El patrimonio económico de jueces y magistrados, que va desde cuentas bancarias hasta propiedades, tendrá un registro y un seguimiento puntual para castigar la corrupción y complicidades, pero no solo eso, también habrá sanciones contra el nepotismo y el acoso sexual, ello luego que el Pleno del Senado avaló en lo general la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
El proyecto destaca que las y los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación estarán obligados a presentar su declaración de situación patrimonial y de intereses.
El dictamen aprobado con 94 a favor, 19 en contra y 2 abstenciones, destaca que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal suspender en sus cargos a las y los magistrados de circuito, las y los jueces de distrito que aparecieren involucrados en la comisión de un delito.
- Será la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas quien llevará cabo las investigaciones por faltas administrativas en contra de personas servidoras públicas de los órganos del Poder Judicial; solicitará informes y documentación a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para que provean la información contable y financiera necesaria para el trámite de una investigación.
Las Contralorías de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Consejo de la Judicatura Federal y del Tribunal Electoral, implementar los mecanismos de prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción; llevar el registro y seguimiento de la evolución de la situación patrimonial de las y los servidores públicos y de su declaración de intereses, e integrarlas al sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, así como realizar la verificación aleatoria.
Serán causas de responsabilidad para las y los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación: realizar conductas que atenten contra la independencia de la función judicial, tales como aceptar o ejercer consignas, presiones, encargos o comisiones, o cualquier acción que genere o implique subordinación indebida respecto de alguna persona, del mismo u otro poder.
- Acosar u hostigar sexualmente, o bien, llevar a cabo una o más conductas de naturaleza sexual, valiéndose de su posición jerárquica o aunque no exista dicha posición, sobre otra persona de su entorno laboral, sin el consentimiento de ésta.
- También será castigado que valiéndose de las atribuciones o facultades de su empleo, cargo o comisión, directa o indirectamente designar, nombrar o intervenir para que se contrate en cualquier órgano jurisdiccional o área administrativa del Poder Judicial de la Federación en que ejerza funciones, a personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o vínculo de matrimonio, concubinato o afectivo.
También aquellas personas que hubieran recibido un nombramiento de base, interino o de confianza directa o indirectamente designen, nombren o intervengan para que se contrate a los cónyuges, concubinos, convivientes o parejas en relaciones análogas, o a parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado de la persona que los nombró.
Igualmente, las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia, las y los magistrados de circuito, las y los jueces de distrito y las y los integrantes del Consejo de la Judicatura Federal, están impedidos para conocer de los asuntos, por alguna de las causas siguientes:
Tener parentesco en línea recta sin limitación de grado, en la colateral por consanguinidad hasta el cuarto grado y en la colateral por afinidad hasta el segundo, con alguna o alguno de las y los interesados, sus representantes, patronas, patronos o personas defensoras; tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas a que se refiere la fracción anterior; tener interés personal en el asunto, o tenerlo su cónyuge o sus parientes; haber presentado querella o denuncia la persona servidora pública, su cónyuge o sus parientes, en contra de alguna de las personas interesadas; y tener pendiente la persona servidora pública, su cónyuge o sus parientes, un juicio contra alguna o alguno de las o los interesados o no haber transcurrido más de un año desde la fecha de la terminación del que hayan seguido hasta la fecha en que tome conocimiento del asunto.
Busca dar fin al nepotismo ejercido por jueces
Acabar de raíz con el nepotismo que imperó por décadas en el Poder Judicial y que permitió que más de 50 por ciento de jueces y magistrados insertara en juzgados a familiares y amigos, que en la gran mayoría de las ocasiones no contaban con la preparación ni la capacidad requerida, es uno de los puntos torales de la iniciativa presidencial que se dictamina en el Senado.
- La ley reglamentaria de la reforma constitucional del Poder Judicial establece una serie de nuevas figuras y disposiciones a fin de garantizar que el mérito e igualdad de oportunidades sean la premisa fundamental de acceso a los diversos cargos, a los que se sólo se podrá acceder y permanecer por rigurosos concursos de oposición.
“Es un esquema de meritocracia, en el que las personas serán elegidas por sus conocimientos, competencias y capacidades, sin criterios subjetivos de selección”. No sólo el ingreso, todas las etapas del proceso forman parte de la carrera judicial que incluirá capacitación, promoción y evaluación del desempeño.
La permanencia en el cargo estará sujeta a examen. La intención de esa reforma es que nunca más se repitan los casos de magistrados como uno de Durango, que tenía 18 familiares en el juzgado a su cargo, entre ellos hermanos, sobrinos, cuñados y demás parientes.
- Según un estudio que realizó entre 2016 y 2017 el entonces consejero de la Judicatura federal, Felipe Borrego, casi la mitad de ellos tenían parientes a los que habían colocado en el Poder Judicial. En Guanajuato, un magistrado tenía a su pareja como secretaria del tribunal y a dos hijos como oficiales administrativos. Fue público que un presidente de la Suprema Corte en el sexenio pasado tenía a su hija pese a que era odontóloga.
- En noviembre pasado el actual titular de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, informó que se cambió de adscripción a 89 jueces y magistrados que tenían familiares laborando en sus adscripciones, pero con la reforma se pretende resolver en definitiva el problema.
- En la exposición de motivos se insiste en que una de las finalidades es acabar con el nepotismo y la corrupción. En el nuevo esquema se plantean los concurso de oposición para el ingreso y promoción a todas las categorías del servicio de carrera judicial que serán públicos, a fin de garantizar el escrutinio social en los procesos.
La iniciativa plantea la creación de una nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la cual consolida el entramado normativo para llevar “a buen puerto el proceso de cambio”. Otro de los aspectos del proyecto es la actualización de las facultades de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Al respecto, incluye como atribuciones de este órgano la revisión, por oficio, de la constitucionalidad y validez de los decretos expedidos por el Ejecutivo federal durante la restricción o suspensión de derechos y garantías, de las consultas populares, así como resolver el recurso de revisión especial en materia de seguridad nacional para efectos de acceso a la información pública./Agencias-PUNTOporPUNTO