La reforma judicial prevé la eliminación del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para ser sustituido por un Tribunal de Disciplina Judicial, que se encargará de sancionar a funcionarios públicos, incluidos los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo cual puede impactar de manera negativa en los derechos tanto de los integrantes del Poder Judicial como de los ciudadanos.
Así concluyó el Centro de Estudios Constitucionales (CEC) de la SCJN en un análisis interno de la institución, al que Proceso tuvo acceso.
- La propuesta enviada por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, también prevé la creación de un órgano de administración judicial, que encabezará la administración de todo el PJF, con esto las facultades que tiene actualmente del CJF se dividirán en estos dos nuevos órganos.
- En su análisis, el CEC reconoció que existen argumentos razonables para despojar al CJF de sus atribuciones en materia disciplinaria para crear un órgano independiente de la Presidencia de la Corte, pero no como está planteado el Tribunal de Disciplina Judicial en la propuesta del Ejecutivo federal.
Este Tribunal, según la iniciativa de reforma, se conformará por cinco magistrados electos por voto popular mediante el mismo procedimiento que para ministros, jueces de Distrito y magistrados de Circuito, quienes durarán en el cargo seis años y serán sustituidos de manera escalonada sin posibilidad de reelección.
- Funcionará en Pleno y tendrá facultades para conocer, investigar y, en su caso, sancionar responsabilidades administrativas y conductas contrarias a la legalidad de los ministros de la Corte; los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito y el resto del personal del PJF.
- Aunque el Tribunal de Disciplina Judicial puede sancionar incluso con la destitución de los servidores públicos, en el caso de los ministros se prevé que estos sean destituidos únicamente mediante juicio político.
“Las sanciones que imponga el Tribunal de Disciplina Judicial, cuando se acredite la comisión de conductas contrarias a la ley, podrán incluir la amonestación, suspensión, sanción económica, destitución e inhabilitación. Sin embargo, para el caso de ministras y ministros de la SCJN, no procederá su remoción salvo cuando se agote el procedimiento previsto en el Título Cuarto constitucional aplicable al juicio político”, señala el documento.
También podrá llamar a los servidores públicos a declarar y, en caso de considerar que existe la posible comisión de un delito, presentar denuncias ante la Fiscalía General de la República y solicitar a la Cámara de Diputados el juicio de procedencia contra ministros de la Corte.
“Dada su naturaleza, se prevé que las resoluciones y sanciones impuestas por el Tribunal sean definitivas e inatacables y, por lo tanto, no proceda juicio ni recurso alguno en contra de estas”, precisa.
Al respecto, el CEC señaló que esto transgrede el derecho a un juicio justo que tienen las personas sujetas a procedimientos de disciplina judicial y que la propuesta contradice la exposición de motivos en la que el presidente Andrés Manuel López Obrador destacó las manifestaciones de la relatora especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados tras su visita a México en 2020, en la que manifestó su preocupación por la inatacabilidad de las resoluciones disciplinarias del CJF y recomendó que todas estas decisiones que impacten en el estatus de jueces y magistrados deberían tener la posibilidad de ser revisadas por otro órgano jurisdiccional independiente.
“Si los poderes del Estado mexicano se reúnen a discutir mejoras al sistema de justicia, un tema central en la agenda debería ser incluir en el marco jurídico nacional el derecho de las funcionarias y los funcionarios judiciales a recurrir las sanciones impuestas a través de los procedimientos disciplinarios”, señala el documento del CEC.
Actualmente, quien preside la Corte también es presidente del CJF, con la reforma, estas presidencias serán separadas.
El presidente del Tribunal de Disciplina será uno de los integrantes del Pleno y cambiará cada dos años sin poder ser reelecto para el periodo inmediato posterior.
- Los magistrados de este Tribunal pueden solicitar licencia hasta con un mes, misma que será autorizada por el Pleno, y de hasta dos meses con autorización de la mayoría de los miembros presentes del Senado.
