TRIBUNAL revoca suspensión de la REFORMA a la INDUSTRIA ELÉCTRICA

De marzo a la fecha, los jueces Rodrigo de la Peza y Juan Pablo Gómez Fierro concedieron los recursos a empresas trasnacionales que detienen, hasta que se resuelva de fondo el juicio de amparo

El Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica Radiodifusión y Telecomunicaciones revocó por unanimidad una suspensión definitiva con efectos generales que se había otorgado a la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Julia González, asociada senior del Despacho González Calvillo, explicó que en este caso, el tribunal colegiado está integrado por tres magistrados, quienes estuvieron de acuerdo en revocar la suspensión definitiva porque consideraron que las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica por sí mismas no causaban ningún daño a los particulares y que para que pudiera llegar a causar un agravio, sería necesario que se aplicara.

  • Aclaró que las modificaciones a la Ley Eléctrica aún no ‘hacen daño’ a nadie porque hay muchas otras suspensiones con efectos generales.
  • “Hay otro tribunal, que es el Primer Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica, que es quien va a resolver, por otro lado, otras suspensiones. Falta ver cuál es tu criterio”, mencionó González.

“Como el colegiado dijo que era una norma que por su mera entrada en vigor no causaba un perjuicio, podría impactar la admisión de esta demanda, lo cual ya se verá cuando regresen a los juzgados”, agregó.

Por su parte, la Secretaría de Energía informó que, según el Tribunal, la revocación se debe a que algunos efectos y facultades de la reforma son actos inciertos en cuanto a procedimientos, trámites, revisión de contratos y revocación de permisos por ejemplo.

  • A su vez, determinó que la reforma a la LIE no establece obligaciones directas e inmediatas que puedan ser suspendidas y menos con efectos generales, y que en todo caso las quejosas pueden promover nuevo amparo contra nuevos actos de aplicación que realmente les afecten; en su caso, esos podrán ser suspendidos.

De marzo a la fecha, los jueces Rodrigo de la Peza y Juan Pablo Gómez Fierro concedieron los recursos a empresas trasnacionales que detienen, hasta que se resuelva de fondo el juicio de amparo, la entrada en vigor de todas las consecuencias derivadas del decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones publicadas en el DOF. De los juicios de amparo aceptados, 143 aún se mantenían como provisionales en espera de la concesión del amparo.

Cabe recordar que Gómez Fierro, juez segundo de distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica, otorgó el 11 de marzo las dos primeras suspensiones provisionales con efectos generales a las empresas Parque Solar Orejana y Eoliatec del Pacífico. Una semana después resolvió conceder las medidas cautelares definitivas. Él y su homólogo Rodrigo de la Peza otorgaron las medidas según para no generar una ventaja indebida a los participantes del mercado eléctrico.

  • Otros corporativos beneficiados con los recursos contra la reforma que impulsó el presidente Andrés López Obrador son Eólicas Tres Marías, Cogeneración de Energía Limpia y Proyectos Hidroeléctricos, Termoeléctrica del Golfo, Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca 2, Eólica de Guanajuato, Eólica del Golfo 1, FV Mexsolar, FV Mexsolar II, Kenergreen, X-Elio, FV Xoxocotla, FV Mexsolar XI, X-Elio FV Conejos Medanos, Recursos Solares PV de México IV, Eólica Tres Mesas 4, BNB Villa Ahumada Solar, Engie Abril PV, Tractebel Energía de Pánuco, Tractebel Energía de Monterrey, Sky Eps Supply SM y Tala Electric, por mencionar algunos.

En su momento, Rodrigo de la Peza argumentó en su resolución que la reforma a la LIE hace más estrecha la vinculación de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a las instrucciones de la Secretaría de Energía, se modifica el mercado de certificados de energía limpia, se altera el libre mercado en el sector y se cambian las reglas de los permisos de autoabastecedoras y cogeneradoras, así como contratos de productores independientes.

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