La crisis que actualmente se vive entre el Poder Ejecutivo y el Judicial tiene varias reflexiones.
Una de las hipotesis para otorgar las percepciones de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lo constituye, que a mayor sueldo menor la tentación de corrupción. Esto puede ser impreciso ya que un análisis del Banco Mundial (BM) señala que, una mayor percepción salarial no está asociado con una menor corrupción.
Mientras tanto el presidente Andrés Manuel López Obrador declara contra quienes devengan una percepción de 600 mil pesos mensuales, en clara alusión a los ministros de la SCJN, que es interpretado por juristas y politólogos como una amenaza a la división de poderes y a la democracia.
Lo cierto es, que los ministros no perciben 600 mil pesos al mes, sino que la suma de su sueldo y diversas prestaciones entre las que se encuentran ayuda por varios conceptos, seguro de vida, seguro de separación individualizada, así como el personal a su cargo, da una sumatoria de unos 600 mil pesos que suena una cantidad escandalosa para personajes que llegaron a la SCJN a ocupar un ministerio, sin antecedente alguno en la carrera jurisdiccional.
No es la primera vez que un sueldo provoca desencuentros. En 1821 mediante el decreto número 12, expedido por la Soberana Junta Provisional Gubernativa del Imperio Mexicano, se le asignaba un sueldo de 120,000 pesos anuales a Agustín de Iturbide.
Iturbide, ungido emperador del Imperio Mexicano por el obispo de Guadalajara, Juan Cruz Ruiz de Cabañas, escribiría en sus memorias, que “…El Congreso de México trató de erigir estatuas a los jefes de la insurrección […]. A estos mismos jefes había yo perseguido, y volvería a perseguir […]…”. El 19 de julio de 1823 se publicó el decreto por el que los actos de los insurgentes fueron reconocidos para la posteridad.
El 6 de abril de 1861 y dada la situación de guerra, el Congreso aprobó la reducción en el sueldo del presidente Benito Juárez, de 36,000 a 30,000 pesos anuales.
En 1910 Porfirio Díaz a su renuncia, se le otorgó una pensión mensual, misma que de manera íntegra la donó a la entonces Escuela de Aspirantes del Colegio Militar.
No se critica el derecho a devengar un emolumento, pero “Bajo el sistema federativo, los funcionarios públicos, no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad. No pueden gobernar a impulsos de una voluntad caprichosa, sino con sujeción a las leyes. No pueden improvisar fortunas, ni entregarse al ocio y a la disipación, sino consagrarse asiduamente al trabajo, disponiéndose a vivir, en la honrada medianía que proporciona la retribución que la ley les señala» lo dijo Benito Juárez.
*Es Maestro en Seguridad Nacional por la Armada de México
Correo electrónico: [email protected]
Twitter: @racevesj