TEXTO ÍNTEGRO: DIPUTADOS avalan las LEYES SECUNDARIAS para la “REFORMA JUDICIAL”

Los diputados comenzaron con la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, en la cual se establece cuándo se anula una elección de juzgadores del Poder Judicial de la Federación. Esta fue aprobada con 26 votos a favor y 10 en contra en lo general y particular.

En comisiones, la Cámara de Diputados aprobó esta noche, por 22 votos a favor con 10 en contra, las leyes secundarias de la Reforma Judicial, con lo cual avanza el proceso para regular la elección de jueces, magistrados y ministros.

  • En casi tres horas, la Comisión de Justicia desahogó la discusión, y sin moverle una coma, Morena, PT y PVEM avalaron los dos dictámenes de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, que fueron enviados al Pleno para su discusión y votación esta semana.

La oposición del PAN, PRI y MC votaron en contra y acusaron que el Congreso se convirtió en sólo una «oficialía de partes» del Gobierno federal, pues señalaron que no hay opción a modificar las propuestas.

Acusan incertidumbre y riesgos de la Reforma

El diputado por el PRI, Arturo Yáñez Cuéllar, señaló que la Reforma Judicial genera incertidumbre, pues manifestaron opacidad en el proceso. La diputada Margarita Zavala (PAN) señaló que es indignante que “se pusieron a jugar una tómbola con trabajadores del Poder Judicial para correrlos de sus cargos» y dijo que con esta reforma se le abren las puertas del Poder Judicial al crimen organizado.

  • En respuesta, la diputada por el PT, Lilia Aguilar Gil, aseveró que la insaculación siempre se ha utilizado en los procesos de selección. Y sostuvo que es probable que el crimen organizado quiera intervenir, y ejemplificó con Roberto Gil Zuarth, quien levantó recientemente la mano para participar y lo relacionó con Genaro García Luna y el crimen organizado.

Por su parte, el diputado Pablo Vázquez Ahued por MC, manifestó que hay que hacer las reformas de la manera más eficaz.

  • El diputado panista José Guillermo Anaya Llamas también señaló que se despiden a cientos de juzgadores con una tómbola. Mientras que el diputado de Morena Ernesto Prieto dijo que con estas reformas se establece la regulación de la elección de juzgadores.

¿De qué tratan las leyes secundarias aprobadas?

Los diputados comenzaron con la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, en la cual se establece cuándo se anula una elección de juzgadores del Poder Judicial de la Federación. Esta fue aprobada con 26 votos a favor y 10 en contra en lo general y particular.

  • En esta modificación se propone que durante el proceso electoral para la elección de juzgadores del Poder Judicial de la Federación, el juicio de inconformidad procederá para impugnar las determinaciones de las autoridades electorales federales que violen normas constitucionales o legales.
  • Menciona que cuando se impugne la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación, el respectivo juicio de inconformidad deberá presentarse por la persona candidata interesada.

También especifica que la demanda del juicio de inconformidad deberá presentarse dentro de los cuatro días contados a partir del día siguiente de que concluya la práctica de los cómputos distritales de la elección de ministros de la SCJN, así como personas magistradas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o del Tribunal de Disciplina Judicial.

La segunda reforma que se discutió -que pertenece a este paquete de leyes secundarias- es la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en donde enfatiza que los ministros de la SCJN, magistrados de la Sala Superior o de las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como los magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y jueces de juzgados de Distrito, serán electos por voto directo.

Esta se aprobó con 20 votos a favor y 10 en lo general y particular.

  • Además, señala que Instituto Nacional Electoral (INE) y los Organismos Públicos Locales serán las autoridades responsables de la organización los procesos electivos, su jornada electoral y los cómputos de los resultados electorales.

Alistan acción de inconstitucionalidad contra leyes secundarias

Manuel Añorve Baños, coordinador de la bancada del PRI en el Senado de la República, anunció que como partido político presentarán ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra las leyes secundarias de la reforma judicial, una vez que sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

  • En conferencia de prensa desde el Senado donde este sábado se realiza la insaculación de plazas de magistrados y jueces que se renovarán por voto popular, Añorve Baños indicó que al ser materia electoral los partidos están facultados para controvertir.

