La Cámara de Diputados de México discutió este miércoles la reforma en materia de supremacía constitucional, impulsada por el partido oficialista Morena, con la que se busca evitar la impugnación de reformas a la Constitución.
- Aunque la reforma ha sido criticada por organizaciones civiles y miembros de la oposición, Morena defiende el proyecto afirmando que busca evitar el “activismo político” de jueces y magistrados que en el pasado han invalidado reformas aprobadas por el Congreso.
- La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, dijo en su conferencia matutina del pasado viernes que la iniciativa no introduce nuevos principios, sino que formaliza en la Constitución algo que ya estaba contemplado en la Ley de Amparo.
La reforma plantea cambios a los artículos 105 y 107 de la Constitución para que legislaciones como la polémica reforma al Poder Judicial y futuras no puedan ser impugnadas ni suspendidas.
- Con las modificaciones, el artículo 105 señala que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”.
Una controversia constitucional y una acción de inconstitucionalidad son recursos con los que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puede analizar leyes y reformas aprobadas por el Congreso.
- Por otra parte, el artículo 107 añade que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.
La reforma también contempla un artículo transitorio sobre la retroactividad de las leyes que señala: “los juicios, recursos y consultas en los que se haya cuestionado la validez de una adición o reforma a esta Constitución, por su forma, procedimiento o fondo, y que a la fecha de entrada en vigor de este decreto se encuentren en trámite, se sujetarán de manera directa a lo que este dispone, quedarán sin materia y serán sobreseidos”.
Esto significa que todos los procesos o recursos actualmente en trámite para cuestionar alguna reforma, inmediatamente tendrán que desecharse y no podrán seguir en trámite.
Posturas a favor y en contra de la supremacía constitucional
“Esta reforma es muy peligrosa no solamente para el momento tan difícil que está viviendo México sino para lo que sigue, porque lo que está planteando es que frente a cualquier ocurrencia en materia de reformas constitucionales no haya ningúna defensa, porque se tapa la vía del amparo, de bloquea la vía de las acciones de insconstitucionalidad y de las controversias constitucionales y prácticamente cualquiera aprobación (…) no podría ser impugnada”, dijo a CNN el abogado constitucionalista Miguel Carbonell.
- El diputado de Morena, Ricardo Monreal, ha defendido la reforma señalando que es una continuación del esfuerzo histórico por fortalecer el estado de derecho y que tiene como propósito “reafirmar que nada ni nadie está por encima de la Constitución”.
“Reforzar la supremacía constitucional no es un ataque a la justicia, sino una medida para proteger el Estado de derecho. El dictamen de la iniciativa sobre supremacía constitucional respetará cada paso del proceso parlamentario en la Cámara de Diputados; es un recordatorio de que el país tiene un orden jurídico claro, y que cada poder tiene límites”, señala Monreal en una columna en su sitio web.
- Para la diputada Ruth Maricela Silva Andraca, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) –aliado de Morena– señaló que la reforma garantiza que el Poder Legislativo sea el único con la facultad para modificar la carta magna al eliminar la posibilidad de intervención judicial sobre reformas constitucionales aprobadas por el Congreso.
- Otro argumento a favor es el de la diputada de Morena Katia Alejandra Castillo Lozano, quien aseguró que la reforma garantiza y consolida la certeza jurídica y que una vez que la voluntad del pueblo fue elevada a rango constitucional, no podrá ser cuestionada mediante procesos judiciales.
En contraste, la diputada de Irais Virginia Reyes de la Torre, de Movimiento Ciudadano (MC), refirió que con la reforma se engaña al pueblo porque se quita a la ciudadanía sus legítimas armas para defenderse del abuso y arbitrariedad de los representantes.
- El diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI) César Alejandro Domínguez aseguró que no hay sustento ni razonamiento técnico-jurídico de fondo y que las reformas violentan los principios fundamentales que dieron origen a la Constitución de 1917, como la separación de Poderes y evitar la concentración del poder en uno solo.
- Por su parte, el grupo parlamentario del PAN en el Senado acusó al gobierno de consolidar un “régimen autoritario y un gobierno autocrático” bajo el argumento de que la reforma de supremacía constitucional atenta contra el sistema constitucional y democrático del país”, algo que Sheinbaum rechazó afirmando que la ley que la reforma no cambia su esencia sino que refuerza lo que ya estaba establecido.
Si la propuesta es avalada, “la Constitución albergaría un retroceso importante en materia de derechos humanos, que, desde 2011, han ido progresando en su protección y reconocimiento”, señala un análisis de la organización México Unido Contra la Delincuencia (MUCD).