- En caso de ausencia definitiva, se aplicará el mismo procedimiento que para ministros, el presidente propondrá un interino quien permanecerá en el cargo hasta que se realice la siguiente elección.
Los consejeros de la Judicatura Federal deberán renunciar a sus cargos el día en que tomen protesta los nuevos magistrados del Tribunal de Disciplina que sean electos por voto popular.
- De estos nuevos magistrados, según la iniciativa, tres durarán en el cargo hasta 2030 y los dos restantes hasta 2033, estos periodos serán determinados en función del número de votos que obtengan en la elección.
- Los consejeros de la Judicatura que estén en funciones a la entrada en vigor de la reforma podrán ser elegibles para integrar el Tribunal de Disciplina.
“Si partimos del hecho de que, para competir en las urnas por el cargo de magistrado o magistrada del Tribunal, las personas aspirantes deben ser primero propuestas por el Ejecutivo federal, la mayoría calificada de los diputados y los senadores o la mayoría de los integrantes del Pleno de la SCJN, ¿qué salvaguardas legales se establecen para garantizar la idoneidad, independencia e imparcialidad de las y los integrantes del Tribunal de Disciplina?”, cuestionó el CEC.
El CEC considera que “si los magistrados de disciplina y los juzgadores pertenecen a la misma fórmula política y son electos en los mismos comicios, existen suficientes incentivos para evitar sancionar las faltas disciplinarias porque esto podría eventualmente afectar la preferencia política del electorado”.
Mecanismo de presión
- Los analistas de la Corte concluyeron que de la iniciativa del Ejecutivo federal se advierte la intención de utilizar el régimen disciplinario para sancionar a los juzgadores que tomen decisiones contrarias a las preferencias políticas de las mayorías gobernantes.
“Ahora bien, la libertad de jurisdicción no es sinónimo de impunidad. El sistema de justicia no se ve afectado cuando un juez o una jueza es sancionado o sancionada por incurrir en conductas objetivamente incorrectas, como realizar actos de discriminación, acoso sexual o recibir sobornos.
- “Al contrario, cuando las personas que ocupan cargos judiciales son llamadas a rendir cuentas por conductas inadecuadas, el sistema de justicia se fortalece, se corrige el comportamiento judicial y se recupera la confianza de la ciudadanía”, destacó el CEC.
“Es necesario, entonces, que la reforma judicial contemple las salvaguardas adecuadas para garantizar que los procedimientos disciplinarios no serán usados como medio para sancionar conductas que son materia de la jurisdicción penal y evitar que se conviertan en una herramienta para presionar a las personas juzgadoras a modificar sus decisiones y criterios judiciales”.
Administración judicial
- Al eliminar al CJF la reforma establece la creación no sólo del Tribunal de Disciplina, sino también el órgano de administración judicial que manejará los recursos humanos y materiales del PJF e incluso se encargará de elaborar el presupuesto que solicite a la Cámara de Diputados, incluyendo el de la Corte.
- También se encargará de encabezar todo lo relacionado a la carrera judicial y el control interno del PJF como la determinación del número de circuitos, competencia territorial, número de juzgados o tribunales, especialización por materias, el ingreso, permanencia y separación del personal judicial, entre otros.
El Pleno de este órgano se integrará por cinco personas que permanecerán en el cargo por seis años, uno de ellos será designado por el presidente, otro por el Senado y tres por el Pleno de la Corte. Su presidencia también durará dos años y será rotativa.
Las condiciones para los integrantes del Pleno del órgano de administración judicial serán, según la iniciativa:
- Los aspirantes deben ser mexicanos, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
- Deberá tener cuando menos 35 años cumplidos el día de su designación.
- Tener experiencia mínima de 10 años en actividades relacionadas con las funciones del órgano.
- Ser licenciado en Derecho, Economía, Administración, Contabilidad o cualquier profesión relacionada con las funciones del órgano, con antigüedad mínima de cinco años.