“Presentaremos una acción de inconstitucionalidad cuando se publiquen las leyes secundarias y obviamente ganaremos porque están tocando temas electorales y esto nos permite como partido político presentar una acción de inconstitucionalidad”, dijo.

  • Las reformas secundarias serán discutidas en la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados este domingo y un día después serán discutidas en el Pleno de la Cámara de Diputados.

Acompañado de todos los legisladores que conforman la bancada priista, Añorve también explicó que su presencia en el acto de insaculación es para evitar “mano negra”.

“Estamos aquí porque no podemos permitir mano negra en un procedimiento que votamos en contra del día jueves y que hoy volvemos a votar en contra como ustedes se dieron cuenta y que por supuesto no podemos poner al azar la vida de de jueces y magistrados que merecen nuestro respeto y tienen nuestro apoyo”.

¿Se puede invalidar la Reforma Judicial por su contenido?

Esa es la pregunta que en los últimos días diversos actores políticos han puesto sobre la mesa luego de que la Ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández encomendó al Ministro Alberto Pérez Dayán la tarea de elaborar el primer proyecto que revisará la constitucionalidad de la reforma al Poder Judicial y con ello determinar si es posible o no que el Máximo Tribunal lleve a cabo un control constitucional de la legislación y, en su caso, ordene que se suspenda.

  • La respuesta a esta pregunta es compleja y tiene varias interpretaciones. De entrada, algunos expertos consideran que las reformas constitucionales no están sujetas a impugnación porque representan el Estado a nivel internacional y a la sociedad en sus principios, valores, forma de ser y pensar.
  • No obstante, hay jueces y magistrados que argumentan que hay violaciones de contenido en la Reforma Judicial y lo que se aprobó va en contra de la Constitución. El problema en este razonamiento, coinciden los juristas, es que ese contenido ya está en la Constitución desde el pasado 15 de septiembre y entró en vigor el día 16, por lo que sería como decir que la Constitución está en contra de sí misma.
  • La Reforma Judicial incluye cambios importantes al Poder Judicial, como la reducción del número de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la eliminación de la pensión vitalicia para sus integrantes y su punto nodal: la elección de jueces, magistrados y ministros por voto directo de la ciudadanía a partir de 2025.

Los críticos de la reforma sostienen que con la elección de los jueces por voto popular las cortes se llenarán de personas afines al partido gobernante y con poca experiencia, y se abrirá el camino para que políticos y delincuentes puedan influir en las decisiones de los tribunales. Pero los que defienden la legislación reviran y argumentan que el Poder Judicial debe renovarse porque actualmente está cooptado por una élite económica.

  • De acuerdo con especialistas consultado por el medio SinEmbargo, en Derecho Constitucional para saber las posibilidades de que una reforma constitucional se invalide y los posibles escenarios en caso de que esto ocurra.

Algunos abogados constitucionalistas, como el exsenador Israel Zamora Guzmán, consideran que “no es posible que la Corte pueda anular o modificar el sentido de una reforma constitucional en virtud de que el propio Constituyente, en el artículo 135, estableció que el órgano límite de esta facultad de hacer reformas o adiciones a la Constitución es el propio poder reformador Constituyente”.

  • Otros juristas, como Alfonso Herrera García, doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, piensan que sí es posible la invalidez de la reforma, al menos, a nivel de procedimiento.

Si bien aún no se hace público el sentido del proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán para saber si decide que la Corte lleve a cabo un control constitucional de la reforma, la maestra en Derecho Sonia Juárez Moreno, catedrática de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la UNAM, y la abogada Jesika Alejandra Velazquez Torres, maestra en derecho Constitucional por la UNAM y exservidora pública en el Tribunal Electoral, opinan que la Suprema Corte sí tiene la facultad para analizar si esta acción contraviene a la Constitución.