Detalla que, en el largo plazo, la imposibilidad de presentar impugnaciones podría imposibilitar el desarrollo de la doctrina de la revisión de reformas constitucionales en México, limitando la incapacidad de evaluar su constitucionalidad y protección de los derechos humanos, dejando a los ciudadanos sin herramientas para cuestionar cambios que podrían afectarles directamente.
¿Cuál es la prisa de aprobar la supremacía constitucional?, ¿Cuál es el panorama ante el enfrentamiento de poderes?
Temas de la #MesaDelDebate entre Federico Döring (@FDoringCasar), Arturo Ávila (@arturoavila_mx) y Gibrán Ramírez (@gibranrr) #AzucenaxFórmula pic.twitter.com/OJq7qdgUkQ
— Azucena Uresti (@azucenau) October 31, 2024
¿Un paso más al autoritarismo?
De acuerdo con expertos consultado por el medio El Universal, advirtieron que la iniciativa que busca eliminar los recursos judiciales frente a las reformas constitucionales limita el acceso a la justicia y viola derechos humanos; aseguran que, por su parte, los cambios al Poder Judicial —que aún pueden ser invalidados por la Corte— presentan deficiencias y peligros para el sistema político mexicano, como la elección popular de jueces, que podría comprometer la independencia judicial.
- La reforma sobre la llamada supremacía constitucional miente desde su mismo nombre. No se trata de una modificación que otorgue ninguna supremacía de nada, sino que nos cierra las puertas a la posibilidad de defendernos frente a la arbitrariedad.
- Desde el surgimiento del Estado constitucional de derecho se estableció que un derecho fundamental es el acceso a la justicia. Es decir, que cuando una persona entienda que se le están violando sus derechos pueda acudir ante un órgano judicial que sea autónomo e independiente para que decida si en efecto hubo o no una transgresión a la esfera jurídica de dicho individuo.
Lo que pretende la iniciativa de reforma es dejarnos inermes frente a un poder reformador de la Constitución respecto del cual tenemos evidencia que puede conducirse de manera arbitraria (recordemos la reciente reforma judicial o los intentos por mantener, e incluso ampliar a nivel constitucional, los supuestos en los que se puede dictar prisión preventiva con carácter oficioso, violando al menos dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictadas hace poco contra el Estado me xicano). Además, la reforma mexicana es violatoria de tratados internacionales de derechos humanos y de libre comercio firmados por México.
¿Qué sentido tiene dejarnos sin el juicio de amparo, sin las acciones de inconstitucionalidad y sin las controversias constitucionales? ¿Acaso se está preparando el terreno para alguna reforma todavía más agresiva? La respuesta la tienen nuestros legisladores, lo cual no es un buen augurio en estos momentos aciagos de la historia del país, dijo Miguel Carbonell, Director del Centro de Estudios Jurídicos Carbonell AC
Nuevo atentado a nuestros DH
De acuerdo con Jesús Orozco Henríquez, Investigador del IIJ de la UNAM y expresidente de la CIDH, la reforma que impulsa el oficialismo pretende hacer inoperantes los medios de defensa constitucional y convencional: viola, así, el derecho humano a un recurso efectivo ante un tribunal competente, independiente e imparcial para defender nuestros derechos, establecido en la Constitución y la Convención Americana.
- De acuerdo con la jurisprudencia interamericana —vinculatoria para México— y el artículo 1º constitucional, la Suprema Corte y los tribunales de amparo siguen teniendo no sólo la competencia, sino la obligación de proteger y garantizar los derechos humanos que violen tanto la reforma constitucional en proceso como la judicial (en cuanto a la independencia judicial y el derecho humano de acceso efectivo a la justicia, como lo precisa el sólido y razonado proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara) y cualquier otra similar.
Los derechos humanos no están a la disposición o voluntad de autoridad alguna, incluidos los órganos constituidos que conforman el Poder Reformador de la Constitución. La Judicatura Federal tiene la obligación de ejercer el control de convencionalidad y defender los derechos humanos que viole cualquier norma constitucional o legal. Si no fuera así, tarde o temprano la Corte Interamericana establecerá la responsabilidad internacional del Estado mexicano y le condenará a la reparación integral de las víctimas.
Constitucionalización de la inconstitucionalidad
La iniciativa de reforma de supremacía constitucional es un paso más que da la coalición gobernante para ejercer arbitrariamente el poder. Es un nuevo escalón hacia el autoritarismo y nos acerca potencialmente a un régimen de partido de Estado. No exagero.