- No podrán ser designados aquellos que hayan sido inhabilitados para desempeñar un cargo en el servicio público o que hayan sido condenados por delito doloso con sanción privativa de la libertad.
La propuesta agrega que estos funcionarios sólo podrán ser removidos mediante juicio político y cuando exista ausencia definitiva de los mismos, quien lo designó deberá hacer un nuevo nombramiento por el tiempo que reste al periodo de designación respectivo.
Al ser el órgano encargado de la administración del PJF, éste tendrá a su cargo la Escuela Federal de Formación Judicial y el Instituto Federal de Defensoría Pública y administrará también al TEPJF.
“Respecto de la facultad que actualmente tiene el Consejo de la Judicatura Federal de concentrar en uno o más órganos jurisdiccionales para que conozcan de los asuntos vinculados con hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, se propone que esta decisión pueda ser autorizada por el órgano de administración judicial, aunque, al tratarse de la tutela de derechos humanos y la atención de violaciones graves a los mismos, se estima pertinente que la solicitud de concentración provenga del Pleno de la SCJN como máximo tribunal constitucional”, explica la propuesta.
- Durante el periodo de transición del CJF a Tribunal y órgano de administración, el Consejo seguirá operando y deberá implentar un plan de trabajo para transferir recursos materiales, humanos, financieros y presupuestales a los nuevos cuerpos colegiados.
“Durante este tiempo, el Consejo de la Judicatura Federal continuará la substanciación de los procedimientos que se encuentren pendientes de resolución y entregará la totalidad de los expedientes que se encuentren en trámite, así como la totalidad de su acervo documental, al Tribunal de Disciplina Judicial o al órgano de administración judicial, según corresponda”, indica.
Reforma tendrá impacto en los procesos penales
De acuerdo con un artículo de Nexos, la reforma plantea elegir por voto popular al total de personas juezas, magistradas y ministras, sin prever las afectaciones que su sustitución tendrá en los procesos judiciales: los nuevos procesos electorales traerían como consecuencia la interrupción de los juicios en trámite durante este periodo electoral, pues inevitablemente se tendrían que pausar todas las actuaciones judiciales, por lo menos durante el tiempo que sea necesario para realizar los ajustes administrativos correspondientes al cambio de titulares de los tribunales y juzgados.
Esto entorpecería la actividad judicial en general, retrasaría la resolución pronta y expedita de los litigios y, en materia penal, comprometería la integridad de los juicios, pues el principio de inmediación se vería afectado y con este, la garantía judicial del debido proceso.
- El principio de inmediación está consagrado en el artículo 20 de nuestra Constitución y busca garantizar que las pruebas y argumentos vertidos por las partes durante un juicio, sean percibidos directamente por las personas juzgadoras encargadas de resolver el asunto del que se trate, sin que sea posible delegar o realizar esta tarea a través de un intermediario. Es decir, implica que la persona juzgadora que dictará la sentencia presida las audiencias, observe por sí misma el desahogo de las pruebas y el debate generado, para extraer directamente la información necesaria para motivar su decisión.
La inmediación configura una herramienta metodológica de formación de la prueba en los procesos penales derivado de la presencia del juez en las audiencias de juicio oral para percibir y recabar todos los datos vertidos por las partes. La idea es que esta figura sirva para constatar que lo aportado como prueba reúne las condiciones para catalogarse como válida y determinar su valor probatorio y, de esta manera, establecer su alcance demostrativo y emitir su resolución.
Este principio salvaguarda que el juicio se lleve a cabo de manera imparcial y justa, pues, cuando no hay inmediación se pierde esta supervisión directa la persona juzgadora, lo que podría abrir la puerta a decisiones basadas en información filtrada o mal interpretada. Esto es precisamente lo que ocurría en el sistema inquisitivo anterior a la reforma penal de 2008,1 donde la o el juez decidía la culpabilidad de una persona basándose únicamente en la lectura del expediente escrito, sin haber escuchado y valorado directamente los argumentos de las partes.
