Un tribunal federal levantó el bloqueo de cuentas bancarias del líder sindical de los bomberos de la Ciudad de México, ordenado el 4 de marzo por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
El Décimo Primer Tribunal Colegiado Administrativa concedió el 5 de abril una suspensión provisional en el amparo promovido por Ismael Figueroa Flores contra la UIF, que lo incluyó en su lista de personas bloqueadas por sospechas de lavado de dinero.
• El 27 de marzo, en primera instancia, un juzgado había negado la suspensión. Las cuentas bloqueadas están en Banorte y, según publicó Reforma el 15 de marzo, son las que concentran los fondos de los agremiados al Sindicato.
• Figueroa enfrenta varias carpetas de investigación, locales y federales, por presuntos delitos como vender hasta en 250 mil pesos plazas en el Heroico Cuerpo de Bomberos, práctica que habría motivado un atentado contra su vida en noviembre pasado.
• Sin embargo, el tribunal colegiado recordó que la facultad de la UIF para congelar cuentas ya fue declarada inconstitucional por las dos salas de la Suprema Corte de Justicia.
• «Este Tribunal Colegiado estima que es posible conceder la medida solicitada por el quejoso, en tanto que, con base en un criterio objetivo, resulta ser probable que se le conceda la razón derivado de que el ejercicio de la facultad de ordenar el bloqueo de cuentas bancarias, en términos del Artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, ha sido declarado inconstitucional por la Corte», resolvió el tribunal por unanimidad.
La Primera Sala de la Corte ha declarado inconstitucionales estos bloqueos en todos los casos, mientras que la Segunda Sala solo los considera válidos cuando exista una solicitud de asistencia internacional a las autoridades mexicanas, lo que no ocurre en el caso de Figueroa.
• Este martes, el Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa resolverá si concede o niega la suspensión definitiva en el amparo 482/2019.
• Dicho Juzgado carece de titular desde febrero pasado, por lo que las resoluciones son dictadas por una secretaria habilitada por el Consejo de la Judicatura Federal para fungir como jueza.
• Si bien los jueces suelen seguir el criterio fijado por los tribunales colegiados, no es obligatorio, por lo que la secretaria del Juzgado Noveno podría negar a Figueroa la suspensión definitiva, lo que volvería a dejar bloqueadas las cuentas.
La revisión contra el fallo sobre la suspensión definitiva, sea negada o concedida, tomará varios meses./REFORMA-PUNTOporPUNTO