PODER JUDICIAL de la CDMX SUSPENDE LABORES por COVID-19

El Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México anunció la suspensión de labores y términos procesales en todas las materias, con excepción de las penales, a partir de este miércoles y hasta el 19 de abril, por el Covid-19, a fin de preservar la salud de servidores públicos, los justiciables y la población en general.

Durante su sesión de pleno, señaló que el Instituto de Ciencias Forenses realizará necropsias con guardias de personal médico y administrativo, y se deberá difundir entre éstos la Guía de Atención Médico Forense de Casos Sospechosos, Probables o Confirmados por Coronavirus.

  • Mientras, el Centro de Convivencia Familiar Supervisada suspenderá actividades, lo mismo que los Centros de Desarrollo Infantil del Poder Judicial, donde están inscritos 360 menores; y se garantiza la atención relativa a negativa de cateo en Segunda Instancia, para lo cual se designó a la sexta sala penal.

Además prevé un rol de juzgados Civiles, Familiares y Penales de Primera Instancia para el cumplimiento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, y ordenó el Turno Extraordinario de Violencia de Género.

En el plan de contingencia por la pandemia, establecido en el Acuerdo 39-14/2020 del órgano de administración, vigilancia y disciplina del PJCDMX se precisa que la suspensión de labores y términos aplica para todas las materias, con excepción de los órganos jurisdiccionales en materia penal.

Así como impartidores de justicia del sistema procesal penal acusatorio (de Control, de Ejecución y de Tribunal de Enjuiciamiento), incluidos los de Justicia para Adolescentes, y la Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso.

  • Las Unidades de Gestión Judicial y las Unidades de Gestión Judicial Especializada quedan exentas de ese plan, por lo cual instruyó a que se adopten las acciones necesarias para que no sea interrumpida la debida administración de justicia, para lo cual se deberán asignar las guardias correspondientes.
  • Dicho órgano instruyó también el establecimiento de guardias con el personal estrictamente necesario para juzgados de la materia Familiar de proceso escrito, a fin de garantizar la entrega de billetes de depósito de juicios de alimentos, y garantizar el derecho del menor a recibir alimentos.

Los roles de guardia a establecerse, ordenó, no deben integrarse con servidores públicos adultos mayores, diabéticos, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia; personas con padecimientos coronarios, con enfermedades pulmonares crónicas, cardiovasculares, cáncer o inmunodeficiencias./LA JORNADA-PUNTOporPUNTO

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