- Un ejemplo de cómo este sistema afectaba a los procesos de justicia se encuentra en el conocido caso Israel Vallarta, quien no tuvo la oportunidad de que un juez lo escuchara para poder señalar la tortura que sufrió durante su detención, así como la falsedad de las pruebas y testimonios aportadas en su contra, por las cuales se le acusó del delito secuestro y se le privó de su libertad sin sentencia.
Con el sistema penal acusatorio actual se reconoce la importancia de que las personas juzgadoras estén presentes durante la audiencia de juicio oral, para que puedan escuchar los testimonios de viva voz y analizar integralmente su contenido.
- Por ejemplo, en los casos de abuso sexual infantil dentro de instituciones educativas ocurridos en el Estado de México durante el año 2011, en los que la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia acompañó como asesora jurídica de los niños y niñas víctimas, fue fundamental que sus testimonios fueran escuchados directamente por la persona juzgadora, dentro de un ambiente seguro y acompañados de un experto en psicología infantil, pues al tratarse de casos complejos y donde el comportamiento de los niños y niñas aportaba más información para decidir sobre la responsabilidad penal de sus agresores, la inmediación resultó indispensable.
Ahora bien, explicado todo esto, vale subrayar que la propuesta de reforma a los poderes judiciales federal y locales implicaría suspender los juicios independientemente de la etapa procesal en la que se encuentren para sustituir a las personas juzgadoras encargadas de resolverlos.
- Cambiar a los actuales juzgadores por personas electas mediante voto popular, lo cual implicaría una violación al principio de inmediación y traería consigo graves consecuencias en los procesos penales que se encuentren en la etapa de juicio oral, porque al no haber garantizado la debida formación de la prueba, la sentencia que dicte la nueva persona juzgadora electa mediante el voto popular carecerá de fiabilidad y no contará con las bases para considerar que quien la dictó y dispuso del material probatorio válido para ello.
Consecuentemente, los procesos y, eventualmente, las sentencias que no cumplan con la exigencia de inmediación, podrán ser impugnadas por la parte afectada, al constituir una violación a las garantías judiciales y al debido proceso, lo que a su vez provocaría la reposición del procedimiento y el reinicio de la etapa de juicio oral.
- Ante la necesidad de que los titulares de todos los órganos jurisdiccionales sean sustituidos por personas electas mediante el voto de la ciudadanía y se sometan sus puestos a elecciones, se modificará la integración inicial de los tribunales de enjuiciamiento que dieron apertura a la etapa de juicio oral en los procesos penales y se violaría la inmediación de esta etapa procesal.
- Esto debido a que las personas juzgadoras que emitirían la sentencia, serían distintas a las que iniciaron esta etapa del procedimiento.
- Por ejemplo, pensemos en el caso de un juicio por el delito de trata de personas, cuyo desahogo probatorio tuvo que ser prolongado a más de una audiencia por el volumen de pruebas y testigos a escuchar. Si paralelamente se celebraran las elecciones judiciales y resultaran seleccionadas personas juzgadoras distintas a las que originalmente integraban el tribunal de enjuiciamiento del caso en cuestión, la audiencia de juicio oral se reanudaría para llevar a cabo las diligencias faltantes.
Sin embargo, en este punto, dichas diligencias serían dirigidas por personas juzgadoras distintas, por lo que al concluir la participación de las partes y obtenerse la deliberación del tribunal, cuando este emite la sentencia condenatoria y antes de que sea posible individualizar las sanciones, la defensa jurídica de los acusados encontrados penalmente responsables podría recurrir esta determinación por violar el principio de inmediación, argumentando que el tribunal de enjuiciamiento fue modificado a media etapa procesal y consecuentemente, el tribunal no pudo haber obtenido la información necesaria para dictar una resolución objetiva.
- En este caso hipotético, el tribunal que conoce de la apelación podría percatarse de que efectivamente se violó el principio de inmediación y, por lo tanto, podría ordenar la revocación de la sentencia y la reapertura de la etapa de juicio oral para que sea un nuevo tribunal de enjuiciamiento quien conozca del asunto de inicio a fin.
