Los grupos parlamentarios de Morena, PT y Verde metieron el acelerador en el Senado y este mismo jueves llevarán al pleno la iniciativa para establecer la supremacía constitucional e impedir que cualquier adición o reforma a la Carta Magna sea impugnada a través de controversias, acciones de inconstitucionalidades o amparos.
- Ayer, las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos del Senado aprobaron —con 24 votos a favor y 10 en contra— con modificaciones la iniciativa que presentaron, apenas este martes, Adán Augusto López Hernández y Ricardo Monreal Ávila.
La mayoría de Morena retiró del dictamen las modificaciones a los artículos 1, 105 y 107 constitucionales, así como los artículos transitorios, después de las críticas de la oposición respecto a violaciones en materia de derechos humanos. En medio de un ríspido y largo debate, el oficialismo se había comprometido en voz de López Hernández, coordinador de Morena, a no llevar al pleno dichas reformas hasta la próxima semana, pero informó que el Partido Verde presentó una petición para que se incluya en el orden del día en la sesión de este jueves.
“Vamos a proponer que se celebre mañana [jueves] por la tarde-noche la sesión”, dijo en entrevista. Argumentó que se cumplirá con el trámite parlamentario de que transcurran 24 horas para su discusión después de aprobarlo en comisiones.
La oposición celebró que el oficialismo diera marcha atrás a los cambios al artículo 1 de la Carta Magna, porque “es un paso en la dirección correcta”; también acusó a Morena de estar legislando por un pleito personal con el Poder Judicial y atentar contra el derecho de los mexicanos a defenderse.
- En el dictamen se destaca que se modificó la iniciativa original y se eliminó la modificación al artículo 1, que planteaba: “Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, pero que en ningún caso pueden ser inaplicadas por medio de control de convencionalidad”.
Lo anterior, con la finalidad de no desvirtuar la naturaleza jurídica y la aplicabilidad del sistema convencional de protección de derechos humanos. También se eliminaron del dictamen, en los artículos 105 y 107, el que no se pudiera impugnar el proceso deliberativo, legislativo y votaciones de las reformas.
- Los artículos transitorios que consideraban la retroactividad para reformas constitucionales pasadas, que estuvieran en debate y cuestionaran la validez de una reforma constitucional, también fueron eliminados, por lo que diversos expertos consideran que esta iniciativa ya no la podrían aplicar para la reforma judicial que ha sido impugnada.
Sin embargo, la reforma sólo consta de dos modificaciones a los artículos 105 y 107 para determinar que son “improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”. Así como tampoco procederán los amparos contra modificaciones a la Carta Magna.
- En respuesta a la suspensión que ordenó la jueza Nancy Juárez contra la reforma judicial, que pidió a la Presidencia de la República eliminar del Diario Oficial de la Federación (DOF) la modificación promulgada el 16 de septiembre, Morena buscará modificar los artículos 105 y 107 de la Constitución, para establecer que no proceden los juicios de amparo ni los medios de control contra las reformas constitucionales.
Monreal precisó que presentará “una iniciativa de ley en materia constitucional para reafirmar la supremacía constitucional y el poder reformador, porque somos constituyentes permanentes”.
¿Por qué buscan ‘blindar’ la reforma judicial?
- Durante la reunión de legisladoras y legisladoras con la dirigencia de Morena, encabezada por Luisa María Alcalde Luján y Andrés Manuel López Beltrán, informó que la iniciativa la presentará junto con el senador Adán Augusto López, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en el Senado.
- “Si somos coordinadores, si somos constituyentes permanentes y somos integrantes del poder reformador, mejor vamos a la reforma de la Constitución Política para reafirmar el sentido de la supremacía del poder reformador que se establece en los artículos 105 y 107 de nuestra Constitución”, indicó.
El diputado acusó que aún hay resistencia en contra de que se implemente la reforma al Poder Judicial.
“Para nosotros, en la Cámara de Diputados, es verdaderamente un orgullo haber reformado la Constitución en esta materia tan indispensable, a pesar de que la Constitución es muy clara y no admite recurso alguno contra reformas constitucionales, ni amparos, ni acciones de inconstitucionalidad, ni controversias constitucionales. Eso lo dice la Constitución con mucha claridad”.
- Agregó que nunca en el pasado un órgano de justicia se había atrevido a desoír a la propia Constitución y “emitir actos arrogantes que son extralimitados, desorbitados e inconstitucionales”.
- Anotó que “lejos de perseguir, aunque podemos y hay elementos para enjuiciar políticamente a todos aquellos o aquellas que han violado la Constitución, no vale la pena”.
- Monreal Ávila destacó que “ahora tenemos una gran oportunidad; nunca en la historia había habido esta intensidad” en materia legislativa. “Algo nunca visto en el inicio del periodo de sesiones”.
