RITA MAGAÑA TORRES
La Mesa Directiva del Senado de la República turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, la Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos, enviada por la Cámara de Diputados para su examinación y, en su caso, aprobación.
Además, en la sesión de este jueves, el Senado recibió y turnó a comisiones la minuta que le envió la Cámara de Diputados para reformar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y prohibir el trabajo de menores de 15 años.
Sobre la Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos, se precisa que el proyecto de ley tiene diversas disposiciones para reglamentar el juego en casinos, hipódromos, canódromos, frontón, ferias, para peleas de gallos y juegos en línea.
Plantea la creación del Instituto Nacional de Juegos y Sorteos que será la autoridad en esta materia; y tendrá autonomía técnica y operativa, es decir estará desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.
Dentro de la ley se incluyen mecanismos para combatir la ludopatía, adicción a los juegos de azar, por ejemplo: la instalación de líneas de ayuda en los centros de juego, prohíbe la instalación de cajeros automáticos dentro de los establecimientos y el cambio de cheques.
Se prohíbe, en su artículo 14, fracción III, que personas menores de 21 años participen en juegos o apuestas. Este tipo de disposiciones estará regulado por inspectores certificados, figura creada en este documento.
El proyecto aprobado por la Cámara de Diputados, y enviado al Senado de la República, determina que las concesiones para casinos, hipódromos, canódromos y frontones serán por un lapso de 12 años, y prórrogas de 10 años más.
En el caso de las reformas a la Ley Federal del Trabajo, la colegisladora sugiere prohibir el trabajo de menores de 15 años y no pueda utilizarse el empleo de mayores de esta edad y menores de 18 años que no hayan terminado su educación básica obligatoria.
Salvo los casos que apruebe la autoridad laboral correspondiente en que, a su juicio, haya compatibilidad entre los estudios y el trabajo.
Plantea que cuando las autoridades detecten trabajando a un menor de 15 años fuera del círculo familiar, ordenará que de inmediato cese en sus labores.
Al patrón que incurra en esta conducta se le sancionara con la pena establecida en el artículo 995 Bis de esta Ley.