Por considerar que los argumentos de cada jurista consultado son relevantes y abonan al debate sobre la intervención de la Suprema Corte en la Reforma Judicial, SinEmbargo resume a continuación las declaraciones de los expertos.

  • Israel Zamora, abogado constitucionalista y exsenador de Morena, reiteró su postura sobre la no intervención de la Suprema Corte en reformas constitucionales como la Judicial.

“Lo que está haciendo la Corte es tomar un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que es el número 11, que dice en su primer párrafo que el legislador ordinario, no el Constituyente, le dio la facultad de realizar un control a la propia Constitución y sus adiciones y reformas, pero eso es inexacto, nunca dice que van a poder hacer ese análisis”, detalló.

  • Agregó que la SCJN no tiene las facultades ni constitucionales ni legales para hacer ese control constitucional y “estaría realizando un acto viciado de origen de inconstitucionalidad y por lo tanto no tendría ninguna validez”.
  • El abogado consideró además que el Poder Judicial se ha convertido en juez y parte al dar entrada al análisis de esta reforma: “Tienen un conflicto de intereses, ¿con qué imparcialidad pueden emitir una resolución?”

Ocho de los 11 ministros del Máximo Tribunal ratificaron el lunes la decisión de tramitar las solicitudes que presentaron jueces federales para que la Suprema Corte realice diversas acciones en torno a la reforma en materia judicial. También recibió una acción de controversia constitucional que presentó el Gobierno de Guanajuato que será evaluada en los próximos días para determinar si se admite o no.

  • Además hay más de 70 suspensiones provisionales contra la Reforma Judicial y al menos dos fueron dictadas contra los actos que debía llevar a cabo el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para implementarla.
  • A pesar de estas acciones, el exsenador de Morena consideró que la Reforma Judicial está soportada en la representación de más de mil legisladores que votaron a favor y que estos a su vez representan a millones de mexicanos.
  • “No hay precedente de que la Corte haya echado para atrás una reforma constitucional y no lo habrá porque esta reforma está soportada en la representación de más de mil legisladores que votaron a favor”.

Sobre la resistencia en el Poder Judicial a esta reforma, el abogado constitucionalista subrayó que se debe a que es el último reducto del poder económico en México.

“México fue gobernado hasta 2018 por una plutocracia, que era el gobierno en manos de los mas ricos, y por una cleptocracia, que era el gobierno en manos de ladrones. Cuando Andrés Manuel López Obrador llega a la Presidencia en 2018, el único bastión que quedó para defender esos intereses fue el Poder Judicial”.

  • La jurista Jesika Alejandra Velázquez Torres, quien fue servidora pública en el TEPJF, expuso que para que un partido político pueda presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte, uno de los requisitos es que tengan el 33 por ciento de las cámaras. En este caso, Acción Nacional no lo tiene en Senadores, pero en Diputados sí lo alcanza y es por eso que se pudo dar entrada a este recurso.

“Dentro de las atribuciones de la SCJN es que van a poder interpretar a la Constitución y asegurar que los actos del Congreso hayan sido conforme a derecho y que esta reforma no contravenga a la Constitución”.

En este caso, abundó, “sí se puede otorgar suspensión, es decir, interrumpir que se lleve a cabo este proceso electoral del Poder Judicial en lo que resuelven el fondo”.

  • Sobre los tiempos que corren para la Corte, teniendo en cuenta que la elección de más de mil jueces y magistrados se desarrollará en dos etapas, la maestra en derecho Constitucional por la UNAM precisó que la Corte tendría que resolver a mas tardar el 15 de octubre para otorgar esta suspensión a la reforma.
  • La primera etapa de la elección del Poder Judicial, que se tiene prevista para el 1 de junio de 2025, contemplará la votación popular de los ministros de la Suprema Corte, de las plazas vacantes en el Tribunal Electoral, de los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de jueces y magistrados federales y algunos jueces estatales.