- Los cambios a los artículos 105 y 107 constitucionales son contundentes. Se declaran improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que se interpongan en contra de reformas constitucionales, y se constitucionaliza la prohibición de que el juicio de amparo tenga efectos sobre normas generales o reformas a la Constitución.
La supermayoría inconstitucional de Morena quiere apropiarse por completo del control de los derechos de los mexicanos. Podría reducirlos o violarlos a su arbitrio haciendo desaparecer los medios de defensa. En materia de derechos y de derechos humanos quedaremos indefensos.
Pero todavía hay un pequeño obstáculo: la Suprema Corte sigue siendo competente para declarar inconstitucional esta reforma. Si lo hace, el morenismo podría desacatarla. Estamos al borde de que sea constitucional lo que hasta hoy es inconstitucional: el poder absoluto de un solo bloque para hacer y deshacer los derechos y garantías que tenemos. Con la iniciativa queda al desnudo el alcance de las pretensiones del obradorismo: poner punto final a la democracia y dar paso a un sistema para gobernar indefinidamente, aseguró Francisco Valdés Ugalde, Investigador de la UNAM.
Una reforma desafortunada
Por último, Karolina Gilas, Profesora e investigadora de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, aseguro que la reforma judicial presenta una serie de deficiencias, problemas y peligros para el sistema político mexicano:
- Primero, adopta soluciones que no corresponden a los objetivos que plantea. La elección popular no ha sido una medida efectiva contra el nepotismo, la corrupción y el privilegio de intereses de grupo para la clase política; ¿cómo asumir que lo será para el Poder Judicial?
- Segundo, las soluciones que adopta, lejos de despolitizar el Poder Judicial, van a exacerbar los problemas existentes. La evidencia internacional demuestra que la elección popular de jueces puede comprometer la independencia judicial y llevar a decisiones populistas, como un aumento en la duración de sentencias durante años electorales.
- Tercero, el diseño competencial del tribunal de disciplina difumina peligrosamente la línea entre supervisión disciplinaria y revisión de apelaciones, lo que podría crear un efecto intimidatorio en la independencia judicial. Las experiencias internacionales sugieren alternativas más efectivas, como los modelos alemán o francés, que equilibran mejor la supervisión judicial sin comprometer su independencia.
La reforma parece ir en contrasentido de las necesidades del Poder Judicial: fortalecer la independencia y la confianza pública mediante soluciones que aborden los problemas estructurales del sistema de justicia, en lugar de implementar cambios que podrían debilitar sus fundamentos institucionales y, en consecuencia, dañar el sistema de pesos y contrapesos, indispensable en una democracia.
¿Por qué sería un retroceso para los derechos humanos?
La organización Amnistía Internacional llamó a votar contra la reforma y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez coincidió en alertar que la iniciativa en materia de “inimpugnabilidad de las reformas constitucionales” modifica el artículo 1 constitucional, “que tanto costó alcanzar” y que es clave para incorporar los tratados internacionales que más protegen a las personas.
La reforma establece que las normas relativas a derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales, favoreciendo en todo tiempo a las personas en su protección más amplia, pero “en ningún caso pueden ser inaplicadas por medio de control de convencionalidad”.
- El control de convencionalidad es una herramienta que permite garantizar que las normas y prácticas nacionales sean compatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y su jurisprudencia, con el fin de proteger los derechos humanos.
- De acuerdo con la Corte, en México todas las autoridades judiciales están obligadas a realizar control de convencionalidad. La difusión de estos criterios es indispensable para que juezas y jueces estén en posibilidades de utilizar esta herramienta para la protección de los derechos humanos de todas las personas.
“Pretenden que nunca un tribunal pueda dejar de inaplicar normas que estén en la Constitución, pero que sean abiertamente violatorias de derechos humanos contemplados en los tratados internacionales. Figuras violatorias como el arraigo, la prisión preventiva oficiosa, los jueces sin rostro o cualquier otra figura nunca pudieran ser inaplicadas. Es una regresión brutal”, señaló Javier Martín Reyes.
- La abogada Melissa Ayala aseguró en X que la propuesta no sólo impacta en la reforma judicial, también en los derechos humanos porque revierte los avances de 2011, cuando se sentó la obligación para todas las autoridades, sin distinción alguna, de cumplir con promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, adecuándose también a las disposiciones de convenios internacionales.