- Este escenario es el menos favorable para las víctimas que tendrán que vivir nuevamente un proceso penal revictimizante, al tener que presentar sus testimonios y nuevamente ser cuestionadas, escuchar la descripción de los hechos, las lesiones causadas en ellas y observar el material probatorio que evidencia el daño sufrido.
Además, cabe la posibilidad de que algunos de los testigos que presentaron su testimonio con anterioridad ya no estén en la disposición de hacerlo en este nuevo juicio, o que la integridad de alguna de las pruebas se haya visto afectada en el tiempo transcurrido desde la emisión de la sentencia. Todo esto no sólo propicia que el sentido de la sentencia cambie, también entorpece y complica la impartición de justicia y, consecuentemente, podría sembrar un sentimiento de desilusión y desconfianza en los tribunales.
Como podemos observar, el sistema de elecciones populares de los titulares de los órganos jurisdiccionales propuesto en la iniciativa de reforma a los poderes judiciales federal y locales del oficialismo, más allá de cumplir su cometido de reducir los niveles de impunidad en nuestro país, incurre en violaciones al debido proceso de los juicios penales federales y aumenta la posibilidad de que los casos queden impunes pues al no salvaguardar la seguridad jurídica de las partes. En este sentido, la iniciativa compromete la efectiva resolución de casos gravísimos como la trata de personas, el secuestro, la desaparición forzada o casos de corrupción de funcionarios federales, así como el acceso a la justicia de sus víctimas.
- Es importantísimo que las discusiones en el Congreso de la Unión respecto de esta iniciativa de reforma aborden esta problemática y prevean el daño que puede causar a nuestro orden constitucional la aprobación de esta iniciativa, en los términos que actualmente se encuentra.
- De lo contrario, miles de juicios penales podrían verse afectados de manera irreparable, miles de víctimas perderían la oportunidad de obtener una reparación integral del daño y el sistema de justicia penal mexicano dejaría de garantizar el derecho humano al debido proceso.
Expertos piden reforzar la defensoría pública con la reforma judicial
Magistrados y especialistas en temas de Derecho pidieron a los diputados federales de Morena no dejar fuera de la reforma al Poder Judicial a los defensores de oficio, ya que, aunque cientos de miles de mexicanos buscan ayuda de estos abogados cuando tienen un problema legal, no hay un plan para dotarlos de más recursos y ayudarles a hacer un mejor trabajo.
“Necesitamos más defensores públicos y transformar realmente las defensorías públicas”, dijo Miguel Felipe Mery Ayup, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Coahuila, durante el octavo foro de la reforma al Poder Judicial que se llevó a cabo en la ciudad de Saltillo.
- La opinión de Mery Ayup fue la primera de muchas que se pronunciaron en el mismo sentido, luego de que el propio Ignacio Mier, coordinador de los diputados federales de Morena, reconoció que la reforma al Poder Judicial no contempla reforzar a las defensorías públicas.
- Mery Ayub aprovechó el espacio para informar que en México existen 6 mil 363 defensores públicos locales, los cuales atienden casi 2 millones de asuntos anuales, es decir, un promedio de 360 por asesor. En Coahuila esa cifra sube a 800 expedientes anuales por abogado.
“El 72% de las personas vinculadas a proceso en México requieren de un defensor público. Aquí en Coahuila el 84% de los asuntos penales son llevados por un defensor de oficio”, insistió Mery Ayub sobre la situación del país y de su estado.
- El penúltimo foro de la reforma al Poder Judicial se alejó del tema que ha absorbido la mayor parte del debate sobre la iniciativa: la elección por voto popular de jueces, magistrados y ministros. Algunos participantes sacaron a la luz el tema, pero las dificultades en las que trabajan los defensores de oficio dejaron en claro que los problemas de justicia en México van más allá de la selección de nuevos juzgadores.