En la segunda etapa, ya en 2027, se votará por el resto de los jueces.

  • En un escenario de que el proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán determine que si es posible que la Suprema Corte lleve a cabo un control constitucional de la legislación y la suspenda, la abogada Jesika Velázquez indicó que tanto el Senado, como los consejeros del INE tendrían que acatar la resolución.

“El INE debe estar muy al pendiente porque el 15 de octubre es la fecha de plazo para el Ministro”.

  • Alfonso Herrera García, doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y profesor de la Universidad Iberoamericana, valoró dos posibles escenarios en donde la Corte sí podría declarar la invalidez de la reforma.

“Hay al menos cuatro vías a través de las cuales se está intentando esta posible revisión de control, la primera es la que formuló la propia Ministra presidenta, que se llama consulta a trámite, la segunda es el juicio de amparo, pero el problema de esta vía es que la Ley de Amparo establece en el artículo 61, fracción I, que este recurso no procede contra adiciones y reformas a la Constitución”.

  • La tercera vía, añadió el abogado, es la acción de inconstitucionalidad que se están presentando los partidos PAN y PRI, los cuales sí pueden ir contra el decreto de manera directa y lo tienen que justificar diciendo que es una materia electoral.

“En este punto, la Corte debe observar cuál es la naturaleza del decreto de reforma y cuando lo analice tendrá que revisar el proceso legislativo, por ejemplo, si el cambio de sede fue adecuado, si estuvo justificado o si las personas que votaron eran diputados propietarios y tenían derecho al voto. En el Senado también hubo distintas complicaciones, ver si hubo en efecto condiciones extralegislativas para que los votos se pudieran conseguir a través de extorsiones”, puntualizó.

  • La cuarta vía es la controversia constitucional, que consiste en conflictos de competencia que puede promover un Congreso local en contra del decreto de reformas, en este caso es el que promovió Guanajuato.

“Yo sí creo que es posible el control y es posible la invalidez, al menos, a nivel de procedimiento. Hay una segunda parte que es el análisis de fondo del contenido en la reforma y ahí es donde decimos que puede haber problemas para justificar que la Corte le entre al análisis”.

  • Para el doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, la Corte no solo puede justificar la invalidez en la revisión de procedimiento, también lo podría hacer en caso de que argumente en el derecho internacional de los derechos humanos y diga “no estoy diciendo que estoy en contra de la Constitución, sino que es contraria a los tratados internacionales de DDHH que México se comprometió a respetar y dentro de los cuales se encuentra el derecho de acceso a un tribunal independiente e imparcial, como establece el artículo 8 de la Comisión Americana sobre Derechos Humanos”.

“Considero que (la Suprema Corte) sí podría llegar a declarar la invalidez de la reforma por cuestiones formales o de procedimiento, pero ahí también hay un peligro de que no se acate esta resolución y eso nos llevaría a una crisis constitucional”.

  • La maestra en Derecho Sonia Juárez Moreno, catedrática de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la UNAM, prefirió esperar al proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán antes de emitir algún comentario.

“La Suprema Corte es el más alto tribunal y lo que están haciendo ahorita los ministros es decir ‘vamos a revisar si es procedente cómo se llevó a cabo esta reforma’ porque para que se llevara a cabo se debió haber llevado un tiempo prudente para la lectura del contenido a cada uno de los legisladores y vimos que no se dio ese tiempo y muchos diputados mandaron a su suplente a votar”.

A finales de este mes los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial deberán instalar sus comités de evaluaciones para definir los candidatos que competirán por los diferentes cargos. A partir de febrero de 2025 se aprobarán las listas de postulados que competirán en la votación.

En este proceso de elección corren dos tiempos: el primero es el que está organizando el INE y el segundo es la impugnación de la controversial Reforma Judicial que, de avanzar, podría desatar una pugna entre los poderes públicos. /PUNTOporPUNTO

Documento Íntegro en el Enlace:

https://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/66/2024/oct/20241014-III.pdf

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