A un día de que entre en operación «la nueva normalidad» en el país, las empresas deben seguir estrictos lineamientos de higiene para evitar contagios entre sus trabajadores, por ejemplo, la suspensión del uso de accesorios meramente decorativos, como joyería o corbatas, debido a que pueden ser reservatorios del virus.
- De acuerdo con los lineamientos federales, las empresas que cuenten con cafeterías o comedores deben instalar barreras físicas en la misma mesa para separar a un comensal de otro, además de establecer una distancia mínima de 1.5 metros para uso del mobiliario.
- Lo mismo en las áreas de trabajo, donde se recomienda delimitar con barreras físicas, y en caso contrario, señalizar en el piso una distancia mínima de 1.5 metros entre trabajadores.
- Se llama a no compartir el teléfono celular, utensilios de cocina, equipo de protección, papelería y herramientas, entre otros.
- Además, los centros de trabajo deben contar con un programa de salud física y mental referente a los cuidados de COVID-19, con un protocolo para manejo de las personas trabajadoras sospechosas, contactos y confirmados.
Al ingreso y salida del centro de trabajo es indispensable la toma de temperatura corporal del personal. Se debe contar un área de estancia y aislamiento para trasladar a los trabajadores detectados con signos de enfermedades respiratorias o temperatura corporal mayor a 37.5 grados.
En caso de sospecha o confirmación de contagio con el nuevo coronavirus, el trabajador debe recibir un cubrebocas y ser llevado a su domicilio o a los servicios médicos. También se debe tener un filtro para el control de visitas, proveedores y contratistas, con el fin de prevenir el riesgo de contagio originado en personas ajenas al centro de trabajo.
- Las empresas deben contar con un programa de reincorporación laboral de enfermos recuperados, así como de promoción, prevención, atención y seguimiento de los estados de salud en la población trabajadora que puedan generar complicaciones por coronavirus.
Ciudad de México
A partir del lunes, la Ciudad de México comenzará a usar el semáforo epidemiológico para marcar el regreso a la actividades, que para la próxima semana seguirá estando en rojo por lo que siguen las restricciones de movilidad para los capitalinos.
- El gobierno local detalló cuáles son las actividades permitidas para este 1 de junio y anunció que el uso de cubrebocas será obligatorio.
- Todos los viernes, se dará a conocer en la Gaceta Oficial de la CDMX el color del sem´áforo y se implementarán las restricciones o aperturas determinadas para cada fase el lunes siguiente.
“En virtud de la evolución de la pandemia generada por el COVID-19 y de acuerdo con los indicadores epidemiológicos establecidos por las autoridades sanitarias, a partir del 1° de junio de 2020 el semáforo se encuentra en ROJO”, indica la Gaceta Oficial.
La mandataria capitalina explicó en un video en redes sociales que la capacidad hospitalaria no ha disminuido en la Ciudad de México en la última semana, lo que indica que aún hay contagios, por lo que no se está en condiciones de cambiar el color del semáforo actualmente.
¿Qué actividades se podrán realizar desde el lunes?
Regresan a las actividades los trabajadores de la construcción, minería, fabricación de transporte, manufactura de autopartes, venta de bicicletas y producción de cerveza. También se mantienen servicios funerarios, bancos y servicios financieros, de apoyo a los negocios y manejo de residuos.
¿Cuáles son los lineamientos?
Entre los Lineamientos para la Ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México se establece que:
- El uso obligatorio del cubrebocas
- Se llama a la población a no escupir en la calle, de ser necesario hacerlo, se pide utilizar un pañuelo desechable, meterlo en una bolsa de plástico, anudarla y tirarla a la basura.
- La práctica de la etiqueta respiratoria.
- No saludos que impliquen contacto físico.
- Mantener la distancia de 1.5 metros entre personas.
- Evitar el uso de joyería, corbata, barba y bigote.
«Será obligatorio para todas las personas que habiten o transiten en la Ciudad de México el uso de cubrebocas; la práctica de la etiqueta respiratoria: cubrirse la nariz y boca al toser o estornudar, con un pañuelo desechable o el ángulo interno del brazo», se lee.
Estas son las actividades que se pueden realizar en semáforo rojo:
- Actividades necesarias para atender la emergencia sanitaria de las áreas médica, paramédica, administrativa y de apoyo en el Sistema de Salud de la Ciudad de México.
- Abasto en especial farmacéutico, tanto en su producción como en su distribución en farmacias; manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud; disposición de residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI), así como la limpieza y sanitización de las unidades médicas.
- Seguridad ciudadana y en la procuración de justicia.
- Servicios financieros, notariales, de recaudación de impuestos, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, generación y distribución de agua potable, alimentos y bebidas.
- Puntos de abasto, principalmente de alimentos: mercados, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados.
- Servicios de transporte de pasajeros y carga; ferreterías, servicios de mensajería, seguridad privada.
- Asilos y estancias para adultos mayores, refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia e hijos; telecomunicaciones y medios de información.
- Servicios privados de emergencia, funerarios y de inhumación.
- Panaderías, tortillerías, lavanderías y tintorerías.
- Con servicio para llevar o entrega a domicilio a cafeterías, restaurantes, fondas, loncherías y cocinas económicas.
- Conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura pública.
- Tianguis y mercados sobre ruedas podrán vender alimentos para procesar como verduras, frutas, carnes y granos./Agencias-PUNTOporPUNTO