El representante de la coalición Por Puebla al Frente y el PAN presentaron una solicitud de recusación o impedimiento ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para que el magistrado José Luis Vargas Valdez no conozca de los juicios promovidos por Miguel Barbosa o Morena sobre la elección en Puebla.
- Lo anterior, luego de que Vargas Valdez publicó en su cuenta de Twitter un proyecto de sentencia que será discutido en el que se propone anular el triunfo de la panista Martha Erika Alonso de la cual PUNTOporPUNTO publicó ayer la versión íntegra del documento.
- La coalición y Acción Nacional acusaron al magistrado de haber violado con ello múltiples normas jurídicas que regulan el comportamiento de un juzgador, entre ellas la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y el Código Modelo de Ética Judicial Electoral.
- «Al publicar en una cuenta personal de Twitter un proyecto de sentencia sobre un asunto aún no discutido ni resuelto, el magistrado Vargas Valdez vulneró el deber de confidencialidad de los expedientes e incurrió en la prohibición de hacer del conocimiento de las partes o de cualquier otra persona el sentido de algún proyecto antes de que se resuelva el asunto respectivo», destacó el PAN.
A la sociedad poblana, la ciudadanía mexicana y medios de comunicación:
En aras de impulsar la Justicia Abierta hago público el proyecto de resolución que he presentado a las y los magistrados de la Sala Superior del TEPJF, respecto de la elección a la gubernatura de Puebla.— José Luis Vargas Valdez (@JL_VargasV) December 3, 2018
Agregó que con este comportamiento, el magistrado pone en duda la imparcialidad y la objetividad con la que debe conducirse, pues, con dicha publicación, «se prejuzgó el asunto sometido a su conocimiento, de tal suerte que en lugar de resolver jurisdiccionalmente las dinámicas políticas, su actuar ha politizado aún más la resolución del asunto».
Por lo cual, conlleva a dos consecuencias: la actualización de un impedimento subjetivo para conocer del asunto, al carecer de imparcialidad y objetividad necesarias para ello. Así como la actualización de una responsabilidad administrativa por actuación irregular.
- «Paradójicamente, en las páginas 168 y subsecuentes del proyecto multicitado en su cuenta de Twitter, el citado magistrado afirma que el actuar profesional se refiere al ejercicio responsable y serio del cargo, lo que ignoró deliberadamente al buscar la atención mediática y el aplauso fácil mediante la publicación, sin sustento jurídico alguno, del citado proyecto», reprochó.
- Argumentó que los magistrados encargados de la sustanciación y elaboración de un proyecto de sentencia «por razón de turno carecen de atribuciones normativas para hacer del conocimiento público -por cualquier medio- el sentido y las consideraciones en que sustentan su posición respecto de un litigio en concreto».
En ese caso, indicó, el reglamento interno del Tribunal Electoral prevé que dicha determinación corresponde en exclusiva al Pleno de la Sala Superior. Por ello, puntualizó que el magistrado ponente actuó de manera arbitraria e irresponsable al difundir en sus redes sociales el proyecto citado, «sin que existiera el acuerdo correspondiente del Pleno de la Sala a través de los mecanismos institucionales -por ejemplo, en la página de internet o en los estrados».
Dicha omisión, señaló, corrobora la ilegalidad apuntada y la necesidad de evitar que dicho magistrado continúe poniendo en riesgo la validez de la elección de gobernador del estado./PUNTOporPUNTO
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