“Reforma antiamparos, retroceso a la libertad”
Constitucionalistas, jueces y magistrados aseguran que la iniciativa que Morena presentó en el Senado, la cual busca elevar a rango constitucional la improcedencia del amparo, es un retroceso absoluto a las libertades, grave y peligroso, y con esto confirma que actualmente sí pueden impugnar la inconstitucionalidad de reformas a la Constitución.
Además, explican que esta reforma no tendría por qué ser retroactiva y aplicaría a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
- Rafael Estrada Michel, doctor en Derecho y constitucionalista, considera que la propuesta de la reforma de supremacía constitucional es contraria a la Constitución, y las leyes que de ella emanan, por ejemplo, la Ley de Amparo.
“Han alegado que no debe proceder el juicio de amparo en términos del artículo 61 de la Ley de Amparo, contra reformas constitucionales, entonces dice el oficialismo ‘no procede’ y por lo tanto la admisión de las demandas de amparo es indebida, ilegal y debería castigarse a los jueces que están admitiéndose y suspendiendo el acto reclamado. Es un reconocimiento tácito que sí procede el amparo”, argumenta.
- Francisco Burgoa, constitucionalista y académico de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), califica esta acción como regresiva, porque Morena está haciendo un reconocimiento implícito de que sí se puede controvertir la constitucionalidad o la convencionalidad de este artículo 61, fracción primera de la Ley de Amparo, que establece que el amparo es improcedente contra reformas y adiciones a la Constitución.
“Con esta reforma, lo que pretende Morena es que no proceda ningún medio de control judicial en contra de una reforma constitucional, es sumamente grave y peligroso porque el hecho de que se impida controvertir.
- “¿Qué va a pasar si el día de mañana Morena o el partido político que sea decide estar cometiendo violaciones al proceso legislativo de la reforma constitucional? Se va a aprobar, no existiría ningún recurso para impugnar, o que si en el contenido de una reforma constitucional se están violando derechos humanos. Entonces, tampoco la Corte va a poder hacer absolutamente nada”, sostiene el abogado.
- El académico explica que esta reforma debería de ser en el momento en que se publica en el Diario Oficial de la Federación en adelante, hacia el futuro, no tendría que tener retroactividad, porque eso sería contradictorio con el artículo 14 de la Constitución, que indica que a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
- “Es uno de los principios fundamentales de un Estado constitucional y democrático de derecho, porque va a proteger a las personas en contra de la inseguridad jurídica. Pretender que una reforma constitucional tenga efectos retroactivos para invalidar recursos legales que están en curso previamente que fueron interpuestos va en contra de este principio”, precisa.
El abogado advierte que se están poniendo en riesgo los derechos de las personas, por ejemplo, de jueces y magistrados que presentaron demandas de amparo y asociaciones civiles en contra de la reforma al Poder Judicial.
- En tanto, jueces y magistrados explican que el transitorio que propone Morena afectaría a todos los juicios de amparo, controversias y acciones de inconstitucionalidad ya promovidas contra la reforma judicial, quedando sin materia y sobreseimiento. Esto, haciendo retroactiva la ley en perjuicio de todos los promoventes, lo cual es ilegal y arbitrario porque a ninguna ley se le puede dar efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
Abundan en que la supremacía constitucional es la característica principal de la Constitución, ubicándola en la cumbre normativa de un sistema jurídico, lo que le da unidad y coherencia; ningún poder organizado ni regulado por la Constitución, ninguna norma puede ubicarse por encima de ella.
Los impartidores de justicia detallan que Morena busca concentrar el poder en una persona o en un partido, es decir, cualquier reforma a la Constitución que con su mayoría calificada puede lograr, por más injusta e ilegal que sea, no se pueda controlar o analizar y anular por un Tribunal constitucional.
- Enfatizan que cambiaría de inmediato el sistema de una democracia constitucional a una autocracia donde el poder del Ejecutivo o del partido sea ilimitado, sin controles jurisdiccionales o de jueces.
- La retroactividad en perjuicio ya ni siquiera sería un impedimento, pues el Estado de derecho terminaría junto con la democracia constitucional y la ley sería la que estableciera el autócrata o autoritario.
Marco Antonio Zeind, doctor en derecho y profesor en la UNAM, refiere que son enfáticos en señalar que los tribunales tendrán que atenerse a la literalidad de lo que señalen la Constitución y las leyes, entonces ahí estarían perdiendo cualquier esencia de poder
judicial, los órganos jurisdiccionales. “Se pondría en riesgo el Estado de derecho”, subrayó.
¿Qué es la supremacía constitucional que propone Morena?
En el artículo 105, se establece que son improcedentes las acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales contra reformas o adhesiones a la Carta Magna.
En el nuevo dictamen se eliminaron dos transitorios, entre ellos el cuarto que establecía que quedarían sobreseídos los juicios que cuestionaran reformas o adhesiones a la Constitución por su forma y fondo./Agencias-PUNTOporPUNTO
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