La reformas para regular la subcontratación laboral o “outsourcing” en México entraron en vigor este sábado 24 de abril, luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador las publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el viernes.
- El decreto señala las modificaciones hechas a siete leyes: la Ley Federal del Trabajo; la Ley del Seguro Social; la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; el Código Fiscal de la Federación; la Ley del Impuesto sobre la Renta; la Ley del Impuesto al Valor Agregado; y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
- Entre los principales cambios que plantea el documento está la prohibición a la subcontratación de personal, el modelo de empleo en el que una persona física o moral proporciona trabajadores propios en beneficio de otra.
El “outsourcing”, según lo publicado en el DOF, únicamente será permitido cuando los servicios solicitados no formen parte del objeto social de la empresa, es decir, para obras y servicios especializado. Además, el contratista deberá estar registrado en el padrón público.
La subcontratación deberá formalizarse mediante un contrato escrito en el que se establezca el objeto de los servicios a proporcionar y el número aproximado de trabajadores que participarán.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ahora tiene 30 días naturales para expedir las disposiciones de carácter general del registro, para el cual las personas físicas o morales deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
- El decreto establece que las personas físicas o morales que prestan servicios de subcontratación tienen un plazo de 90 días naturales para obtener el registro ante la STPS, mismo que deberán renovar cada tres años.
- Para efectos de la Ley del Seguro Social, se considerará como sustitución patronal la migración de trabajadores de empresas operando bajo “outsourcing”, siempre y cuando la empresa destino de los empleados reconozca sus derechos laborales, incluyendo la antigüedad.
- El patrón o la empresa que no permita la inspección y vigilancia que las autoridades ordenen se le notificará para que comparezca, y de no hacerlo será acreedor de una multa de 250 a 5 mil UMAs.
A quien realice subcontratación de personal, así como a quien preste servicios de “outsourcing” sin contar con el registro, se le impondrá una multa de 2 mil a 50 mil UMAs.
También se modificó la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para que ya no exista la subcontratación laboral en el gobierno federal, y se regularizará al personal que actualmente está bajo este esquema.
Los artículos cuarto, quinto y sexto del decreto entrarán en vigor el próximo 1 de agosto y los artículos séptimo y octavo estarán vigentes para el ejercicio fiscal 2022.
Expertos advierten dificultades para empresas
Entre complicaciones y dudas por los “vacíos legales”, confusión por la nueva fórmula para el Reparto de Utilidades y con el reloj encima, será como las empresas implementarán durante los siguientes cuatro meses la reforma que regula el outsourcing, advirtieron expertos.
Coincidieron en que en el sector privado había una conciencia sobre ir hacia la eliminación del outsourcing abusivo, sin embargo, hay un malestar con relación a las “formas” en que el Gobierno federal se aproximó a la reforma, pues eligió el camino “complicado” de interpretar varios de los ajustes a la Ley Federal del Trabajo (LFT) y otras seis leyes que se reformaron.
- Luisa María Alcalde, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), celebró en su cuenta de Twitter que, “con la aprobación en el Senado de la reforma en materia de subcontratación u outsourcing concluye un esfuerzo colectivo para acabar con la simulación laboral e inicia una nueva etapa de regularización y reivindicación en favor del #TrabajoDigno”.
Tras la aprobación de la reforma, Jorge Sales Boyoli, presidente del Comité de Capital Humano del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF), estimó que a partir de este miércoles las empresas comenzarán a evaluar la transferencia de personal e, incluso, la presentación de amparos, pero también vendrán cuestionamientos a las autoridades sobre dudas de la implementación.
“Faltó empatar tiempos jurídicos con los fiscales, laborales y penales. Veremos mucha confusión y mucha presión a la autoridad administrativa para que nos dé su versión o interpretación de varios de los vacíos legislativos que quedaron en esta reforma, ahí es donde va a estar la presión”, indicó.
- Carlos de Buen, director del Bufete de Buen, sostuvo que la reforma que se hizo a la LFT para adicionar una nueva fórmula para el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) resulta confusa, ya que lo lógico es que la reforma entrara en vigor para efectos de subcontratación, pero que para las utilidades su vigencia fuera en 2022 para efectos fiscales.
“No hay una norma clara que permita resolver esos temas. El mayor tache de esta reforma se lo pondría a la PTU. Las empresas tendrán tres meses para regularizarse y eso preocupa en términos de las Utilidades porque no se sabe si vamos a dividir el ejercicio fiscal en dos, no veo cómo. Va a ser un lío por no hacer las cosas correctamente y eso es imputable al Gobierno federal como a legisladores”, expuso.
El abogado laboral Ángel de la Vega dijo que el proyecto de ley dejaba muchos detalles para ser resueltos por las autoridades laborales, lo que aumenta las incertidumbres con respecto a su implementación.
Los tiempos, un gran desafío
En tanto, Fernando Yllanes, presidente de la Comisión de Seguridad Social y Recursos Humanos de la Confederación de Cámaras Industriales de México (Concamin), estimó que los tiempos para cumplir con las nuevas obligaciones de la reforma de subcontratación serán un desafío para las empresas trasnacionales y las Pymes, como también para las autoridades gubernamentales en su agilidad al desahogo de trámites burocráticos y la eficacia de su estrategia de información.
Indicó que la conformación del Padrón Nacional de Empresas de Subcontratación enfrenta el reto del poco tiempo, sobre todo para empresas globales que tienen que tomar decisiones a distancia.
