La Interpol busca en 194 países al ex director del Instituto de Vivienda (Invi), Raymundo Collins Flores, luego de que la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México formalizó la solicitud para que emita una ficha roja para su localización.
- El 5 de diciembre pasado, tras informar la hoy titular de la FGJ, Ernestina Godoy, que estaba ubicado, se le buscó en tres domicilios distintos en la capital y uno en Cuernavaca, Morelos, pero no estuvo localizable, por lo que la dependencia recurrió a dicho instrumento por conducto de la Fiscalía General de la República.
- En caso de ser ubicado en algún país de los cinco continentes, será detenido con fines de extradición para que enfrente la acusación en su contra, la cual no amerita prisión preventiva, precisaron fuentes de la administración capitalina.
Un juez de control del Tribunal Superior de Justicia libró en diciembre pasado una orden de aprehensión en su contra por el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades, por lo que el ex funcionario en el gobierno de Miguel Ángel Mancera interpuso un juicio de amparo.
La suspensión provisional no le fue concedida porque no la solicitó en su demanda de garantías radicada en el juzgado sexto de distrito, donde este viernes se celebrará la audiencia constitucional.
- La FGJ tuvo su primer revés en la investigación de actos de corrupción en el Invi, al liberarse el lunes a Fernando Javier Linares Salvatierra, ex director ejecutivo de Asuntos Inmobiliarios en la administración de Collins Flores.
- Durante la continuación de la audiencia inicial, la juez Esperanza Medrano Ortiz señaló que el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades por el que fue aprehendido el pasado 8 de enero, que es el mismo contra el ex director del instituto, ya había prescrito.
Por lo que cinco días después de permanecer en el Reclusorio Norte, el también ex director de Asuntos Jurídicos del Invi, quedó libre, tras lo cual la fiscalía anunció que apelará del fallo de la juez.
Decisión incorrecta
Según la FGJ, la prescripción del delito se interrumpió cuando el Ministerio Público ejercitó la acción penal el 20 de diciembre pasado, al solicitar y ser concedida por un órgano jurisdiccional la orden de aprehensión.
- El Código Penal del Distrito Federal estipula que no operaría la interrupción de la prescripción cuando las actuaciones se practiquen después del término de tres años y, de acuerdo con esa regla, lo anterior ocurriría el 22 de diciembre pasado.
- De esta manera, la acción penal se ejercitó dos días antes de vencer el plazo, por lo que el criterio utilizado por la impartidora de justicia para liberar al ex funcionario es incorrecto, ya que la acción penal se ejercitó previamente a que feneciera el delito que se investiga, precisó la fiscalía.
Una situación similar puede ocurrir en el aspecto administrativo, con lo que tampoco sería sancionado ni inhabilitado, pese a encontrarse que autorizó el desvío de 475 millones de pesos para la compra de un inmueble, donde se construirían viviendas de interés medio residencial./LA JORNADA-PUNTOporPUNTO