Este 1 de enero entra en vigor las nuevas disposiciones del artículo 25 de la Ley de Residuos Sólidos en la Ciudad de México, que prohíben el uso de plástico de un solo uso, pero ¿cuáles son las multas? Los negocios que distribuyan o entreguen productos en estas bolsas podrán ser sancionados con hasta 168 mil pesos, informó en días pasados la titular Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México, Marina Robles.
- Las multas contempladas van de 500 a dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), con valor de 84.49 pesos cada una, por lo que estarían entre dos mil 245 y 168 mil 980 pesos.
- Sin embargo, la funcionaria subrayó que más que ser un castigo, se busca crear conciencia sobre el uso de este material y generar un cambio en los hábitos de los capitalinos.
“El corazón de la modificación a la ley no está centrada en la sanción, por supuesto la ley lo establece, pero no está ahí el motor de la modificación, lo que busca es una reeducación, un compromiso y una voluntad de una sociedad a quererse transformar y tener condiciones del medio que la rodea mejores”, anotó.
- Las multas no aplicarán para las personas que usen las bolsas de plásticos que no sean biodegradables, pero sí para las empresas que las vendan o entreguen, aclaró la funcionaria.
En caso de que un ciudadano vea que esta nueva norma, aprobada en mayo por el Congreso local en mayo, se exhorta a denunciar a los establecimientos que no adopten la medida en la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental de la Sedema y en el Instituto de Verificación Administrativa (Invea).
La ley también contempla otros productos de un solo uso como cubiertos, popotes, mezcladores, globos, tapas, vasos, aplicadores de tampones, charolas para transportar alimentos, bastoncillos para hisopos de algodón, distribución y entrega de cápsulas de café, entre otros./MILENIO-PUNTOporPUNTO