“Se ve difícil sobre todo para empresas globales, también aquí por cuestiones de la pandemia hacer fusiones o escisiones de empresas se tiene que presentar en el Registro Público de la Propiedad y ahí hay grandes rezagos, se están tardando mucho en los registros y mientras no tengas hecho el registro de una fusión o una escisión, no surte efectos y no puedes hacer los trámites ante las autoridades. Hay muchas cosas para las que están cortos los tiempos”, apuntó.
- Yllanes dijo que también entre las Pymes la mayoría no cuentan con las capacidades de organización para actuar a cambios inmediatos.
- Dijo que de la STPS se requiere un esfuerzo de comunicación, transmitir el mensaje claro y sencillo sobre las nuevas obligaciones y su cumplimiento, y el otro esfuerzo que el gobierno debe hacer es el de facilitador de todos los procesos.
- Los expertos coincidieron en que la STPS requerirá un esfuerzo de comunicación para transmitir el mensaje claro y sencillo sobre las nuevas obligaciones para las empresas contratantes y contratistas, así como un esfuerzo para facilitar a las empresas todos los procesos.
- En tanto, Mónica Flores, presidenta de ManpowerGroup Latinoamérica, dijo en un comunicado que en la medida en que el país genere empleo formal y se reduzca la informalidad, habrá mayor bienestar.
“Una ley por sí sola no logra estos objetivos, por lo que se necesitará de una colaboración activa entre el sector público y empresarial para alcanzarlos. Los efectos de la reforma los veremos con el tiempo, y solo así se podrá demostrar que la flexibilidad es indispensable para sostener una economía dinámica y en recuperación con más empleos en la formalidad”, sostuvo.
Ley de outsourcing no garantiza el reparto de utilidades
La reforma en materia de subcontratación de empleados no garantizará por sí sola que los asalariados accedan al reparto de utilidades si no existen procesos de supervisión más efectivos que hagan valer la ley para que, en los hechos, tengan mejores condiciones laborales, señaló César Salazar López, académico del Instituto de Investigaciones Económicas de la UNAM.
En entrevista, consideró que la reforma sobre el llamado outsourcing –que entró en vigor ayer– “suena muy bien”, con el propósito de garantizar el derecho de los trabajadores a tener participación en las utilidades, y “se eviten las artimañas fiscales o legales para generar empresas paralelas”.
- No obstante, independientemente de los cambios a la ley, los patrones ya eludían cumplir con este derecho reportando pérdidas o carátulas de utilidades falsas. Por ello, lo más importante es“hacer valer la ley, que es lo que ha faltado”, apuntó.
- El reparto de utilidades es una prestación que se ha ido perdiendo. Durante años, las empresas “simularon no tenerlas”. De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, sólo cuatro de cada 10 trabajadores reciben este derecho.
- Alberto Ramírez García, especialista en derecho laboral en la Universidad Obrera de México, coincidió en que un problema importante es cómo las autoridades realmente van a supervisar que las empresas “no engañen al fisco y reporten sus utilidades reales.
“Todos estos años ha habido grandes simulación de utilidades; una de las fugas mayores fue la subcontratación. Entonces, ahora, con la reforma, esperamos que las autoridades obliguen a reportar a los patrones las verdaderas utilidades”, indicó.
- Ese derecho de los trabajadores mexicanos, manifestó, “tiene su base en la Constitución”, en su artículo 123, apartado A, fracción IX, por lo que fijar un tope de tres meses en las utilidades no sólo implica una modificación a los artículos de la Ley Federal del Trabajo, sino también a la Carta Magna.
En este sentido, Salazar López consideró que “no se tendrían que haber establecido tres meses (para el reparto de utilidades) porque finalmente ya hay una cantidad específica”, determinada por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
8 puntos para entender la reforma
Se prohíbe la subcontratación de personal. Las empresas deberán transferir y reconocer como trabajadores propios a los que realizan actividades principales en las empresas. Se permite subcontratación de servicios y obras especializadas que no formen parte de actividad preponderante.
Las empresas que presten servicios deberán estar en registro obligatorio ante la STPS, demostrando el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
- Las empresas que reciban estos servicios deberán responder frente a trabajadores en caso de incumplimiento. Ser homologan los criterios del Código Fiscal, de la Ley del ISR y la del IVA con la Ley Federal del Trabajo; para evitar la defraudación fiscal. Se endurecen sanciones para incumplimiento.
- Sea reforma la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para que en el gobierno federal no exista la subcontratación. Se iniciará un proceso de diagnóstico para regularizar al personal en modalidad de outsourcing.
El registro de los trabajadores deberá ser público y transparente, y en caso de que se encuentren incumplimientos se perderá el derecho a ser parte del padrón. El Poder Ejecutivo tendrá un mes para la publicación del acuerdo y los lineamientos.
- Asimismo, cada tres años las empresas deberán actualizar sus registros en la Secretaría del Trabajo. A partir de ese momento, las empresas cuentan con 90 días para que puedan regularizarse. Hasta el momento ya hay cerca de 300 mil trabajadores que han sido reconocidos por sus compañías.
En materia de reparto de utilidades, el cual es un derecho constitucional que establece que los trabajadores deben recibir una parte de las ganancias de las empresas, una vez publicada la ley tendrán la obligación de repartir el 10 por ciento de este monto.
Para lograrlo se establecieron dos modalidades: hasta 90 días o el promedio de los últimos tres años. Los trabajadores que no recibían nada de estas ganancias o un porcentaje muy pequeño, se incrementará a 57 días con la propuesta de obtener 2.6 veces más./Agencias-PUNTOporPUNTO
Documento íntegro:
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