“En los hechos están avalando, bajo la falsa idea de la supremacía constitucional, que en la Constitución se pueda colocar cualquier atrocidad y que ésta no pueda ser controvertida por ningún medio”, publicó en X el abogado Pedro Morales.
En esto coincidió la exlegisladora Martha Tagle.
“Con esa modificación al artículo 1 constitucional no se podrá recurrir a una interpretación conforme a los tratados y convenciones en materia de derechos humanos y afecta también el principio pro persona”, publicó en X.
- La exlegisladora Patricia Mercado recordó que en el pasado “han sido las declaratorias de inconstitucionalidad de la Corte las que nos han permitido avanzar —poco o mucho— hacia la despenalización del aborto, el matrimonio igualitario, la regulación del uso adulto de la cannabis, entre muchos otros derechos por reconocer en las leyes”.
- Y puso el ejemplo de que en el futuro podría haber una mayoría parlamentaria que aumente la jornada laboral a 60 horas o que prohíba a personas de pueblos originarios hablar lenguas indígenas, o que limite el derecho al voto a quien no tenga un nivel de escolaridad. Y entonces, con la reforma que se propone, “no habría manera de detener ninguna reforma por retrógrada que sea”.
“Con esta reforma habría una restricción clara para que no se pueda dejar de aplicar la prisión preventiva oficiosa… o una persona que sea juzgada por un juez sin rostro no podría plantear un argumento”, señaló Martín Reyes.
Supremacía constitucional podría extinguir al Poder Judicial
De acuerdo con un análisis de Alberto Begné, colaborador MVS Noticias, sobre ¿Qué implica la aprobación de la reforma de supremacía constitucional?, comentó que «esta reforma no solamente extingue al Poder Judicial como lo conocemos, sino que va más allá”.
- Begné resaltó su preocupación sobre cómo la reforma otorga una facultad ilimitada al poder en turno, dado que impone un marco de impugnabilidad, volviendo inatacables las decisiones tomadas bajo esta mayoría, lo cual considera riesgoso para la democracia.
- El analista político señaló que la actual legislatura utilizará todas sus facultades para implementar las reformas propuestas desde el Ejecutivo, dado que cuentan con la mayoría en las bancadas, inclusive se apoyaría de estrategias poco ortodoxas, como las amenazas para lograr sus objetivos.
«La compra o amenaza de senadores fue un recurso para concretar esta reforma judicial», aseguró.
Alberto Begné dijo por ultimo que el poder legislativo tiene en sus manos decisiones sin posibilidad de revisión judicial, lo cual ha despertado alarmas en diversos sectores, poniendo en juego el equilibrio de poderes.
“Supremacía constitucional” viola leyes internacionales sobre DH
La reforma de la llamada Supremacía Constitucional «viola las obligaciones internacionales de México en materia de derechos humanos”, advirtieron la Barra Mexicana de Abogados (BMA) y el Laboratorio de Impacto sobre el Estado de Derecho de la Facultad de Derecho de Stanford.
- La reforma constitucional aprobada en el Senado la semana pasada, establece la supremacía de la Carta Magna y deja claro que no proceden amparos, controversias, ningún otro recurso jurídico en contra de modificaciones o adicione a esa que es la ley suprema en el país.
En un comunicado conjunto, la BMA y dicho Laboratorio recordaron que esta iniciativa propone modificar los artículos 105 y 107 de la Constitución Política mexicana, eliminando la competencia de los tribunales federales para revisar las reformas constitucionales impugnadas a través de las acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y amparo.
- “De aprobarse, esta iniciativa violaría el Artículo 1de la Constitución Política que establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en (…) los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Esta iniciativa también viola las obligaciones de México en virtud de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de respetar los derechos humanos (artículo 1), adoptar las disposiciones de derecho interno necesarias para garantizar tales derechos (artículo 2) y garantizar recursos judiciales efectivos (artículos 8 y 25).
- Agregaron que México también está obligado a garantizar estos derechos en virtud de los artículos 2, 3 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Apuntaron que el acceso al control jurisdiccional es en sí mismo un derecho humano,y resulta indispensable para garantizar que las reformas constitucionales no vulneren los derechos humanos
Aseguraron que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas ha sido claro al señalar que «todos los procesos democráticos requieren el respeto y la protección de los derechos humanos», destacando que «las reformas constitucionales no son diferentes a este respecto; los derechos humanos deben ser respetados y protegidos durante el proceso.»/Agencias-PUNTOporPUNTO