- Tassia Cruz Parcero, magistrada de Circuito y directora del Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP), puso de ejemplo a la dependencia a su cargo, en la que trabajan mil 190 abogados y asesores, quienes atendieron 134 mil asuntos todo el 2023 y hasta abril del 2024.
Ante este panorama, la titular del IFDP propuso a los legisladores emitir una ley general que, entre otros temas, homologue los servicios de defensoría pública; establezca distribución de competencia y coordinación entre la Federación y los estados; garantice la autonomía técnica y de gestión de las defensorías federal y locales; asegure la asignación presupuestal necesaria para que los abogados de oficio tengan un buen salario y para que haya personal suficiente y capacitado para atender todos los asuntos de los mexicanos.
“En el contexto de la discusión nacional sobre la pertinencia y necesidad de una reforma que mejore las condiciones del acceso a la justicia en favor de todas las personas, reforzar a la defensoría pública federal y a las defensorías de cada una de las entidades federativas es una tarea impostergable”, expresó Cruz Parcero.
- La reforma al Poder Judicial empezará a ser discutida por la Cámara de Diputados a partir del 22 de agosto, según el calendario que la Comisión de Puntos Constitucionales aprobó para analizar las últimas reformas a la Constitución del presidente Andrés Manuel López Obrador.
- La reforma al Poder Judicial ha sido debatida en ocho foros desde el 27 de junio. Todavía el 8 de agosto se llevará un último encuentro en el estado de Sinaloa, donde estará a discusión el papel de los ministerios públicos en el acceso a la justicia, otro tema que tampoco fue incluido en la iniciativa enviada por López Obrador.
En el encuentro de este martes 6 de agosto en Saltillo, Coahuila, hubo participación de expertos en Derecho y diputados federales que también consideraron necesario reforzar las defensorías públicas en favor de la gente.
“Lo que realmente le afecta a la gente día con día, en la justicia cotidiana, es no tener acceso a una defensa, no tener acceso a alguien que les defienda su problema y les dé la justicia. Eso es lo que deberíamos estar viendo, no la forma en la que se elegirá a los juzgadores y juzgadoras”, expresó Miguel Rodarte, diputado federal del Partido Acción Nacional (PAN).
- Incluso Gerardo Fernández Noroña, diputado federal del Partido del Trabajo (PT) y próximo senador de Morena, reconoció que a la reforma Poder Judicial le hace falta abordar el tema de las defensorías públicas en el país.
“No está en la iniciativa y se debe hacer parte de la reforma constitucional porque, como aquí se dijo, el 84% del pueblo va con defensores de oficio sobrecargados, mal pagados, vistos por encima del hombro por sus colegas”, expresó el legislador del PT.
- Especialistas como Sandra Lucía Rodríguez Wong, profesora en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Autónoma de Coahuila, se sumaron a este llamado al señalar que las defensorías públicas operan con menos recursos que los ministerios públicos, a pesar de que también colaboran en la procuración de justicia.
“La falta de recursos acarrea problemas operativos como la falta de personal para la atención de asuntos. La insuficiencia del personal reduce la afectividad de la carga de trabajo. Los estudios revelan cuántos asuntos atiende cada defensor público”, dijo Rodríguez Wong.
Trabajadores del Poder Judicial toman la palabra
El octavo foro de discusión se caracterizó no solo por el debate en torno a las defensorías públicas, sino que un grupo de trabajadores del Poder Judicial, inconformes con la reforma, logró entrar al evento.
“¡Reforma judicial, fracaso nacional!”, exclamaban los trabajadores que entraron al salón Villa Ferré, en el que se llevó a cabo el encuentro. Los empleados del Poder Judicial interrumpieron a Ignacio Mier, coordinador de los diputados federales de Morena, quien accedió junto con Ricardo Monreal, líder del Senado del mismo partido, a otorgarles la palabra.
