticos en sus resultados”.

Participación mínima

La Constitución establece que para que el resultado de la consulta sea vinculatorio debe participar al menos 40% de los electores, es decir, unos 37.5 millones de ciudadanos.

“Muchos juristas consideramos que cualquiera que sea la respuesta ciudadana, no puede ir en contra de la ley”, expresó el jurisconsulto.

Preferentemente una consulta ciudadana se hace cuando es algo no previsto por la ley, pero la ley presente tiene un mandato y eso no lo puede cambiar la ciudadanía”, dijo.

  • Y a manera de ejemplo, comentó que si se consulta sobre si se mata a una persona sea cual sea la respuesta “la ley dice que no lo podemos matar. ¿Queremos que perdonemos a los violadores y les demos un premio? Digamos lo que digamos los ciudadanos en una consulta, la ley manda otra cosa.
  • La pregunta de la próxima consulta, coincidió también, “tiene algo de vaga. ¿Quieres que se esclarezcan los hechos del pasado? ¿Quieres que se esclarezcan o quieres que se investiguen penalmente, o quieres que se castiguen?

“¿Que se esclarezcan? Se lo encargamos al Instituto de Investigaciones Históricas para que se esclarezca, para que queden en claro. O lo que estás preguntando es si quieres que se abra una carpeta de investigación. No me queda en claro la pregunta a mí como ciudadano.

“¿Qué va a hacer la autoridad frente al resultado de la consulta? Por ejemplo, el fiscal de la República, si nosotros decimos que castiguen a los expresidentes, pero no hay delitos por qué castigarlos, ¿los va a inventar? ¿Los va a linchar? No puede hacerlo. Queremos que no los castiguen, pero sí delinquieron, ¿los va a perdonar? Él no puede perdonar. Entonces, ¿qué se va a hacer con el resultado? Por eso digo que puede ser inocuo el resultado de la consulta”, puntualizó.

Y finalizó que “el linchamiento es democrático. La mayoría dijo que lo colgáramos, pero eso no es legal ni justo”.

Fernández de Cevallos se preguntó qué se podría hacer para esclarecer decisiones políticas del pasado.

“¿Qué se pretende hacer? ¿Alguna especie de comisión de la verdad, que sabemos que el resultado nunca es satisfactorio?

  • “¿Se erigirá el Congreso en alguna comisión investigadora donde sabemos que también, siempre, el resultado vuelve a ser una decisión política? ¿Vamos a pretender entonces condicionar así la administración de justicia de manera obligatoria?

“No le veo trascendencia. Honestamente no veo un resultado concreto. ¿A quién va a obligar? No lo sé. Las autoridades ya están facultadas para investigar sin necesidad de que haya una consulta. ¿No sería más sencillo presentar una denuncia?”, concluyó./CONGRESO-PUNTOporPUNTO

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