El Congreso de la Ciudad de México aprobó modificar la Ley de Protección a los Animales local para que toda persona que tenga bajo su cuidado a un animal deba darle un trato digno y respetuoso, condiciones favorables de nutrición, ambiente, salud, comportamiento y estado mental.
- El dictamen contempla lo relativo a paseadores, RUAC, eutanasia, peleas de gallos, prestación de servicios, refugios y zonas de resguardo temporal.
A través del análisis de 11 iniciativas presentadas por los diputados Jesús Sesma Suárez y Royfid Torres González, coinciden en la necesidad de garantizar el bienestar y el estado mental de los seres sintientes.
La congresista Ana Jocelyn Villagrán Villasana (PAN) detalló:
Para este órgano legislativo el bienestar animal y su estado mental, el tema de los paseadores de perros, el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC), la eutanasia, las peleas de gallos, la prestación de servicios, los refugios y zonas de resguardo temporales son asuntos de relevancia que tenían que ser analizados
Con las modificaciones aprobadas, se refuerza el RUAC, para que a través de la plataforma tecnológica de la Agencia de Atención Animal sea obligatorio que derivado de la adquisición o adopción de un animal de compañía, durante campañas de vacunación, antirrábicas, de esterilización o similares, la persona propietaria registre a su mascota.
Además de tener la obligación de que los animales porten un collar o pechera que tenga bordado, grabado o en una placa de identificación, el nombre del animal, la clave del RUAC, así como los datos de contacto de la persona propietaria.
- Además, se obliga a las alcaldías asignar una unidad administrativa encargada de las políticas públicas de protección y bienestar animal, destinar un porcentaje de su presupuesto anual para implementar campañas permanentes de esterilización a los animales en situación de calle y la facultad de prohibir la venta de animales en mercados sobre ruedas, móviles en la modalidad de tianguis, bazares complementarios e instalados en vía pública.
Con respecto a los paseadores de perros, deberán registrarse ante la Agencia de Atención Animal de la Secretaría de Medio Ambiente local.
Las pensiones para animales son establecimientos legalmente constituidos en las que se brindan servicios con fines de lucro de guarda y custodia temporal, alojamiento y alimentación de animales de compañía, perros para asistencia y perros o animales para terapia asistida, excluyendo toda clase de atención o servicio médico veterinario zootecnista.
Prohíben las peleas de gallos y perros
Con estas reformas, se precisa que la pelea de gallos es la exhibición, entrenamiento, espectáculo o actividad pública o privada en que se enfrentan gallos, que azuzados o no, se agreden y enfrentan entre sí, pudiéndose causar lesiones e incluso la muerte, y que la Secretaría de Seguridad Ciudadana se encargará de impedirlas.
- Además de remitir ante la autoridad competente a los infractores que celebren y promuevan peleas de perros, gallos o cualquier animal no humano y realizar operativos en mercados y establecimientos que se dediquen a la venta, pensión y escuelas de adiestramiento, a fin de detectar posibles anomalías en dichos centros y establecimientos.
- En cuanto a la eutanasia, se podrá aplicar a seres sintientes que tengan lesiones que no puedan ser atendidas y provoquen dolor o sufrimiento que no pueda ser aliviado; por enfermedades graves incurables que no puedan ser atendidas; y por problemas conductuales que pongan en peligro su vida o la de otros.
Para tomar esta decisión, se debe contar con un diagnóstico que emita un médico veterinario zootecnista que cuente con una especialización o certificación comprobable en la materia de etología y que ningún caso fuera de estos supuestos se podrá aplicar eutanasia a animales sanos, ya sea en establecimientos públicos o privados.
El dictamen se aprobó en lo general y lo particular, con las modificaciones presentadas de los artículos reservados por los diputados Sesma Suárez y Gabriela Quiroga Anguiano (PRD)./CONGRESO-PUNTOporPUNTO