- Los manifestantes estuvieron representados por Diana Berenice López Gómez y por José Guadalupe Méndez Lira, quienes centraron su participación en defender la carrera judicial; en criticar la elección de jueces, magistrados y ministros mediante voto popular, y en las acusaciones de corrupción que Morena ha lanzado contra todo el Poder Judicial.
“Es evidente que con la votación de jueces y magistrados, más allá de los ministros, las aspiraciones profesionales de todos los que formamos por más de hasta 25 años el Poder Judicial federal, se van a ver truncadas”, expresó López Gómez.
- La trabajadora del Poder Judicial expresó que sus jornadas laborales pueden ser de hasta 12 horas y, pese a su esfuerzo, no reciben aumentos salariales y los recortes de presupuesto, ordenados en la Cámara de Diputados, terminan por afectar a la base trabajadora.
“Nosotros nos dedicamos día a día, con profesionalismo y fuerza, a dar lo mejor que tenemos. Queremos ser escuchados, queremos que nos incluyan”, mencionó López Gómez.
Su compañero José Guadalupe Méndez Lira, líder sindical de los trabajadores de Zacatecas, añadió que ellos “repudian” la reforma porque se basa en la idea de que el Poder Judicial “es corrupto, lleno de nepotismo, lleno de influyentismo y que se dedica a defender únicamente a la clase privilegiado y obedece a factores de poder”.
- La intervención de los trabajadores al Poder Judicial fue aplaudida por sus compañeros que lograron entrar al inmueble, mientras otros 600 de ellos se quedaron afuera, según lo expresado por los mismos empleados que tomaron la palabra.
- Sin embargo, no todo fueron aplausos. El diputado federal Gerardo Fernández Noroña criticó que José Guadalupe y Diana Berenice usaron los mismos argumentos que utilizan los especialistas y la oposición para rechazar la reforma al Poder Judicial.
“A mí me parece muy delicado que el discurso de los trabajadores coincida con el discurso de todas las personas que han venido a hablar aquí en contra de la reforma”, dijo Fernández Noroña, al cuestionar por qué ambos participantes no hablaron más de las malas condiciones laborales que les ofrece el Poder Judicial a sus empleados.
“Yo pensé que iba a hablar alguna trabajadora humilde, de limpieza, outsourcing que ni siquiera se le reconocen sus derechos, que no existen para la mayoría de las personas, que los ven como si fueran invisibles y nadie habló aquí de sus derechos”, siguió criticando Noroña.
- La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED) salió en defensa de los trabajadores que fueron criticados por Gerardo Fernández Noroña.
“La JUFED expresa su reconocimiento y apoyo a las y los trabajadores, así como a las personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación, que se manifestaron de manera legítima en el Diálogo por la reforma al Poder Judicial en Saltillo, Coahuila, en defensa de la independencia judicial, la carrera judicial y sus derechos”, expresó la organización en sus redes sociales.
La redacción de la reforma al Poder Judicial
El foro de la reforma al Poder Judicial en la ciudad de Saltillo, Coahuila se trató de la “penúltima parada” de los Diálogos Nacionales organizados por la Cámara de Diputados, previo a la discusión de la reforma. El último evento de discusión se llevará a cabo el 8 de agosto en Sinaloa.
- Según lo previsto por los legisladores morenistas, a partir del 9 de agosto se comenzarán a incluir en la reforma judicial las aportaciones que ministros, magistrados, jueces, expertos, organizaciones y trabajadores hicieron en los foros de discusión.
El 15 de agosto, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, el primer lugar donde se debatirá el tema, circulará a los legisladores una nueva versión de la reforma.
Finalmente, el 22 de agosto se tiene programada la discusión de la reforma al Poder Judicial en la Comisión. Posteriormente, en el mes de septiembre, la iniciativa será discutida por los 500 legisladores que forman parte del Pleno de la Cámara de Diputados.
Alistan jueces del país acciones contra reforma Judicial
Los juzgadores del país alistan tres vías de defensa si el Congreso de la Unión aprueba en sus términos la iniciativa de reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF): acudir a instancias internacionales, un paro nacional y “acciones de resistencia”.
- Durante el Foro Nacional Justicia Pronta y Expedita, celebrado este miércoles en la Ciudad de México, el magistrado Doctor Froylán Muñoz Alvarado, secretario de la Organización de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho (ANDD) afirmó que ya “estamos trabajando” en agotar las vías nacionales para prevenir cambios como los que propone la actual propuesta de reforma presidencial.
Explicó que de no contar con un recurso nacional efectivo, el siguiente paso será acudir a instancias internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y si no prospera la demanda, se acudiría a la instancia jurisdiccional de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).
“Solamente tenemos tres (escenarios): la primera, no tenemos instancia en sede nacional, pero sí internacional, debemos agotar recursos; la segunda, tenemos una alternativa que se llama paro nacional. Pareciera que el paro nacional es inminente, porque es lo que se desarrolla en el ámbito político, en el ámbito político. No es una circunstancia de discurso jurídico, porque son razones diferentes; y una tercera, que sería no solamente el paro, sino también la resistencia, el cómo mantener esto”, dijo en el foro organizado por la ANDD y otras organizaciones de abogados y juzgadores.
- Previamente, el también ex director nacional de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed) advirtió que la actual propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador vulnera principalmente la división de poderes, la independencia judicial y la autonomía judicial.
- La magistrada Emilia Molina de la Puente advirtió que si se aprueba la iniciativa de elegir por el voto popular a los más de mil 700 jueces, magistrados y ministros, y esto se replica en los estados sobre los más de 5 mil jueces locales, “desperdiciaríamos a alrededor de 7 mil personas juzgadoras con experiencia”.
- Ricardo Amezcua Galán, ex delegado de la Benito Juárez y actual consejero de la Judicatura del Poder Judicial de la CDMX, calculó que las elecciones para elegir a los más 700 juzgadores federales del país y la indemnización para los salientes costaría más de 20 mil millones de pesos. Lo anterior, aclaró, sin contemplar a jueces locales.
“Por qué ese dinero que se va a gastar en la indemnización de sacar a la gente que ya tiene todos estos conocimientos teóricos y prácticos los gastamos mejor en más edificios para que tengamos más jueces y más impartición de justicia y mayor preparación. Es demasiado dinero. Más o menos llegaré a una conclusión de más de 20 mil millones de pesos que se hará entre las elecciones e indemnizaciones”, dijo.
En tanto, el académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, César Astudillo, dijo que aprobar la reforma en sus términos actuales es “la antesala de cometer un error histórico sobre el cual, en las próximas décadas, vamos a comprobar que esto que estamos por concretizar fue realmente un despropósito”.
“Hay muchísimos modelos a los que pudimos haber visto para ver cómo fortalecer los perfiles de ministras, ministros y jueces. Tomamos no solamente uno que comprobadamente ha dado resultados negativos y que la misma experiencia de los bolivianos, es una reforma de 2009 hacia acá, están ahora tratando de salir de ella y viendo cómo se cambia”, dijo.
- Elias Huerta Psihas, presidente de la ANDD, advirtió que “la iniciativa de reforma constitucional para el Poder Judicial propuesta por el Ejecutivo Federal es incompleta y parcial, y no soluciona los problemas de acceso a la justicia; al contrario, considero que los empeora”.
Sin embargo, se dijo de acuerdo con cambiar la forma de elegir a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), principalmente suprimir “la posibilidad de que el titular del Ejecutivo haga un nombramiento directo para ministro”.
También “separar la presidencia de la Corte de la presidencia del Pleno de la Judicatura y que se debe declarar una instancia efectiva que revise y sancione posibles conductas indebidas e ilícitas de juzgadores y juzgadoras, pero no un órgano inquisitivo que inhiba la debida vocación y autonomía de los juzgadores al dictar sus sentencias, evitando subjetividades como sancionar actos u omisiones contrarios a la ley, al interés público o a la adecuada administración de justicia”. /Agencias- PUNTOporPUNTO